En el derecho mexicano de la insolvencia, el concurso mercantil es el procedimiento previsto por la ley para solucionar la situación del comerciante que ha incumplido sus obligaciones vencidas. El Concurso Mercantil es un procedimiento legal de interés público, regulado por la Ley de Concursos Mercantiles, cuyo propósito es conservar la operación de las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago afecte su viabilidad y la de aquellas con las que mantienen relaciones comerciales.
¿Quiénes pueden ser sujetos a concurso mercantil?
Entre los supuestos señalados por la norma aplicable, para que un comerciante sea declarado en concurso mercantil se establece que tal carácter lo tiene la persona física o moral que así se reconozca por el Código de Comercio. Además, el comerciante que se encuentre en situación de incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones vencidas, podrá solicitar a los juzgados mercantiles federales su declaratoria de concurso mercantil. Debe acompañar su demanda con un plan de reestructura de pasivos previo, suscrito por el propio comerciante, con cuando menos 40% de sus acreedores, lo cual elimina la intervención del visitador y da lugar a la emisión de la sentencia de concurso.
Asimismo, los grupos empresariales podrán solicitar simultáneamente la declaración judicial conjunta de concurso mercantil. Se establece un capítulo especial para el concurso mercantil de las instituciones financieras; se entiende por tales las entidades a las cuales las leyes federales le otorgan tal carácter. Tratándose de personas morales, la responsabilidad recaerá en los administradores o liquidadores.
El procedimiento de separación de bienes
Cuando una empresa con la que haces negocios es declarada en Concurso Mercantil, es crucial analizar si existen bienes que puedan ser separados de la masa concursal. La acción separatoria es un mecanismo legal que permite a terceros y a acreedores reconocidos recuperar bienes que, aunque están en posesión del comerciante en Concurso Mercantil, no son propiedad de esta última. El objetivo principal de este incidente es excluir dichos bienes de la masa concursal destinada al pago de acreedores, protegiendo así los derechos de sus legítimos propietarios.
Casos comunes para la acción separatoria
Este procedimiento cobra especial relevancia en casos como arrendamientos, consignaciones y contratos con reserva de dominio, entre otros. El artículo 71, fracción VI, inciso a) de la Ley de Concursos Mercantiles, permite la separación de bienes en casos de depósito, arrendamiento, usufructo, administración o consignación. Otros casos comunes incluyen:
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- Bienes en depósito o consignación: Aquellos que el comerciante posee en calidad de depositario o consignatario.
- Comodato: Bienes prestados al comerciante para su uso, sin transferencia de propiedad.
- Bienes adquiridos a crédito con reserva de dominio: Aquellos en los que la propiedad se transfiere hasta el pago total del precio y dicha condición está debidamente registrada.
- Títulos valor emitidos a favor del comerciante: Siempre que se pruebe que las obligaciones cumplidas proceden de ellos y no se hayan asentado en cuenta corriente.
Criterios judiciales recientes sobre la separación
Recientemente, se han emitido criterios relevantes sobre la acción separatoria en el Concurso Mercantil, precisando en qué casos procede recuperar bienes de la masa concursal:
- Dinero en depósitos regulares: El tribunal determinó que sí es posible recuperar este tipo de dinero mediante la acción separatoria, siempre que provenga de un depósito regular, es decir, cuando el depositante no ha transferido la propiedad del dinero al comerciante en concurso.
- Vigencia de derechos: El tribunal aclaró que la vigencia de los derechos reclamados en una acción separatoria es una cuestión de fondo y no puede ser motivo para que el juez rechace de plano la demanda.
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