Los Postulados Básicos son elementos fundamentales que sustentan al sistema de información contable. Los postulados establecen el momento y la manera en que se deben reconocer los efectos originados de las transacciones que se realizan en una Entidad. Los Postulados Básicos de la Contabilidad, ya sea dentro del sector público o en el privado, plantean la estructura para los registros contables, y las normas que debe seguir la información financiera que se emite. Es por ello, que resulta de suma importancia conocerlos, entenderlos lógicamente, y saber aplicarlos en el ejercicio de las funciones como Contadores Públicos.
Dichos fundamentos surgen como generalizaciones del entorno económico, es decir se han venido dando de manera natural en el desarrollo de las transacciones, pues derivan de la experiencia, formas de pensamiento y políticas de la práctica de negocios. Dichos postulados vinculan al sistema de información contable con el entorno en que éste opera (Preparador-usuario), configurando las reglas que deben seguirse en la preparación de la información financiera, de manera que preparador y usuario logran un claro entendimiento, al ver la información financiera con los mismos conceptos. Asimismo, guían la acción normativa, pues en toda posterior elaboración de normas, deberán ser considerados como fundamento en su elaboración.
Postulados Básicos en el Marco de las Normas de Información Financiera (NIF)
Las Normas de Información Financiera (NIF) son un conjunto de normas generales y particulares que sirven para explicar cómo se registran las operaciones de una entidad y cómo presenta la información en los estados financieros por un periodo de tiempo determinado. Son importantes ya que establecen la estructura y consistencia de la información financiera en las entidades, tomando en consideración que cada una puede presentar una dinámica o aspectos particulares, pero contar con una regulación estandarizada de registro y presentación. Además, permiten interpretar de manera más homogénea los estados financieros debido a esa reglamentación, estableciendo límites y condiciones de registro de las operaciones que afectan la información financiera, logrando generar que sea comparable, transparente y de alta calidad. Esto con la finalidad de que sirva a los objetivos de los usuarios de esta información, sean internos o externos.
La que nos ocupa en ésta ocasión es la NIF A-2, la cual define los postulados básicos como los fundamentos o principios que deben regir en la operación del sistema de información y registro contable, mediante el cual se prepara la información necesaria para la emisión de los estados financieros. La NIF A-2, parte del marco conceptual de las NIF, establece los postulados básicos que deben seguirse al registrar operaciones contables, siendo como los cimientos de un edificio que dan soporte y coherencia a toda la estructura contable. Estos son los criterios generales que deben observarse en cada una de las fases que comprende el sistema contable: identificación, análisis, interpretación, captación, procesamiento y reconocimiento.
Los ocho postulados básicos establecidos por la NIF A-2, que permiten que la contabilidad sea un sistema confiable, comprensible y útil para la toma de decisiones, son:
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- Sustancia Económica
- Entidad Económica
- Negocio en Marcha
- Devengación Contable
- Asociación de Costos y Gastos con Ingresos
- Valuación
- Dualidad Económica
- Consistencia
Asociación de Costos y Gastos con Ingresos
Este postulado básico hace referencia a la concordancia que deben tener los costos y gastos ejecutados con los ingresos obtenidos en un mismo periodo de tiempo. El quinto postulado es la asociación de costos y gastos con ingresos, que señala que los gastos deben reconocerse en el mismo periodo que los ingresos que ayudaron a generar.
Postulados Básicos de la Contabilidad Gubernamental
Los Postulados Básicos De Contabilidad Gubernamental (PBCG por sus siglas), son definidos por el CONAC como elementos que fundamentan el Sistema de Contabilidad Gubernamental, de modo que ayudan a identificar, analizar, procesar y reconocer las transacciones, transformaciones internas y otros eventos generados en el ente económico de carácter público. Además, el CONAC también señala que los postulados básicos ayudan a registrar y sustentar el registro de las operaciones así como la construcción y presentación de estados financieros (CONAC, 2009).
Gracias a los postulados es posible caminar hacia el objetivo de armonización contable del CONAC, ya que establece parámetros, métodos y procedimientos contables que deberán ser muy similares en todas las instituciones públicas. Primeramente, recordemos que los postulados de contabilidad gubernamental son principios o normas básicas que regulan la metodología y técnica para registrar información financiera, contable y presupuestal del ente, así como para emitir Estados financieros. Gracias a estos postulados se puede obtener uniformidad y armonización entre todos los organismos públicos, y de este modo, se facilita que las necesidades de los diferentes usuarios sean satisfechas (Secretaría de Finanzas, 2011). Por lo anterior, es de suma relevancia que analices y comprendas cada uno de los once postulados, ya que te serán de gran utilidad a lo largo de tu carrera y en el desempeño profesional.
