En enero del 2022, entró en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y se creó para facilitar la vida a los pequeños contribuyentes, sobre todo para los nuevos y actuales emprendedores. Este esquema fiscal, regulado en los Artículos 113-E y 206 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), tiene como objetivo incentivar la formalidad y la inclusión fiscal al reducir la carga tributaria y simplificar los procesos administrativos.
¿Quiénes pueden pertenecer al régimen?
Si bien está dirigido para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos, también aplica para las personas morales cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos al año. El límite de ingresos para ingresar al RESICO se define de la siguiente manera:
- Personas Físicas: El límite es de $3,500,000 MXN anuales. Este monto aplica para actividades comerciales, prestación de servicios, actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, entre otras.
- Personas Morales: Se contempla un límite de $35,000,000 MXN anuales para empresas constituidas por personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
Beneficios y facilidades del RESICO
Los que tributan en el RESICO tienen una serie de facilidades y beneficios como, por ejemplo, el cálculo automático de los gravámenes. De ahí que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. Entre los beneficios principales destacan:
- Tasas mínimas para el pago del ISR, que van de 1% a 2.5% para personas físicas.
- Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
- Ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- Exención en el pago del ISR para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año.
Obligaciones fiscales esenciales
Aunque el régimen facilita el cumplimiento, existen responsabilidades legales que todo pequeño contribuyente debe atender:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC): Es el identificador fiscal obligatorio para operar formalmente y realizar actividades económicas legales.
- Expedir Facturas Electrónicas (CFDI): Deben generar comprobantes para respaldar sus ventas, servicios o actividades económicas.
- Contabilidad: Aunque no están obligados a presentar contabilidad electrónica al SAT, deben llevar un registro contable preciso de ingresos, egresos, activos y pasivos.
- Declaraciones y pagos mensuales: Se deben realizar pagos de ISR e IVA, así como las retenciones correspondientes si se contratan servicios profesionales, arrendamientos o se emplean trabajadores.
Tabla resumen de obligaciones según el tipo de contribuyente
| Concepto | Personas Físicas | Personas Morales |
|---|---|---|
| Tasa ISR | 1% al 2.5% (sobre ingresos) | 30% (sobre utilidad fiscal) |
| Deducción de gastos | No permitida | Permitida |
| Límite anual | $3.5 millones MXN | $35 millones MXN |
Consideraciones finales sobre el cumplimiento
El Régimen Simplificado de Confianza es una excelente opción para los pequeños contribuyentes, ya que combina simplicidad y beneficios que se ajustan a sus necesidades. Sin embargo, es fundamental estar al tanto de las disposiciones vigentes. Por ejemplo, en caso de tener créditos fiscales firmes a cargo, el contribuyente debe solicitar la aplicación de la disminución a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT, o bien, acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o desde cualquier lugar mediante Oficina Virtual.
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