Descubre Qué es el Complemento de Pago y Cuándo Debes Emitir el Recibo Electrónico de Pagospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa. El Complemento de Pagos, también conocido más recientemente como Recibo Electrónico de Pagos (REP) es un documento que todos los contribuyentes deben emitir por cada pago que reciban, y el cual debe relacionarse con una factura. El Recibo Electrónico de Pago, igualmente conocido como REP, CFDI Pago, Complemento de Recepción de Pago o CRP, es un comprobante que se requiere para registrar y mostrar información acerca de la recepción de pagos.

¿Cuándo es Obligatorio Emitir el Complemento de Pago?

El Complemento de Pago debe emitirse en situaciones específicas donde el pago de una factura no se realiza de forma inmediata o completa en el momento de la emisión de la misma.

  • Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
  • Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
  • Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.
  • Los contribuyentes que realizan ventas y permiten los pagos diferidos tienen la obligación de emitir el complemento de pagos en parcialidades.
  • Cuando el pago no se hace en una sola exhibición y se realiza en parcialidades. Por ejemplo, si el pago se realizó el 17 de noviembre, se tiene hasta el 10 de diciembre para realizar el complemento de pago.
  • Es decir, el complemento de pago lo generarás cuando sean operaciones en parcialidades o pago diferido, y es requerido para poder acreditar o deducir los impuestos, por lo que no podremos deducir si las facturas que recibimos son pagos en parcialidades o diferido, y no tenemos el complemento de pago, ya que la autoridad identifica como que aún no nos pagan esa transacción comercial.

Fundamento Legal del Complemento de Pago en México

La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones:

  • Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
  • Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
  • Regla 2.7.1.35: La RMF en esta regla específica establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.

Consecuencias de No Emitir el Complemento de Pago

No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal. Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA. El SAT estableció nuevas reglas para este año en donde la multa por no emitir un complemento de pago va desde 400 a 600 pesos.

Beneficios de Emitir el Complemento de Pago

Una vez que empieces a generar los complementos de pago, verás estos y más beneficios que aplica su implementación dentro de tus actividades comerciales.

Lea también: Cumplimiento del Complemento de Pago

  • Permite mejorar la conciliación de facturas emitidas contra los pagos recibidos.
  • En caso de ventas en parcialidades, evita la duplicidad de los ingresos, esto sucedía en la versión 3.2 ya que era complicado para el contador identificar cuál era el CFDI principal y cuáles sus parcialidades.

Información Relevante en el Complemento de Pago

En este manual también se resalta la importancia de emitir el Recibo Electrónico de Pago con los datos que exige su llenado para evitar así cancelaciones del mismo. Registra los detalles del pago tales como la fecha, la forma de pago, el monto, la moneda y el tipo de cambio en aquellos casos donde el pago no sea en moneda mexicana. Si se trata de pagos en un método que no sea efectivo también hay que registrar el número de operación, de cheque, de autorización, de referencia, línea de captura, clave de rastreo o la identificación análoga que permita hacer una identificación de la operación. Algunos datos que mencionamos son opcionales, sin embargo entre mayor información agregues a los complementos de pago, podrás llevar una mejor administración de ellos.

¿Cómo Emitir un CFDI con Complemento de Pago?

  1. Se debe de capturar los datos para poder iniciar sesión, hay dos opciones para ingresar, se puede hacer por medio de la contraseña o por medio de la e.Firma.
  2. Una vez hecho el paso anterior, en la pestaña de “Emisor/Receptor” debemos de verificar que los datos y régimen fiscal estén correctos.
  3. Nos pasará a la pestaña de “Comprobante” en donde el sistema inhabilita los campos que no son necesarios y los rellena de forma automática. Es importante mencionar, que según la Guía de llenado para incorporar el Complemento de Pago en el campo de “Concepto” de manera genérica se debe adicionar la clave de producto o servicio “84111506” y la clave de unidad “ACT”, así como la descripción “Pago” el valor unitario de “0”. Podremos observar que en la parte inferior el CFDI tendrá un valor total de cero pesos.
  4. Posteriormente en la pestaña “Documento relacionado”, capturaremos el UUID de las factura de ingreso que se está pagando.
  5. Finalmente, procedemos a ingresar los datos de nuestra e.Firma (para el caso de contribuyente personas morales, deben ingresar su Certificado de Sello Digital), checamos que esté bien la información y procedemos a firmar.

Consideraciones Adicionales

  • En el caso del CFDI de la factura, cuando ya se tenga al menos un CFDI de complemento de pagos, no podrá hacerse la cancelación, ni correcciones.
  • Hay una facilidad exclusiva para las personas físicas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) establecida en la regla 2.7.1.42 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, los cuales se puede emitir el CFDI sin tener que incorporar el Complemento de Pago por las operaciones con un importe total igual o menor a $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.).

Implicaciones Fiscales

Por lo tanto, que para los contribuyentes que determinan su ISR en base a flujo de efectivo (lo que efectivamente se cobró y se pagó), el CFDI de Pago definirá el momento en el que se acumularan los ingresos para el cálculo de impuestos, pasa lo mismo por al parte de los gastos, nos ayuda a tener los gastos efectivamente pagados en el periodo, esto aplica tanto para personas físicas de cualquier régimen fiscal, así como para las personas morales que optaron por el beneficio de determinación del ISR en base al flujo de efectivo.

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