A continuación, se detallan los once postulados de la Contabilidad Gubernamental:
1. Sustancia Económica
Este principio plantea que las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan económicamente a la entidad deben reflejarse y reconocerse contablemente. Además, se debe mostrar la esencia de la operación, no limitándose al efecto jurídico que pueda generar la transacción sino incluyendo también la realidad y el efecto económico que ésta genera (Secretaría de Finanzas, 2011). El reflejo de la sustancia económica debe prevalecer en el reconocimiento contable con el fin de incorporar los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad, de acuerdo con su realidad económica y no sólo en atención a su forma jurídica, cuando una y otra no coincidan. El primer postulado es la sustancia económica, que indica que lo más importante no es cómo se ve una operación legalmente, sino qué efectos económicos reales tiene. Siempre se deberá atender a la realidad económica y no sólo fijar la atención en la forma jurídica. Se debe otorgar prioridad al fondo o sustancia económica, prevaleciendo sobre la forma legal. Cualquier forma jurídica debe ser analizada a la luz de este postulado. La sustancia económica trata de mostrar con claridad la realidad económica que los eventos y transacciones generan en el ente.
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En los hechos que afectan económicamente a una entidad se encuentran las transacciones, que estas son operaciones que realiza una entidad con una o varias, con las que se pretenden beneficios económicos, pueden ser de forma recíproca; En el caso de las transformaciones internas son cambios que, derivados de las decisiones internas modifican la forma de obtención de los recursos o los recursos mismos de la entidad y en la parte de “otros eventos” se encuentran los eventos internos o externos que no son decididos dentro de y por la entidad, que parcial o totalmente se encuentran fuera del control de la misma y una vez que suceden la afectan en el sentido económico.
Para lograr lo que menciona el postulado, el sistema contable debe ser capaz de captar la esencia económica del ente emisor. Es decir, las transacciones deben quedar reflejadas fielmente en los estados financieros, aunque parezca obvio se dirá que una compra a plazos debe ser registrada y presentada como una compra y no como una renta o alguna otra transacción que no corresponda.
Un ejemplo de la aplicación de este postulado, se tiene cuando una entidad económica vende un activo a un tercero de tal manera que la documentación generada en la operación indica que la propiedad le ha sido transferida; sin embargo, pueden existir simultáneamente acuerdos entre las partes que aseguren a la entidad el continuar disfrutando de los beneficios económicos del activo en cuestión; en tales circunstancias, el hecho de presentar información sobre la existencia de una venta sólo con un enfoque jurídico, podría no representar adecuadamente la transacción efectuada (CINIF, 2014). Otro ejemplo se presenta en el análisis de una transacción de arrendamiento:
- En el arrendatario. Se trata de un arrendamiento capitalizable, el cual, de acuerdo con la NIF D-5 “Arrendamientos”, es aquél en el cual al arrendatario se le han transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo, independientemente de que se haya transferido o no, la propiedad.
- En el arrendador. Se trata de un arrendamiento operativo: los pagos que el arrendatario haga se cargarán a resultados durante el período del arrendamiento.
En síntesis, el sistema contable debe ser capaz de explicar al usuario y responder a algunas preguntas tales como: ¿de dónde proviene la transacción? ¿Cómo afecta al ente dicha operación? ¿Qué efectos colaterales tiene? (Secretaría de Finanzas, 2011).
2. Entes Públicos
Al hablar de información, y la financiera no es la excepción, es importante definir de quién estamos hablando, es por ello que se hace necesario que los estados financieros y cualquier información relativa se señale el nombre de la empresa que corresponda. Entidad económica. El segundo postulado es la entidad económica, que establece que una empresa o negocio debe registrarse por separado de sus dueños o de otras entidades.
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Este principio determina quiénes deberán ser considerados como entidades de carácter público y la ley señala en el artículo 4 Fracc. XII que serán “los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los órganos autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal federal, estatal o municipal;”(LGCG, Última reforma publicada DOF 30-01-2018). La función de este postulado es señalar aquellos entes que deberán acatar los postulados expresados, dichos organismos son establecidos por un marco normativo el cual también determina sus objetivos, campo de acción, atribuciones y limitaciones (Secretaría de Finanzas, 2011).
3. Existencia Permanente
El tercer postulado es el de negocio en marcha, que asume que la entidad seguirá operando en el futuro previsible. “La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF. Al igual que en el sector privado, se presumirá que un ente se establece por tiempo indefinido, a menos de que se notifique lo contrario, en el sector público esto se hace por medio de alguna disposición legal. Por lo anterior, el sistema contable de la entidad se construye bajo el supuesto de que el periodo de vida del organismo es indefinido (Secretaría de Finanzas, 2011). El postulado de existencia permanente asegura que el periodo de vida del organismo es indefinido a menos que alguna disposición legal señale lo contrario.
