¡Descubre Cómo Registrar Dividendos Correctamente! Guía Completa con Ejemplos y Consejos Fiscales en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En términos generales, se puede considerar a los dividendos como la distribución a los socios o accionistas de una empresa de las utilidades generadas por una sociedad mercantil. Una pregunta frecuente es: ¿se pueden repartir dividendos cuando en la empresa no existan utilidades contables? Para lo cual tendríamos que acudir al texto de la Ley de Sociedades Mercantiles, que establece que serán los socios o accionistas quienes en asamblea determinarán, en su caso, la aprobación o desaprobación de los estados financieros básicos.

Es decir, será la asamblea quien a partir de la información financiera podrá decretar el pago de utilidades o dividendos para lo cual se requiere que la empresa tenga registradas utilidades contables suficientes. Es aquí donde nace la obligación para la empresa de llevar una “Cuenta fiscal de utilidades” (CUFIN) y a partir de 1999 se debe llevar también la (CUFINRE).

Tratamiento Fiscal de los Dividendos en México

Como se mencionó anteriormente, los dividendos, al provenir de las utilidades de las empresas, son gravados tanto en la persona moral como en la persona física. La ley del impuesto sobre la renta establece los mecanismos para el tratamiento contable y fiscal para cuando se distribuyan dividendos o utilidades mediante el aumento de partes sociales o la entrega de acciones de la misma persona moral o cuando se reinviertan en la suscripción y pago del aumento de capital de la misma persona dentro de los 30 días naturales siguientes a su distribución, el dividendo se entenderá percibido en el año de calendario en el que se pague, ya sea por reducción de capital o por liquidación de la persona moral de que se trate. Estos son gravados a las personas morales, al ser parte de sus utilidades, y a las personas físicas, al ser considerados como parte de sus ingresos acumulables.

Impuestos a los Dividendos

En México existen impuestos tanto al consumo como al ingreso. Dentro de estos, el IVA y el IEPS son los principales como parte de los impuestos al consumo, mientras que el ISR lo es en el caso de los impuestos al ingreso. Los dividendos son gravados en México a través del ISR. Al ser un ingreso que proviene de las utilidades de una empresa, los dividendos pueden ser gravados tanto en la persona moral como en la persona física.

Para que la persona física pueda acreditar el pago realizado por la persona moral, la persona física debe de considerar como parte de su ingreso acumulable el impuesto pagado a nivel corporativo. Para esto, los dividendos deben ser piramidados al multiplicarlos por un factor de 1.4286, tal como lo estipula el artículo 10 de la LISR. El factor proviene de dividir la tasa de ISR corporativa (30%) entre 1 menos la tasa corporativa (70%). Al resultado de esta operación, se le aplica la tasa de ISR corporativo para obtener el impuesto a pagar por la persona moral.

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Ejemplo Práctico del ISR en Dividendos

A continuación, se presenta un ejemplo del efecto del ISR en la persona física al percibir dividendos:

  • Dividendo Percibido: $200,000
  • Factor de Piramidación: 1.4286
  • Ingreso Acumulable por Dividendos: $285,716.00

El ISR anual se aplica sobre el ingreso acumulable aplicando la tarifa del Art. Adicionalmente, se aplica una retención para la persona física, calculada sobre el dividendo percibido utilizando la tasa de retención del Art.

De igual manera, en la sección 2 se estableció que para que la persona física pueda acreditar el impuesto pagado por la persona moral, tiene que considerar como parte de sus ingresos acumulables el impuesto pagado por la misma. Adicionalmente, a partir de 2014, en el artículo 164 de la LISR se cobra un 10% adicional a los ingresos por dividendo. En este caso, y recordando que existe el supuesto que la persona física tiene ingresos adicionales al dividendo por encima de tres millones de pesos anuales, del millón de pesos repartidos en dividendo el accionista se quedaría, después de impuestos, con 828 mil 577 pesos.

La tasa máxima a la que pueden ser gravados es de 42%, incluyendo el impuesto gravado tanto en la persona física como en la persona moral. La carga tributaria total es la suma del impuesto a las personas morales más el impuesto a las personas físicas, dividido entre el dividendo piramidado.

Contabilización de Dividendos: Asientos Contables Clave

La parte de la contabilización no es únicamente registrar números basados en operaciones, sino que, como éstas pueden ser ficticias, es necesario tener un soporte documental. Por esta razón, debemos conseguir un acuerdo protocolizado ante notario de que existe el decreto por los accionistas del reparto de dividendos. De otra forma no sería posible determinar cuánto, a quiénes le toca y en qué proporciones.

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Primer Asiento:

Utilidades Acumuladas (- Patrimonio Neto)
a Acreedores diversos (+ Pasivo)

Dado que el acta de asamblea debe indicar que se toman de las utilidades de ejercicios anteriores, se disminuyen las utilidades acumuladas.

Segundo Asiento:

Acreedores diversos (- Pasivo)
a Bancos (- Activo)

El primer asiento representa traspaso de un pasivo a otro pasivo. Aunque pensemos que las cuentas de capital no son pasivos, no es verdad, dado que el valor de deuda para los accionistas del valor de su empresa, por eso podemos agrupar todo en la misma bolsa.Al momento de decretar dividendos, lo que se hace es cubrir una pequeña parte de ese valor de empresa.

Requisitos para el Reparto de Dividendos

Las utilidades a repartir deben reflejarse en los estados financieros aprobados por la asamblea de socios o accionistas. Haber separado de las utilidades el 5% anual como mínimo para la reserva legal, hasta llegar a la quinta parte del capital social. En su caso, que se hayan absorbido o restituido las pérdidas de los ejercicios anteriores mediante la aplicación de otras partidas del patrimonio o mediante la reducción del capital social. El reparto de dividendos deberá ser decretado y asentado en un acta de asamblea que podrá ser la misma en la que se aprueben los estados financieros o en una distinta. La distribución se realizará entre todos los accionistas en proporción a las aportaciones exhibidas, es decir, a las acciones efectivamente pagadas de cada accionista.

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Obligaciones Adicionales

El ISR anual que resulte a cargo en el mismo ejercicio en que se pague el ISR por dividendos. El comprobante que se debe emitir es un CFDI de Retenciones e Información de Pagos, también conocido como CRIP, al cual se debe incorporar el complemento de Dividendos. Los dividendos que distribuye la persona moral provienen de las utilidades contables de 2023. Dicha empresa cuenta con suficiente saldo en la CUFIN calculada a partir de 2014, para cubrir el pago total del dividendo.

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