Actualmente, para todas las personas que brindan servicios profesionales es una obligación ante el fisco el emitir recibos de honorarios. Aunado a eso es importante considerar que si deseas atender a todos los mercados que necesitan de tus servicios, debes estar preparado, no solo con la calidad y atención, sino también debes estar actualizado con los avances tecnológicos y los cambios fiscales.
Requisitos Fiscales Iniciales
Primero que nada deberás darte de alta en hacienda (ser formal), mediante la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con el cual podrás estar en una situación fiscal correcta y al mismo tiempo podrás generar recibos de honorarios. Una vez inscrito debes Tramitar tu contraseña (CIEC), tu firma electrónica y tu Certificado de Sello Digital para poder emitir CFDIs. Existen trámites que puedes realizar en línea y algunos otros que puedes realizar acudiendo a las oficinas del SAT más cercanas a tu domicilio.
Una vez hecho lo anterior, tendrás la posibilidad de atender a más clientes o incluso para hacer que algunos continúen usando tus servicios y no se vayan a otro lugar. Al estar dado de alta, podrás emprender proyectos con distintas empresas y en general con cualquier persona, ya sea física o moral, podrás deducir gastos y reducir tu carga fiscal, devoluciones de impuestos para casos, estar en una situación fiscal óptima y evitar multas y recargos por parte del SAT.
Elementos Esenciales de un CFDI de Honorarios
Como cualquier CFDI, estos deberán contar con un archivo PDF, el cual es la representación impresa y con uno XML, el cual es el realmente válido para el SAT. Un CFDI de honorarios debe incluir:
- Cantidad, unidad de medida y clase de los servicios que estés prestando.
- Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
- Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o monedero electrónico).
Contabilidad para Personas Físicas en el Régimen de Honorarios
Todas las personas físicas que se encuentren en este régimen, deben de llevar su contabilidad, manteniendo un orden y un registro en sus ingresos y gastos.
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Ingresos
En cuanto a los ingresos, estos serán todos los pagos que tus clientes te hagan y hayas expedido un CFDI por ellos.
Deducciones (o Gastos)
En cuanto a las deducciones (o gastos) existen de dos tipos: Los gastos deducibles (o deducciones autorizadas) y los gastos o deducciones personales.
Gastos Deducibles
Los gastos deducibles son aquellos directamente relacionados con la actividad profesional.
Gastos o Deducciones Personales
Mientras que los gastos o deducciones personales son algunos casos especiales que la ley del ISR señala, como pueden ser la compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, los pagos por honorarios médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos, gastos funerarios, primas por seguros de gastos médicos, los intereses reales, pagados por créditos hipotecarios para su casa habitación, donativos no onerosos ni remunerativos, transporte escolar de sus hijos o nietos y los pagos por servicios educativos (colegiaturas) de educación básica y media superior.
Cálculo y Presentación de Impuestos
Ahora bien, una vez que tengas tus ingresos y gastos, deberás hacer un cálculo de impuestos que te arroje si tienes impuestos a favor o a cargo y presentar las declaraciones correspondientes. La primera es la mensual y se presenta del 1 al 17 del mes inmediato posterior. En caso que te resulte impuesto a favor, con el solo envío de la declaración concluye con el procedimiento.
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