Conocer los impuestos en México y el proceso de declaración es fundamental para cualquier contribuyente. En México, la declaración de impuestos es el trámite que se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para informar sobre los ingresos, gastos y otros aspectos financieros del año fiscal.
¿Qué es el Impuesto Causado?
La NIF D-4 define el impuesto causado de la siguiente manera:
Impuesto Causado: Es el impuesto a cargo de la entidad, atribuible a la utilidad del periodo y determinado con base en las disposiciones fiscales aplicables en dicho periodo.
Es importante distinguir el impuesto causado del impuesto causado por pagar o cobrar:
Impuesto Causado por Pagar o por Cobrar: Es el impuesto causado en el periodo, menos los anticipos enterados, más los impuestos causados en periodos anteriores y no enterados. Si el resultado es un importe a cargo de la entidad, representa un impuesto por pagar; de lo contrario, corresponde a un impuesto por cobrar.
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De acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto a las utilidades de las empresas.
Cálculo del ISR Causado
En términos generales, la mecánica para determinar el ISR causado en el ejercicio, en el caso de las personas morales del régimen general, se establece en el artículo 9o. de la Ley del ISR:
- Ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio
- (-) Deducciones autorizadas en el ejercicio
- (-) PTU pagada en el ejercicio
- (=) Utilidad fiscal (cuando el resultado sea positivo)
- (-) Pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores, actualizadas
- (=) Resultado fiscal (cuando el resultado sea positivo)
- (x) Tasa del ISR
- (=) ISR causado en el ejercicio
Cálculo del ISR por Pagar o Saldo a Favor
A su vez, por lo que se refiere al ISR por pagar o saldo a favor de este impuesto, la mecánica para determinarlo es la siguiente (artículos 9o. y 14 de la Ley del ISR):
- ISR causado en el ejercicio
- (-) Pagos provisionales del ISR
- (=) ISR por pagar o saldo a favor
Reconocimiento Contable del Impuesto Causado
De conformidad con la NIF D-4, el reconocimiento contable del impuesto causado se realiza de la siguiente manera:
- Dentro del balance general, el impuesto causado debe presentarse como un pasivo a corto plazo.
- Este importe debe incluir el impuesto causado y no enterado del periodo actual y de los anteriores, así como los anticipos efectuados; si estos últimos fueran mayores, el importe neto debe presentarse como un activo a corto plazo.
- En caso de que la autoridad tributaria establezca que la fecha de entero del impuesto causado es posterior a los 12 meses siguientes a la fecha de cierre de los estados financieros, o bien, después del ciclo normal de operaciones de la entidad, dicho impuesto debe presentarse en el largo plazo.
Los pasivos y activos por impuesto causado clasificados dentro del mismo plazo deben compensarse en un solo rubro, salvo que:
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- Tales activos y pasivos no correspondan a la misma autoridad fiscal.
- No se tenga el derecho de compensar dichos impuestos ante la misma autoridad fiscal.
En el estado de resultado integral, el impuesto causado debe presentarse como un componente del rubro llamado impuestos a la utilidad, sin incluir el impuesto atribuible a las operaciones discontinuadas. Con base en la NIF B-3, Estado de resultado integral, el impuesto a la utilidad del periodo debe presentarse enseguida del valor residual de las ventas o ingresos netos, después de sumarle o disminuirle, según proceda, las demás partidas de ingresos, costos y gastos, sin incluir las operaciones discontinuadas.
Ejemplos Prácticos
Caso 1: ISR por Pagar
Una empresa desea determinar el ISR causado y por pagar en el ejercicio fiscal de 2016:
- Resultado fiscal del ejercicio: $1,400,000
- Anticipos del ISR efectuados: $380,000
- Determinación del ISR causado:
- Resultado fiscal: $1,400,000
- Tasa del ISR: 30%
- ISR causado: $420,000
- Determinación del ISR por pagar:
- ISR causado: $420,000
- Anticipos del ISR: $380,000
- ISR por pagar: $40,000
Caso 2: Saldo a Favor
Una empresa desea determinar el ISR causado y por pagar en el ejercicio fiscal de 2016:
- Resultado fiscal del ejercicio: $1,400,000
- Anticipos del ISR efectuados: $600,000
- Determinación del ISR causado:
- Resultado fiscal: $1,400,000
- Tasa del ISR: 30%
- ISR causado: $420,000
- Determinación del ISR por pagar:
- ISR causado: $420,000
- Anticipos del ISR: $600,000
- Saldo a favor: ($180,000)
Otros Impuestos Relevantes en México
Además del ISR, existen otros impuestos importantes en México:
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Los contribuyentes que realicen actividades comerciales deben presentar declaraciones mensuales, bimestrales o trimestrales, dependiendo del régimen en el que estén inscritos.
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Se aplica a ciertos productos y servicios.
- Impuesto Predial: Un impuesto local que grava la propiedad inmobiliaria.
- Impuesto sobre Nómina: Se aplica a los sueldos y salarios pagados por las empresas.
Obligación de Presentar Declaraciones
En México, la obligación de presentar declaraciones de impuestos ante el SAT depende de:
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- Ingresos Anuales: Si los ingresos anuales superan ciertos umbrales establecidos por el SAT.
- Tipo de Ingresos: El tipo de ingresos percibidos (salarios, actividades empresariales, inversiones, etc.).
- Actividad Económica: Si se realizan actividades empresariales.
- Deducciones y Créditos Fiscales: La posibilidad de deducir gastos y aplicar créditos fiscales.
Ingresos Nominales
Los ingresos nominales son aquellos que una persona o empresa ha obtenido antes de deducir los gastos y otros conceptos que permiten calcular la base gravable de impuestos. En pocas palabras: los ingresos nominales son el dinero que recibes antes de pagar impuestos.
Fechas Límite para la Declaración
La fecha límite para presentar la declaración de impuestos varía según el tipo de declaración y la situación fiscal:
- Para empresas (personas morales): hasta el 31 de marzo.
- Para personas físicas (ISR anual): antes del 30 de abril de cada año.
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