4. Revelación Suficiente
Este principio establece que los estados y la información financiera deben expresarse de manera amplia y clara para permitir visualizar con objetividad la situación financiera del ente público. Al referirse a información financiera se debe considerar tanto la información contable como la presupuestaria, y al hablar de Estados financieros también se consideran reportes y otros informes. Para lograr una revelación suficiente se emplearán las notas a los Estados financieros las cuales explicarán y proporcionarán la información necesaria que resulte importante para lograr una comprensión precisa de la situación del ente. También se señala que los Estados financieros y presupuestarios nunca deben separarse de sus notas, y deberá prestarse especial atención para no descuidar las características cualitativas de objetividad, verificabilidad y representatividad (Secretaría de Finanzas, 2011). La revelación suficiente expresa que la información financiera debe ser amplia, clara y objetiva.
5. Importancia Relativa
Este postulado precisa que la información de los entes públicos debe ser capaz de mostrar al usuario los aspectos más importantes de la entidad, a los cuales se les otorgó reconocimiento contable. El término de importancia relativa hace referencia a la relevancia que puede tener un evento si no es revelado o presentado correctamente, es decir, que si su falta de presentación podría afectar severamente la percepción de la situación económica del ente. En otras palabras, se considerará que existe importancia relativa cuando exista el riesgo de que omitir o presentar incorrectamente la información, altera la capacidad de rendición de cuentas, fiscalización o toma de decisiones para el ente (Secretaría de Finanzas, 2011). El postulado de importancia relativa específica que la información financiera que se presente debe tener relevancia para la toma de decisiones.
6. Registro e Integración Presupuestaria
Este postulado indica que, aun cuando la información no corresponda a transacciones efectuadas sino presupuestadas, ésta debe ser registrada en el sistema de contabilidad de acuerdo con su naturaleza, de ingreso o de egreso. Además, el registro presupuestario debe mostrar los efectos que tiene la operación sobre el patrimonio de la entidad y en qué etapa del presupuesto se encuentra. Para mostrar tales momentos presupuestarios se deberán emplear cuentas de orden de ingreso y de egreso, las cuales reflejarán adecuadamente la posición financiera del ente (Secretaría de Finanzas, 2011).
Este principio señala que el Sistema de Contabilidad Gubernamental debe permitir clasificar los egresos presupuestarios al menos en tres categorías:
- Clasificación administrativa: permite identificar quién efectúa el gasto.
- Clasificación funcional y programática: explica para qué se gasta.
- Clasificación económica y por objeto del gasto: muestra en qué se gasta.
Los entes públicos están obligados a mantener el registro de su información presupuestaria tanto de ingreso como de egreso.
7. Consolidación de la Información Financiera
Este principio determina que los entes públicos deberán integrar toda su información financiera y mostrarla como si fueran un solo ente público. Es decir, deberán presentar de manera consolidada sus resultados de operación, sus flujos de efectivo, cambios en la situación financiera y variaciones a la Hacienda Pública (CONAC, 2009). Para lograr tal objetivo, los entes públicos consolidan su información por medio de sumar aritméticamente su información patrimonial a la de los otros entes públicos en el sistema de contabilidad gubernamental. Además, la instancia pertinente ya sea a nivel federal, estatal, o municipal, deberá emitir normativa para determinar el proceso de consolidación de cuentas bajo los lineamientos que emita el CONAC (Secretaría de Finanzas, 2011). Toda la información financiera de los entes públicos deberá consolidarse en el mismo sistema de contabilidad gubernamental.
8. Devengo Contable
La devengación contable es el cuarto postulado. Indica que las operaciones deben registrarse en el momento en que ocurren, aunque el pago o el cobro se realice después. Este postulado es de suma relevancia ya que indica que todos los registros contables en los entes públicos se deberán llevar a cabo de acuerdo con el principio de devengo contable, lo que significa dar reconocimiento contable a los hechos cuando estos se hayan concretado, o el derecho jurídico de pagar o cobrar ya se encuentre activo. Por ejemplo, en el caso de los ingresos se registrarán cuando jurídicamente exista el derecho de cobrar impuestos, derechos, aprovechamientos y otros ingresos públicos que la ley señala. Por su parte, los egresos se considerarán gastos devengados cuando se reconozca una obligación de pago a favor de terceros derivado de la recepción de conformidad de bienes, servicios y obra pública, así como otras obligaciones derivadas de tratados, leyes, decretos o resoluciones (Secretaría de Finanzas, 2011). Los registros contables deberán efectuarse cuando los hechos se materialicen de acuerdo con el principio del devengo contable.
