La letra de cambio es uno de los documentos mercantiles más antiguos y se define como un título escrito por el cual una persona, denominada librador, ordena a otra, el denominado librado o deudor, el pago de una suma de dinero en una determinada fecha de vencimiento. Según el Banco de España, una letra de cambio es un mandato por el que la persona que emite el documento (librador), ordena al librado el pago de una cantidad de dinero en una fecha determinada.
Definición y funciones del librador
El librador o girador es la persona física o jurídica que emite la letra de cambio. Es la parte que establece las obligaciones de pago sobre el librado y, con su firma, garantiza el cumplimiento de esa orden. Es importante destacar que el librador y el tomador de una letra de cambio pueden coincidir, en cuyo caso la letra es girada por el librador a su propia orden.
Figuras que intervienen en una letra de cambio
En una letra de cambio intervienen tres figuras principales:
- Librador: Es la persona física o jurídica acreedora de la deuda que emite el documento oficial de pago en contra de otra.
- Librado: Es el deudor oficial, la persona obligada a pagar el importe de la letra a su vencimiento.
- Tomador o beneficiario: Es la parte que se beneficia del cobro de la letra; es a quien finalmente se le paga el dinero correspondiente a la deuda.
El papel del librador en la gestión contable
Las empresas tienen que buscar fórmulas para garantizar el cobro de sus créditos comerciales, y la letra de cambio es un instrumento útil para ello. Al ser deudas de la empresa formalizadas en letras de cambio, estas figurarán en el activo del balance de situación. En las cuentas 431 y 441 se recogen los créditos con clientes y deudores formalizados en efectos de giro aceptados.
Un procedimiento habitual es el descuento de efectos, una operación que se realiza cuando la empresa necesita liquidez en un momento concreto. Para que el descuento pueda realizarse se hace con la cláusula “salvo buen fin”, lo que implica que, si la letra de cambio resulta impagada al vencimiento por el librado, el librador de la misma se compromete a devolver al banco el importe de la misma más los gastos correspondientes.
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Resumen de las figuras cambiarias
| Figura | Rol principal |
|---|---|
| Librador | Emite la orden de pago y garantiza su cumplimiento. |
| Librado | Es el deudor que acepta la orden de pago. |
| Tomador | Recibe el pago de la suma indicada en la letra. |
Diferencias y consideraciones legales
Es fundamental distinguir la letra de cambio de otros instrumentos. Mientras que una letra de cambio es un “mandato de pago” emitido por el librador, el pagaré es una “promesa de pago” expedida por el propio deudor. La letra de cambio es un documento oficial, que debe presentarse en papel timbrado, cuya validez jurídica permite al tenedor, en caso de que no pague el librado, repetir contra el librador.
Por lo tanto, si utilizas letras de cambio, tienes que llevar un buen control contable y saber contabilizar correctamente todo el proceso. La letra de cambio facilita las transacciones económicas y ofrece garantías jurídicas, pero siempre debe existir un control riguroso sobre las figuras intervinientes y sus obligaciones cambiarias.
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