A pesar de que el tiempo para presentar la declaración anual terminó, aún hay esperanza para las personas obligadas con este requerimiento fiscal. Si eres una persona obligada, pero se te pasaron las fechas, no todo está perdido, aún puedes presentar la declaración anual, sin embargo, se contemplan algunas cuestiones diferentes.
Si te toca presentar la declaración anual y se te pasa la fecha, según el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, podrías meterte en problemas. ¡Sí, así como lo lees! Y no hablamos de cualquier problema, sino de sanciones que pueden variar según el caso.
Ahora bien, si se te pasó el mes de abril, ¡no todo está perdido! Aún puedes presentar tu declaración anual de forma espontánea, siempre y cuando no hayas recibido un requerimiento del SAT. Si tienes la obligación de presentarla, lo mejor es que la hagas cuanto antes, mientras el SAT no te haya notificado nada, no habrá sanción.
La devolución del saldo a favor es sin duda el momento favorito de cualquier contribuyente. Esto sucede cuando pagaste más de lo que debías en el momento de realizar el cálculo de tus impuestos. Así, el monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.
Plazos para la Devolución del Saldo a Favor
Todo el que ha presentado su declaración tiene esta misma pregunta. Tristemente, no es algo que se hace de la noche a la mañana. El saldo a favor es el dinero que el SAT te debe devolver cuando has pagado más impuestos de los que te debías.
Lea también: Buzón Tributario: Implicaciones de su activación
El tiempo que tarda el SAT en hacer el depósito de tu saldo a favor puede variar. De acuerdo al Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) tiene un plazo de hasta 40 días hábiles para realizar la devolución de tu saldo a favor, contados a partir de la fecha en que presentaste tu solicitud.
El tiempo oficial que maneja el SAT es de 40 días hábiles a partir de que presentas tu solicitud de devolución. Sin embargo, si solicitaste una devolución automática (es decir, cuando haces tu declaración anual), el plazo puede ser más corto: aproximadamente entre 10 y 12 días.
¿Qué hacer si no recibes la devolución en el plazo establecido?
Ahora, si pasan los 40 días y no ves ni un peso de tu saldo a favor, probablemente algo no salió como esperabas. Algunos de los factores que pueden retrasar la devolución incluyen errores en tu declaración, inconsistencias en tus datos fiscales (como un RFC mal registrado), o que el SAT simplemente quiera revisar tu información más a fondo.
Si ha pasado el plazo establecido y aún no has recibido tu devolución, lo primero que debes hacer es revisar el estatus de tu solicitud en el portal del SAT. Si no recibiste tu saldo a favor, puede ser porque haya algunas inconsistencias. Para resolverlo, entra al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña.
Multas e Intereses por no Declarar a Tiempo
Por ejemplo, si no presentaste tu declaración el SAT te enviará “invitaciones”, para que cumplas con ello, después de una serie de notificaciones para que cumplas, y de no hacerlo, lo que sigue es que te envíen un requerimiento, el cual ya significa una multa, explicó Norma Cruz, fundadora de Autonomía Fiscal para Mujeres.
Lea también: RFC y desempleo: Implicaciones en México
La sanción económica por no presentar tu declaración anual puede ser desde 1,810 a 36,740 pesos, según información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
En estos casos si tienen saldo en contra, es decir, impuestos a pagar, se irá incrementando y deberás pagar intereses los cuales crecen conforme pase el tiempo. Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, destacó que por cada mes que se retrasen es 1.47% de recargos, y además, para quienes en estos días no alcanzaron a presentar, si se pasan más allá del 9 de mayo, deberán pagar una actualización que corresponde a la inflación del mes.
Esto significa que el aumento que tendrá su saldo a cargo a pagar será de la inflación del mes más el porcentaje del recargo, que es de 1.47 por ciento.
Si el SAT ya te multó por no presentar la declaración anual a tiempo, no te queda de otra: tendrás que presentar la declaración omitida sí o sí. Si además debes pagar impuestos, también tendrás que cubrir actualizaciones y recargos por ese saldo pendiente.
Recomendaciones Finales
- Para evitarte dolores de cabeza, asegúrate de que todos tus datos estén correctos antes de enviar tu declaración.
- Revisa bien tu RFC, asegúrate de que las cuentas bancarias estén a tu nombre, y no te olvides de adjuntar los comprobantes necesarios.
- No hay mejor forma de evitar todos los problemas anteriores que presentando la declaración en tiempo y forma.
Si quieres asegurarte de que tu declaración sea perfecta y evitar cualquier tipo de retraso, busca asesoría profesional.
Lea también: RFC inactivo: Implicaciones y responsabilidades
