La Declaración Anual de Impuestos sobre la Renta (ISR) es un trámite fiscal que se realiza en muchos países del mundo, y su objetivo es reportar todos los ingresos y gastos del contribuyente durante el año fiscal. La finalidad de este proceso es calcular el impuesto que se debe pagar al Estado y verificar que el contribuyente ha cumplido con todas sus obligaciones fiscales.
En México, la fecha límite para presentar la Declaración Anual es el 30 de abril de cada año. Antes de que termine el mes de abril, las personas físicas tienen que presentar su declaración anual ante el SAT (Sistema de Administración Tributaria). La autoridad recuerda a las y los contribuyentes que el periodo para presentar la Declaración Anual de personas es del 1 al 30 de abril.
En ocasiones, se piensa de forma errónea, que al recibir el pago a través de una nómina, no es necesario declarar impuestos. Sin embargo, no siempre es así. Si tienes tu alta como persona física y no sabes si te corresponde hacer una declaración o perteneces a los exentos, aquí te contaremos a quiénes aplica presentarla y cuando es la fecha límite.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
Además de las empresas, están obligados a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta todas las personas físicas que hayan recibido ingresos durante el año fiscal. De acuerdo con el Art. Estarán obligados quienes ganaron más de $400,000 al año, tuvieron más de un patrón, recibieron ingresos extra como honorarios o rentas, dejaron de trabajar antes de fin de año o trabajaron para empleadores que no retienen impuestos. También funcionarios públicos, empleados de gobierno, militares, fuerzas de seguridad y pensionados con ingresos adicionales a su pensión.
Ingresos anuales superiores a $400,000
Si ganaste más de $400,000, el SAT quiere verte en su oficina (bueno, en su portal). Si en el año juntaste más de $400,000 entre todos tus ingresos, ya sea porque te aumentaron el sueldo, recibiste bonos jugosos o simplemente trabajaste sin descanso, es obligatorio presentar tu Declaración Anual. No importa si tu patrón ya te retuvo impuestos mes a mes, el SAT quiere ver los números por escrito. Así que, si te pasaste de ese límite, no hay de otra: toca reportarlo.
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Múltiples empleadores
¿Tuviste más de un patrón? Pues hay que declarar. Si en el año cambiaste de trabajo, trabajaste para varios patrones o simplemente eres de los que les gusta diversificar ingresos, el SAT también te tiene en la mira. No importa si en total no rebasaste los $400,000, el simple hecho de tener más de un pagador ya te mete en la categoría de «declarantes obligados». Si tuviste más de un patrón debes presentar la Declaración Anual, aunque no superes los $400,000 de ingresos al año. Mira el lado positivo: quizás te toca saldo a favor.
Otros tipos de ingresos
¿Recibiste otros ingresos además de tu sueldo? Agárrate. Si además de tu sueldo normal tuviste ingresos extra por honorarios, rentas o cualquier otra actividad, ya estás dentro del club de los declarantes. El SAT no discrimina: quiere saber de dónde viene cada peso. Así que, si recibiste lana por otro lado, anótalo bien porque eso también cuenta para tu Declaración Anual. Lo mismo aplica si recibiste ingresos adicionales a tu sueldo, como honorarios, rentas u otras actividades.
Estos ingresos pueden provenir de varias fuentes, como:
- Empleo
- Servicios Profesionales particulares
- Actividades empresariales
- Rentas por algún inmueble
- Ventas de bienes raíces
- Inversiones
- Indemnización o jubilación
- Entre otros.
Cese de actividades laborales
¿Dejaste de chambear antes de que acabara el año? También te toca declarar. Aunque ya no estés en la nómina, si trabajaste parte del año y tuviste ingresos, necesitas hacer tu Declaración Anual.
Empleadores que no retienen impuestos
Si tu patrón no te retenía impuestos, ahora te toca a ti. Si trabajaste para un organismo internacional, una embajada o un empleador que no está obligado a hacer retenciones, adivina quién tiene que pagar los impuestos directamente… Sí, tú. Aquí no hay escapatoria: si el SAT no recibió su tajada de manera automática, la tendrá que recibir por tu parte.