9. Valuación
La valuación, sexto postulado, indica que las operaciones contables deben medirse en términos monetarios, utilizando valores apropiados como el costo histórico o el valor razonable. Este postulado establece que todos los eventos, transacciones y transformaciones internas que afecten económicamente al ente público, deberán cuantificarse en términos monetarios, asignándoles un valor en moneda nacional. Las operaciones se pueden valuar a costo histórico, que es la cantidad pagada en la adquisición y respaldada por documentos comprobatorios. O bien, se puede valuar de forma estimada o conforme un avalúo, en los casos de donaciones, expropiaciones, adjudicaciones o daciones de pago.
10. Dualidad Económica
El principio de dualidad económica hace referencia a que todas las transacciones y eventos económicos tienen un origen en el capital o recursos públicos asignados al ente, obedeciendo las atribuciones y responsabilidades que la ley confiere a cada uno de ellos. El séptimo postulado es la dualidad económica, que recuerda que toda operación tiene dos efectos: uno que representa lo que se tiene (activos) y otro que muestra de dónde viene (pasivos o capital). En otras palabras, la dualidad económica señala que para todo efecto, corresponde una causa y viceversa. Es decir, si aumentó el activo, probablemente se debió a un aumento en el pasivo o a una disminución en el capital. Por otro lado, una visión del pasivo podría representar el aumento de un financiamiento o una disminución de activos (Secretaría de Finanzas, 2011).
Por ejemplo, si el ente manifiesta un aumento en su activo fijo de equipo de transporte, existen dos posibilidades; si se pagó inmediatamente existirá una disminución en el capital, si se pagará en un plazo posterior la cuenta de pasivo correspondiente a ese proveedor, aumentará.
11. Consistencia Económica
Este postulado precisa que cuando, a través del tiempo, haya operaciones similares en un ente público se debe dar el mismo tratamiento contable a todas ellas, siempre y cuando la esencia económica sea la misma. Es decir, las políticas, métodos de cuantificación y otros procedimientos contables deberán permanecer uniformes a lo largo del tiempo y cumplir con el objetivo de reflejar objetivamente la sustancia económica del ente (Secretaría de Finanzas, 2011). La consistencia propicia la generación de información financiera comparable dado que, sin ella, no habría posibilidad de conocer si los cambios en los valores contables se deben a los efectos económicos reales, o tan sólo a cambios en los tratamientos contables. Finalmente, la consistencia implica que una entidad debe aplicar las mismas reglas contables a lo largo del tiempo, para que su información financiera sea comparable entre periodos.
El postulado básico de consistencia, establecido en la NIF A-2, se refiere a la necesidad de aplicar de manera uniforme los mismos criterios contables, políticas y procedimientos en la preparación de los estados financieros de una entidad a lo largo del tiempo. Este principio asegura que los estados financieros sean comparables entre diferentes periodos, lo que facilita la interpretación y el análisis de la evolución financiera de la entidad.
Las políticas contables (como métodos de depreciación, criterios de valuación, reconocimiento de ingresos, etc.) deben aplicarse consistentemente de un periodo a otro. Esto asegura que los resultados financieros sean comparables a lo largo del tiempo. La consistencia permite a los usuarios de los estados financieros comparar la información financiera de un periodo con otro de manera fiable.
Si por alguna razón se decide cambiar un criterio contable, este cambio debe estar bien fundamentado y se debe explicar en las notas a los estados financieros. Cualquier cambio en las políticas o métodos contables debe ser claramente revelado y justificado en las notas a los estados financieros para que los usuarios comprendan su impacto. Además, se deben ajustar los estados financieros de periodos anteriores para reflejar el cambio, permitiendo así la comparabilidad.
Un ejemplo sencillo: supongamos que una empresa utiliza el método de depreciación lineal para sus activos fijos, lo que significa que el valor del activo se reduce de manera uniforme cada año durante su vida útil. Si la empresa ha estado utilizando este método durante varios años, debe continuar usándolo en el futuro para garantizar la comparabilidad de los resultados. Si decide cambiar al método de depreciación acelerada, debe revelar este cambio y su efecto en los estados financieros.
En caso de que exista una reforma a los procedimientos y políticas contables o bien, a la forma de presentar la información financiera, se deberán realizar notas a los Estados financieros para explicar el motivo, la justificación y el efecto que tendrá el cambio, a fin de permitir la comparación de la información en el tiempo (Secretaría de Finanzas, 2011).
En síntesis, este postulado señala que los Estados financieros de cada ejercicio para el ente público deberán seguir criterios y métodos homogéneos entre sí. No obstante, esto no impide que se cambien algunas reglas, lineamientos, métodos o procesos, pero sí exige que se revele claramente en los Estados financieros cuando esto ocurra. El postulado de consistencia es crucial para mantener la integridad y confiabilidad de la información financiera.
