Tener un saldo a favor en el SAT no es tan imposible como piensas, te invitamos a que aproveches la oportunidad de que el gobierno te devuelva parte de tus impuestos. Es sencillo, este es el dinero que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te devuelve cuando pagas más impuestos de los que deberías.
¿Cómo se genera un saldo a favor?
Este saldo se genera cuando el monto de tus deducciones es mayor a tus ingresos acumulables. Por ejemplo, si has tenido gastos médicos, educativos o relacionados con tu vivienda, puedes deducir estos gastos y el SAT te devolverá el excedente. Así que, no dudes en aprovechar las deducciones personales que el SAT permite.
Ejemplos comunes de gastos deducibles
- Gastos médicos: Aquí entran tus consultas médicas, gastos hospitalarios, análisis clínicos, y hasta el pago de medicinas en hospitales.
- Colegiaturas: Las colegiaturas de tus hijos o las tuyas pueden ser deducibles, siempre y cuando estén dentro de ciertos límites establecidos por el SAT.
- Otros gastos: Puedes deducir otros gastos como aportaciones voluntarias a tu AFORE, intereses de tu crédito hipotecario, o donativos a instituciones autorizadas.
Ejemplo práctico: María y sus deducciones familiares
María trabaja en una empresa y gana $500,000 al año. Esto significa que a lo largo del año, le descuentan impuestos de su sueldo. Sin embargo, durante el año, María pagó $30,000 por las colegiaturas de sus hijos y $20,000 en consultas médicas y medicamentos. Ambos son gastos que el SAT permite deducir, es decir, que puedes restar de los impuestos que ya pagaste.
¿Cómo funciona esto?
Al final del año, cuando María presenta su declaración anual, suma estos gastos (colegiaturas y médicos), que en total son $50,000. Esto significa que en lugar de pagar impuestos sobre $500,000 (su sueldo completo), María solo pagará impuestos sobre $450,000 ($500,000 - $50,000). Al recalcular cuánto debía haber pagado de impuestos sobre esos $450,000, el SAT se da cuenta de que María pagó de más durante el año, así que le genera un saldo a favor de $5,000, el cual le devuelven a su cuenta bancaria.
Obtener un saldo a favor en el SAT es posible si sabes qué deducciones puedes aplicar y cómo hacer tu declaración de forma correcta. Aprovecha los gastos deducibles, TaxDown te ayuda a hacer tu declaración a tiempo y sin errores.
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¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Tanto las personas físicas como las personas morales pueden solicitar la devolución. La devolución puede pedirse una vez presentada la declaración anual y no te preocupes porque muchos contribuyentes reciben el depósito automáticamente si cumplen con todos los requisitos.
Proceso para solicitar la devolución
- Llena tu declaración: El sistema precarga algunos datos, pero revisa y corrige cualquier error.
- Guarda siempre tus facturas: Si haces un gasto deducible, pide factura. ¡En el mes de abril!
Plazos para solicitar la devolución
Los contribuyentes tienen hasta el término de cinco años para pedir la devolución de saldo a favor de impuestos, como el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), a partir de la fecha en que se generó la obligación de presentar la declaración.
Ahora bien, el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación contempla la obligación que tiene la autoridad fiscal de devolver a los contribuyentes las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. Sin embargo, esta obligación de devolución a cargo de la autoridad prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal.
¿Cómo realiza el SAT la devolución?
La autoridad fiscal podrá hacer la devolución del saldo a favor ya sea de oficio o bien porque el contribuyente lo solicite. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal pone a disposición de los contribuyentes el sistema automático de devoluciones, el cual podrá ser empleado por los contribuyentes cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal que esté vigente, por ejemplo, cuando se trate de un determinado monto de devolución, el uso de la e.firma, o la utilización de una clave interbancaria estandarizada CLABE.
Es importante también tomar en cuenta en qué supuestos no procede la devolución automática de saldos a favor y para ello será necesario revisar lo establecido para tal efecto en la Resolución Miscelánea que esté vigente, por ejemplo, cuando se trate de determinado monto de saldo a favor, el origen de los ingresos, el ejercicio fiscal al que corresponde el saldo a favor, el estatus en el que se encuentran el RFC, los certificados y el domicilio fiscal del contribuyente, entre otros.
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Además del sistema automático de devoluciones, los contribuyentes podrán solicitar la devolución manual de saldos a través del Formato Electrónico de Devolución de Impuestos, a través también del portal del Servicio de Administración Tributaria, reuniendo los requisitos que para tal efecto se establecen como son: presentación de la declaración anual, acuse de envío de la declaración anual, monto del saldo a favor, e.firma, estado de cuenta bancario no mayor a dos meses, una clave interbancaria estandarizada CLABE, entre otros.
Es importante destacar que si se trata de devolución de años anteriores, la devolución solo podrá solicitarse por el contribuyente a través de este sistema manual de devoluciones.
El Servicio de Administración Tributaria revisará y validará la información puesta a su disposición por parte del contribuyente en el trámite de devolución de saldo a favor. La autoridad fiscal podrá rechazar la devolución de saldo a favor por encontrar inconsistencias en la declaración. O bien la autoridad podrá determinar que es procedente la devolución, por lo tanto, deberá pagarla y ponerla a disposición del contribuyente debidamente actualizada y con los intereses que en su caso procedan conforme a la ley.
Plazos de devolución
Una vez presentada tu solicitud y validada por el SAT, el depósito puede llegar en un plazo de 10 a 40 días hábiles, dependiendo del monto y de si se requiere revisión manual. En caso de que el SAT detecte alguna diferencia o falta de documentación, pueden rechazar la devolución parcial o total.
Devolución automática
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
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- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
Casos en los que se considera no presentada la solicitud de devolución
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como o localizado
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Reformas fiscales recientes
Las reformas fiscales recientes han ajustado algunos de los montos y tipos de deducciones permitidas. Por ejemplo, el SAT ahora es más estricto con las deducciones médicas y educativas, limitando los montos máximos deducibles.
