¿Qué es un Recibo Deducible?
El recibo deducible es un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) emitido por una Donataria Autorizada.
El recibo de donativo es un comprobante fiscal que emiten las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos.
Donativos Deducibles en la Declaración Anual del ISR
Si eres una persona física y obtuviste ingresos a lo largo del año fiscal, deberás presentar tu declaración anual del ISR en abril del año siguiente.
En esta declaración podrás aplicar deducciones personales que te pueden ayudar a disminuir un impuesto por pagar, o bien, aumentar un eventual impuesto a favor que podrás solicitar en devolución.
Entre estas deducciones personales se encuentran los donativos deducibles que se realicen a ciertas instituciones, estos deberán ser no onerosos ni remunerativos, es decir, sin considerar algo a cambio.
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Instituciones Autorizadas para Recibir Donativos Deducibles
La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) permite que se realicen donativos y estos sean deducibles siempre y cuando se entreguen a las siguientes instituciones:
- Instituciones de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal).
- Organismos internacionales de los que México sea miembro.
- Personas morales que cuenten con la autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles del ISR.
Para dar a conocer cuáles son las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, el Servicio de Administración Tributaria publica el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, donde se enlista una relación de estas.
Requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para Donativos
Para que un donativo sea deducible de impuestos, necesitas un CFDI, es decir, una factura electrónica del donativo.
Debe estar emitida a tu nombre, incluir tu RFC y señalar que corresponde a un donativo deducible conforme al Artículo 27 de la Ley del ISR.
Si el comprobante no cumple con todos estos datos, el SAT no lo va a aceptar y perderás la deducción en tu declaración anual.
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Para el uso del comprobante, te sugerimos verificar que se señale la clave D04 “Donativos”.
Para ello te recomendamos que proporciones los siguientes datos y verifiques que se encuentren bien plasmados: Nombre, RFC, código postal registrado ante el SAT y uso del comprobante.
Las autoridades hacendarias sugieren emplear la Clave del Producto o Servicio «Financiación de ayudas» (84101600) y la Clave de Unidad de Medida «Uno» (C62).
Donativos en Especie: ¿Son Deducibles?
Sí, puedes deducir donativos en especie, como alimentos, ropa o medicinas, aunque el trámite es un poco más complejo que con dinero.
La organización debe poder valuar lo que donaste y emitirte un CFDI con ese valor.
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No es tan común, pero sí es posible. Eso sí, guarda toda la documentación de respaldo por si el SAT te la pide.
Límites y Topes de Deducción de Donativos
Hay muchos factores que debes tomar en cuenta para hacer tu declaración anual. Los donativos deducibles del ISR te permiten restar de tus ingresos acumulables, pero están sujetos a ciertos límites.
Tabla de Límites de Deducción para Donativos
| Tipo de Institución | Límite de Deducción sobre Ingresos Acumulables |
|---|---|
| Instituciones autorizadas (no gubernamentales) | Hasta 7% |
| Instituciones gubernamentales | Hasta 4% |
Estos límites están previstos en el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Actualmente, la cantidad antes mencionada se deberá integrar al monto máximo de todas las demás deducciones que prevé la LISR, y no podrá ser mayor al 15% del total de los ingresos o el resultado de 5 UMAS elevadas al año ($213,973.20 pesos para 2026, según el valor de la UMA publicado por el INEGI), lo que resulte menor.
Por lo tanto, hay que tener en cuenta que, por más donativos que realices, siempre existirá una cantidad limitada deducible.
Importante: Solicita CFDI con clave D04, respeta el tope global de 15% o 5 UMAS y conserva comprobantes.
Requisitos para Organizaciones Donatarias Autorizadas por el SAT
Para emitir recibos deducibles, la organización debe estar legalmente constituida y registrada, tener un objeto social de beneficencia o asistencia social y operar sin fines de lucro.
También necesita llevar una contabilidad adecuada, presentar sus declaraciones fiscales a tiempo y emitir recibos con los requisitos establecidos.
Además, debe renovar su autorización cada año y estar lista para inspecciones fiscales.
