Descubre los Requisitos Esenciales para Renovar tu e.firma del SAT ¡No Pierdas tu Vigencia!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si tu FIEL no ha expirado ni ha sido revocada, renovarla es muy sencillo desde el sitio web del SAT usando sus herramientas CERTIFICA y CertiSAT Web.

Requisitos Generales para la Renovación

Para renovar tu e.firma, necesitarás lo siguiente:

  • Certificado público de e.firma (archivo .cer): Que no haya vencido hace más de un año. Por ejemplo, si expiró el 5 de octubre de 2019, el último día para renovarla es el 5 de octubre de 2020 a las 11:59 pm. Si venció hace más de un año, tendrás que tramitarla nuevamente en las oficinas del SAT.
  • Llave privada (archivo .key): Correspondiente al certificado y su contraseña.

Requisitos Adicionales Según el Tipo de Contribuyente

Además de los requisitos generales, algunos contribuyentes necesitarán documentos adicionales:

  • En el caso de renovar una e.firma de persona física, tu identificación oficial.
  • Unidad de memoria extraíble (USB).
  • Original del comprobante de domicilio fiscal: Únicamente para contribuyentes que se hayan inscrito en el RFC con Clave Única de Registro de Población (CURP), por Internet, o por medio del “Esquema de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes a través de Fedatario Público o Medios Remotos".

Requisitos Específicos para Representantes Legales y Casos Particulares

Existen requisitos específicos para representantes legales, empresas en liquidación y otros casos:

  • Manifiesto de conformidad: De los padres o tutores para que uno de ellos actúe como representante del menor.
  • Contrato de fideicomiso: Con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original), o bien Contrato en el cual se hayan ratificado las firmas originales (copia certificada).
  • Acreditar la personalidad del representante legal: Quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración. El trámite puede realizarlo un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha dependencia.
  • Documento constitutivo: Su documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda.
  • Síndicos: Pueden realizar el trámite a través de la persona física que tenga carácter de Síndico.
  • Empresas en liquidación: Pueden realizar el trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o bien, por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de liquidador. Este último debe acreditar su calidad como representante legal a través de un nombramiento o designación, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • Identificación oficial vigente: De las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del contribuyente o representante legal.

Consideraciones Finales

Al final obtendrás tu nuevo certificado público y llave privada. El proceso es muy similar que el de e.firma vigente de persona física, es decir, no requiere utilizar la herramienta SAT ID.

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A partir de este momento su certificado digital anterior, y su correspondiente clave privada, carecerán de validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las aplicaciones disponibles con certificado de e.firma.

Recibe tu certificado de.

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