Descubre los Retos y Soluciones en la Resolución Miscelánea Fiscal y Pagos Provisionales de ISR para Personas Moralespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) son anticipos que las personas morales deben realizar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a cuenta del impuesto que se generará en el ejercicio fiscal en curso. En pocas palabras, son adelantos del impuesto que debes cubrir a lo largo del año fiscal. El objetivo de los pagos provisionales de ISR es facilitar la recaudación para el SAT y ayudar al contribuyente a disminuir el impacto del pago anual, mediante adelantos y ajustes de la diferencia al cierre del año fiscal. Estos pagos no son impuestos adicionales, sino anticipos que se restan al momento de presentar la declaración anual.

Obligaciones y Periodicidad de los Pagos Provisionales

Las personas morales que tributan en el Régimen General de la Ley del ISR están obligadas a presentar los pagos provisionales del ISR. Los pagos provisionales del ISR deben presentarse de forma mensual y, en algunos casos, de manera bimestral. Es crucial realizar el pago provisional del ISR de manera oportuna y dentro de los plazos establecidos por el SAT.

El cálculo del pago provisional del ISR se realiza mediante la aplicación de una tasa sobre la utilidad fiscal estimada. Aunque el Código Fiscal de la Federación (CFF) regula aspectos generales como plazos y actualizaciones, es la Ley del ISR (LISR) la que determina el procedimiento específico para calcular estos anticipos.

La Resolución Miscelánea Fiscal y el Precargado de Información

Con fecha 29 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2021, la cual incorporó reglas relevantes para la presentación de los pagos provisionales.

Regla 3.9.15: Declaración Precargada para Personas Morales

Para los efectos del artículo 14 de la Ley del ISR, las personas morales deberán efectuar sus pagos provisionales mensuales del ejercicio mediante la presentación de la declaración ISR personas morales, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1. Dicha declaración estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso (CFDI) emitidos por las personas morales en el periodo de pago. Asimismo, se precargará la información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad y con información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.

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Concluido el llenado de la declaración, se deberá realizar el envío utilizando la e.firma. Las personas morales que se ubiquen en los supuestos señalados en el artículo 17-D, sexto párrafo del CFF, podrán realizar el envío de su declaración mensual de pago provisional, en cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC), previa cita registrada en el Portal del SAT, asumiendo la responsabilidad del envío de su declaración a través de ese medio. El fundamento legal para estos pagos incluye LISR 14, CFF 17-D, 17-H, 69, RMF 2.8.3.1.

Regla 3.9.19: Desafíos con los Ingresos Nominales y CFDI

Entre las reglas que incorporó la autoridad fiscal para 2021, se encuentra la regla 3.9.19. Esta regla presenta desafíos en la práctica. Si bien se señala que la información prellenada obtenida de los pagos provisionales o de la declaración anual, solo se podrá modificar mediante la presentación de las declaraciones complementarias, no se tiene claridad sobre el procedimiento que deberá seguirse en caso de que los CFDI de tipo ingreso emitidos en el periodo no correspondan a los ingresos nominales de la persona moral y si se podrá modificar el monto prellenado.

Esto resulta muy relevante considerando que las personas morales pueden tener una variedad de ingresos nominales que no necesariamente están respaldados con un CFDI. Algunos ejemplos de estos ingresos nominales que podrían no tener un CFDI incluyen:

  • Ganancia cambiaria
  • Recuperación de créditos incobrables
  • Recuperación de seguros
  • Ganancia por enajenación de activo fijo
  • Ganancia por enajenación de acciones
  • Provisiones de ingresos

Además, los contribuyentes también podrían estar en supuestos en donde el monto de la contraprestación de los CFDI de tipo ingreso emitidos en el periodo sea superior a los ingresos nominales del mismo periodo. A la fecha no se ha liberado esta nueva modalidad en la plataforma de pagos provisionales, sin embargo, consideramos prioritario identificar aquellas diferencias que las compañías tengan respecto a sus ingresos nominales en comparación con los CFDI de ingresos a fin de poder conciliar esas diferencias.

Modificación de la Información Precargada

En caso de que el contribuyente requiera modificar la información prellenada, obtenida de los pagos provisionales o de la declaración anual, deberá presentar las declaraciones complementarias que correspondan.

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Herramientas para la Gestión de Pagos Provisionales

La gestión eficiente de los pagos provisionales de ISR se beneficia significativamente de sistemas de facturación electrónica que facilitan la organización y el acceso a la información. Estas herramientas pueden ayudar a las personas morales en diversos aspectos clave:

  • Facilita la obtención de información para el cálculo: Permite consultar el importe total de las facturas emitidas por mes, un dato crucial para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • Agiliza la elaboración de las declaraciones: Al tener la información organizada y accesible, el proceso de preparación de las declaraciones se simplifica.
  • Cumplimiento oportuno: Contribuye a asegurar que los pagos provisionales se realicen dentro de los plazos establecidos por el SAT.

Por ejemplo, un sistema como Facturama, ofrece un visor de facturas de ingresos que permite a las personas morales consultar el importe total de las facturas emitidas por mes. Facturama facilita la operación contable de tu negocio, permitiendo generar las facturas que necesites sin complicaciones.

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