Si alguna vez has recibido un préstamo -ya sea de un amigo, un familiar o incluso de una plataforma digital- es muy probable que te hayas preguntado: ¿Esto lo tengo que declarar al SAT?, ¿me van a cobrar impuestos por esto?, ¿me van a considerar evasor si no lo explico? Este tema causa muchas dudas, porque aunque los préstamos no generan impuestos como tal, sí pueden levantar alertas si no se explican bien ante el SAT.
¿Un préstamo es un ingreso gravable?
Según el SAT, no todos los depósitos en tu cuenta bancaria se consideran ingreso gravable. Un préstamo, por definición, no es un ingreso porque no representa un aumento en tu patrimonio: es dinero que te dan y que tienes que devolver. Si el SAT ve depósitos frecuentes o cantidades grandes en tu cuenta y tú no tienes cómo justificar que fueron préstamos reales, sí puede suponer que estás omitiendo ingresos y ahí sí vienen los problemas.
¿Cuándo se debe declarar un préstamo?
De acuerdo con lo que se establece en el Artículo 90 del Código Fiscal de la Federación, las personas físicas están obligadas a informar al SAT, en su declaración anual del ISR, sobre ingresos por concepto de préstamos, donativos o premios, siempre que en conjunto excedan el monto de $600,000.00 pesos. Si en un año calendario recibes préstamos que superen esa cantidad, sí estás obligado a informarlo en tu declaración anual, aunque no pagues impuestos por ello.
Tabla de obligaciones según el monto
- Hasta $600,000 anuales: No es obligatorio declararlo, pero se recomienda guardar toda la documentación que respalde el movimiento.
- Más de $600,000 anuales: Es obligatorio informarlo en la declaración anual del ISR bajo el Artículo 90 del Código Fiscal.
¿Cómo justificar un préstamo ante el SAT?
Para evitar malentendidos, es fundamental contar con documentación que respalde el préstamo. Toma en cuenta lo siguiente:
- Contrato: Debe existir un contrato de por medio, que justifique el préstamo, ya sea de tipo mutuo o interés. No necesitas notario, pero debe incluir nombres, datos, monto, plazos y firmas.
- Concepto claro: En el concepto de la transferencia bancaria o depósito, debe ser claro el término "préstamo".
- Evidencia: Guarda estados de cuenta, recibos y cualquier correo o mensaje que acredite el acuerdo.
- Plazos de devolución: Es necesario demostrar que existe una obligación real de devolver el dinero.
Consideraciones para negocios y personas morales
Si tienes un pequeño negocio o te encuentras registrado como persona física con actividad empresarial, si contrataste un préstamo comercial para capitalizar tu emprendimiento, los intereses pagados por el crédito son deducibles. Por otro lado, para las personas morales, la ley señala que se debe informar a las autoridades fiscales de los préstamos recibidos en efectivo, mayores a $600,000.00, en los 15 días posteriores a recibirlos. De lo contrario, sería considerado un ingreso sobre el cual sería necesario pagar impuestos.
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Errores comunes que debes evitar
El mayor riesgo es que el SAT considere que se trata de un ingreso omitido o una donación encubierta si no existe un contrato ni una devolución real del dinero. Entre los errores más comunes destacan:
- No especificar el origen del dinero en la transferencia bancaria.
- Confiar en tratos verbales sin un contrato o pagaré que respalde la operación.
- Olvidar declarar el préstamo cuando la suma total anual supera el límite establecido.
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