¡Descubre Cómo Sacar la Razón Social con el RFC Fácilmente! Requisitos y Proceso Completopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si te has decidido por el emprendedurismo, es necesario que sepas cómo registrar tu empresa. Para ello, no es necesario que tengas profundos conocimientos.

¿Qué es la Razón Social?

Antes que nada, definamos este concepto. La razón social es el nombre legal adquirido por la empresa después de registrarla ante la autoridad; es decir, se trata del nombre oficial con fines administrativos de una persona moral.

Acompañando a la razón social, siempre se encuentra el otro nombre de la empresa. En pocas palabras, el nombre de marca es aquél con el que el público se familiariza.

Por otra parte, también suele haber confusión entre la razón social y la denominación social. Aquí se presta más al intercambio de conceptos, puesto que ambos son del ámbito legal. Y para saber si te corresponde una denominación social o razón social, primeramente debes definir qué tipo de sociedad mercantil estás por conformar.

Entidad Encargada de Autorizar la Razón Social

Ahora bien, la entidad encargada en México de autorizar el uso de la razón social es la Secretaría de Economía (SE).

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Proceso para Registrar una Razón Social

De forma previa a la constitución de una sociedad y de hacer la escritura constitutiva de ésta, es requisito su autorización por parte de la Secretaría de Economía.

El proceso para registrar una razón social es muy sencillo y rápido de realizar para todos los emprendedores.

La creación de personas morales, tanto civiles como mercantiles, comienza obteniendo la autorización para el uso de denominaciones y razones sociales.

Pasos para la Solicitud de Denominación o Razón Social (DoRS)

  1. El único requisito para realizar la solicitud de denominación o razón social es que cuentes con una firma electrónica, pues la e.Firma es necesaria para que te registres e ingreses al sistema del MUA de la Secretaría de Economía.
  2. Ingresa al portal del MUA, que te pedirá acceso con la e.Firma, por lo que deberás adjuntar tus dos archivos, el certificado y la key, además de acceder con tu clave privada.
  3. Clic en «Solicitar una DoRS» (Denominación o Razón Social).
  4. Ingresa la Razón o Denominación Social que desees emplear para tu empresa.
  5. Clic en «enviar a Dictamen».
  6. Elige el tipo de régimen bajo el cual se constituirá la sociedad.

Posibles Estados de la Solicitud

  • Con aviso de uso: Esa denominación o razón social ya la tiene otra empresa.
  • Enviada a dictamen: Tu trámite sigue en espera de resolución.
  • Rechazada por dictamen: Tu DoRS incumple algún criterio legal.
  • Autorizada: ¡Enhorabuena! Una vez aprobada la solicitud de DoRS por parte de la SE, cuentas con un plazo de 180 días naturales para hacer uso de la misma.

RFC de Persona Moral

Una vez conformada la sociedad, los socios deberán darla de alta dentro del Registro Federal de Contribuyentes. Para ello, el SAT pone a su disposición el trámite para inscribir a una persona moral en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC).

Están obligadas a presentar la solicitud de RFC para empresas todas las personas morales de nueva creación a través de sus representantes legales acudiendo a una oficina del SAT o tramitándola en línea por medio del Portal del SAT.

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Requisitos Adicionales para la Inscripción en el RFC

Dependiendo de la situación específica, se pueden requerir los siguientes documentos:

  • Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original).
  • Personas morales diferentes del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.
  • Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda.
  • Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, podrán exhibir el contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar del acta o documento constitutivo.
  • Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante fedatario público (copia certificada), o bien contrato con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
  • Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal.
  • Para la inscripción de Fondos de Inversión, se aceptará como el documento constitutivo protocolizado el acta constitutiva y estatutos sociales aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Con los requisitos señalados, las misiones diplomáticas de estados extranjeros debidamente acreditadas, deberán solicitar su inscripción en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal "2", ubicada en Paseo de la Reforma Norte, número 10, piso 2, edificio Torre Caballito, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, c.p.

Tipos de Régimen

  • Régimen general.
  • Régimen con fines no lucrativos.

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