Cada año, durante el mes de abril, los contribuyentes que se encuentran bajo el régimen fiscal de personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La Declaración Anual de ISR tiene una fecha límite acorde al Calendario Fiscal SAT y es de cumplimiento obligatorio en todos los casos. Cuando se habla de la declaración anual de impuestos, se hace referencia al documento oficial en el que los contribuyentes hacen un reporte o informe de sus operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal que ha finalizado. En otras palabras, la autoridad necesita constatar sus movimientos económicos y el pago de impuestos correspondientes.
Consecuencias de presentar la declaración fuera de tiempo
Si te toca presentar la declaración anual y se te pasa la fecha, según el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, podrías meterte en problemas. Esta presentación de tus resultados anuales fuera del periodo establecido puede conllevar consecuencias de multas y recargos. Si la entregas después de abril, podrías pagar de $1,560 a $31,740, además de recargos y actualizaciones. Asimismo, es posible que deriven sanciones diversas porque entrarías al rol de contribuyente incumplido; el SAT comparte los datos de los adeudos fiscales con las Sociedades de Información Crediticia (SIC).
Además de las multas, tu situación fiscal puede verse afectada de otras maneras:
- Restricción del RFC y del CSD: El SAT puede restringir temporalmente tu RFC o cancelar tu certificado de sello digital si tienes obligaciones incumplidas, lo cual te inhabilitaría la emisión de CFDI.
- Impacto en tu historial: Algo similar a lo que ocurre cuando entras a Buró de Crédito por tener adeudos bancarios podría sucederte en el caso del fisco.
- Auditorías: En casos extremos, pueden iniciar auditorías o requerimientos formales.
¿Qué hacer si no presentaste tu declaración en abril?
Si se te pasó el mes de abril, ¡no todo está perdido! Aún puedes presentar tu declaración anual de forma espontánea, siempre y cuando no hayas recibido un requerimiento del SAT. Conforme al artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, no se imponen multas cuando se cumple de forma espontánea sin que medie requerimiento de la autoridad. Si tienes la obligación de presentarla, lo mejor es que la hagas cuanto antes. Presentar extemporáneamente tu Declaración Anual en realidad no es nada del otro mundo, ni siquiera es tan complicado.
Tabla de riesgos por incumplimiento
A continuación, se presentan los rangos aproximados de multas aplicables según el tipo de omisión:
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| Concepto | Rango de multa (MXN) |
|---|---|
| No presentar declaración anual | $1,810 - $22,400 |
| No presentar declaraciones mensuales | $1,490 - $17,040 |
| No presentar declaraciones informativas | $1,490 - $14,700 |
Obligaciones incluso sin ingresos
Una de las dudas más comunes entre contribuyentes es: “¿Qué pasa si no declaro porque este mes no gané nada?”. Sí debes presentar tus declaraciones mensuales (y en algunos casos, la anual), aunque no hayas facturado. El SAT no lo ve como una omisión lógica, sino como una falta. Declarar en ceros es declarar correctamente; el SAT asume que estás activo mientras no digas lo contrario. Si sabes que no tendrás actividad por un buen tiempo, puedes solicitar la suspensión ante el SAT para dejar de tener la obligación de declarar mientras estés inactivo.
Recuerda: No hay mejor forma de evitar todos los problemas anteriores que presentando la declaración en tiempo y forma. Hazla pronto y podrías descubrir saldo a favor; 8 de cada 10 mexicanos lo tienen. La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales es un documento que te ampara sobre tu responsabilidad en tiempo y forma.
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