Si tu FIEL no ha expirado ni ha sido revocada, renovarla es muy sencillo desde el sitio web del SAT usando sus herramientas CERTIFICA y CertiSAT Web.
Requisitos Generales para la Renovación
Para renovar tu e.firma, necesitarás lo siguiente:
- Certificado público de e.firma (archivo .cer): Que no haya vencido hace más de un año. Por ejemplo, si expiró el 5 de octubre de 2019, el último día para renovarla es el 5 de octubre de 2020 a las 11:59 pm. Si venció hace más de un año, tendrás que tramitarla nuevamente en las oficinas del SAT.
- Llave privada (archivo .key): Correspondiente al certificado y su contraseña.
Requisitos Adicionales Según el Tipo de Contribuyente
Además de los requisitos generales, algunos contribuyentes necesitarán documentos adicionales:
- En el caso de renovar una e.firma de persona física, tu identificación oficial.
- Unidad de memoria extraíble (USB).
- Original del comprobante de domicilio fiscal: Únicamente para contribuyentes que se hayan inscrito en el RFC con Clave Única de Registro de Población (CURP), por Internet, o por medio del “Esquema de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes a través de Fedatario Público o Medios Remotos".
Requisitos Específicos para Representantes Legales y Casos Particulares
Existen requisitos específicos para representantes legales, empresas en liquidación y otros casos:
- Manifiesto de conformidad: De los padres o tutores para que uno de ellos actúe como representante del menor.
- Contrato de fideicomiso: Con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original), o bien Contrato en el cual se hayan ratificado las firmas originales (copia certificada).
- Acreditar la personalidad del representante legal: Quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración. El trámite puede realizarlo un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha dependencia.
- Documento constitutivo: Su documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda.
- Síndicos: Pueden realizar el trámite a través de la persona física que tenga carácter de Síndico.
- Empresas en liquidación: Pueden realizar el trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o bien, por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de liquidador. Este último debe acreditar su calidad como representante legal a través de un nombramiento o designación, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
- Identificación oficial vigente: De las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del contribuyente o representante legal.
Consideraciones Finales
Al final obtendrás tu nuevo certificado público y llave privada. El proceso es muy similar que el de e.firma vigente de persona física, es decir, no requiere utilizar la herramienta SAT ID.
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A partir de este momento su certificado digital anterior, y su correspondiente clave privada, carecerán de validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las aplicaciones disponibles con certificado de e.firma.
Recibe tu certificado de.
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