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Funcionarios públicos, empleados de gobierno, militares y fuerzas de seguridad
Funcionarios públicos y empleados de gobierno: su turno también llega. Si trabajas para el gobierno, también hay que hacer la Declaración Anual. Aunque muchas veces les retienen los impuestos como a cualquier asalariado, la obligación de presentar la declaración sigue en pie. Así que, si eres de los que «sirven al país», también sirve tu declaración. Ser parte de las Fuerzas Armadas o algún cuerpo de seguridad no te exime de declarar. Así que, además de proteger al país, también hay que proteger tu situación fiscal presentando la Declaración Anual.
Pensionados con ingresos adicionales
¿Pensionado y con dudas? Esto te interesa. Si recibes una pensión y no pasas de los $400,000 al año, probablemente no tengas que hacer la Declaración Anual. Pero si tienes otros ingresos además de tu pensión, entonces ya estás en la jugada y te toca declarar.
Excepciones: Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Las personas que tributan en el RESICO quedan relevadas de presentar la Declaración Anual de conformidad con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20.
Resumiendo: Si ganaste más de $400 000, acumulaste salarios de varios patrones, obtuviste ingresos extras o tu empleador no retuvo ISR, debes declarar.
| Criterio de Obligatoriedad | Descripción |
|---|---|
| Ingresos anuales superiores a $400,000 | Si en el año juntaste más de $400,000 entre todos tus ingresos, es obligatorio presentar tu Declaración Anual, incluso si tu patrón ya te retuvo impuestos. |
| Múltiples empleadores | Si en el año cambiaste de trabajo o trabajaste para varios patrones, el simple hecho de tener más de un pagador te obliga a declarar, aunque no superes los $400,000 de ingresos. |
| Otros tipos de ingresos | Si además de tu sueldo normal tuviste ingresos extra por honorarios, rentas, actividades empresariales, ventas de bienes raíces, inversiones, indemnización o jubilación, entre otros, debes declarar. |
| Cese de actividades laborales | Si dejaste de trabajar antes de que terminara el año, pero tuviste ingresos durante parte de él, necesitas hacer tu Declaración Anual. |
| Empleadores que no retienen impuestos | Si trabajaste para un organismo internacional, una embajada o un empleador que no está obligado a hacer retenciones, eres tú quien debe pagar los impuestos directamente. |
| Funcionarios públicos y empleados de gobierno | Si trabajas para el gobierno, la obligación de presentar la declaración sigue en pie, incluso si te retienen impuestos. |
| Militares y fuerzas de seguridad | Ser parte de las Fuerzas Armadas o algún cuerpo de seguridad no te exime de declarar. |
| Pensionados con ingresos adicionales | Si recibes una pensión y tienes otros ingresos además de ella, te toca declarar, incluso si tu pensión sola no supera los $400,000 anuales. |
| Excepción RESICO | Las personas que tributan en el RESICO quedan relevadas de presentar la Declaración Anual de conformidad con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. |
Importancia y Consecuencias del Incumplimiento
Gracias a esta información de ingresos proporcionada a la autoridad tributaria, es posible establecer los impuestos correspondientes por éstos. Para las personas físicas, el porcentaje del ISR es acorde a lo que ganan mensualmente. Como ya mencionamos, se toman en consideración los ingresos y egresos que se generaron en el ejercicio fiscal declarado.
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El incumplimiento de la presentación de la declaración anual puede resultar en sanciones y multas de hasta 36 mil pesos. Por lo tanto, es importante asegurarse de cumplir con este trámite dentro de los plazos establecidos por la ley. Además, hacer la declaración anual con precisión y puntualidad puede evitar problemas con la autoridad fiscal y permitir al contribuyente aprovechar al máximo los incentivos fiscales disponibles.
Preparación y Deducciones Personales
Los contribuyentes deben reunir y organizar todos los documentos relevantes, como recibos de honorarios, comprobantes de pago y estados de cuenta bancarios, para poder completar la declaración con precisión. Antes de iniciar el proceso de declaración, es importante reunir toda la información necesaria. Además, se debe conocer el monto total de los ingresos y gastos del año fiscal que se está reportando.
Deberás haber presentado deducciones personales si quieres solicitar un saldo a favor. El porcentaje máximo que podrás deducir es de 15% de tus ingresos o el equivalente a 5 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual (175 mil pesos). Al efectuar el pago, el banco te emitirá un recibo como comprobante.
Evita problemas y ten todo listo antes del final de abril.
