Para que exista una retribución de bienes y servicios entre el Estado y la población es necesario el cobro de impuestos. Cualquier negocio y comerciante deberá responder ante Hacienda y dar una pequeña parte de sus ganancias, de modo que toda la ciudadanía obtenga una retribución.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la Aduana
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con carácter de máxima autoridad fiscal. Este último se encarga de atender todas las consultas que surgen respecto a la operación aduanera. Ahora bien, teniendo ya una idea de cómo es que se segmenta el SAT es momento de conocer de qué forma este organismo interviene en los procesos aduaneros y en el comercio internacional.
Aspectos Clave de la Intervención del SAT en Aduanas
Padrón de Importadores: También conocido como el padrón de importadores, este registro es obligatorio para toda persona física y moral que comercie con productos extranjeros en territorio nacional. Es muy importante estar inscrito en este registro antes de importar productos por primera vez.
Proceso de Despacho Aduanero y Aranceles: La importación y exportación de productos, por lo tanto, precisará del pago de uno o varios impuestos, dependiendo del código arancelario de la mercancía. Principalmente se debe de conocer la fracción arancelaria a la que va a ingresar la mercancía en territorio nacional. Los aranceles son los códigos con el que se identifica una mercancía para su ingreso a México o su salida. Este proceso es ejercido por un representante de las autoridades aduaneras. Especialmente se tiene comunicación con la Secretaría de Economía, que es la encargada de expedir varios permisos previos a los que se encuentra sujeta la mercancía para el ingreso al territorio nacional. El proceso de regularización aduanal es complejo.
Auditorías y Fiscalizaciones: Por último, el SAT puede llevar a cabo auditorías y fiscalizaciones a través de las cuales se asegure que la empresa o agencia aduanal está cumpliendo con sus obligaciones fiscales. Como puedes ver, el SAT tiene una gran presencia en los procesos de aduana. Lo mejor es tener todo en regla y responder de la manera más honesta y legal ante esta instancia.
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Principales Impuestos Aduanales
La importación de productos precisa del pago de uno o varios impuestos. Este impuesto se paga al momento de liberar mercancías en la aduana.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Es un impuesto obligatorio a las personas físicas o morales que importen bienes o servicios. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%.
Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
El impuesto para automóviles nuevos se calculará aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3o.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
El IEPS es un impuesto aplicable a la enajenación o importación de ciertos bienes y servicios.
Bienes Sujetos a IEPS
Bebidas Alcohólicas:
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Graduación Alcohólica Tasa Cuota por litro Hasta 14° G.L. 26.5% $1.00 Más de 14° y hasta 20° G.L. 30% $1.00 Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables N/A $1.00 Tabacos Labrados:
Tipo de Tabaco Cuota Adicional Cigarros $0.35 por cigarro enajenado o importado Tabacos labrados (no puros hechos enteramente a mano) $0.35 por cada 0.75 de peso total (incluyendo otras sustancias) Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano Sin cuota adicional (según la excepción mencionada) Para tal efecto se deberá incluir el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.
Plaguicidas: Estos productos también están sujetos al IEPS.
Servicios Sujetos a IEPS
Servicios relacionados con bienes: Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de los bienes señalados en los incisos A), B), C), F), I) y J) de la fracción I antes indicada. En estos casos, la tasa aplicable será la que le corresponda a la enajenación en territorio nacional del bien de que se trate en los términos que para tal efecto dispone la Ley del IEPS. No se pagará el impuesto cuando los servicios a que se refiere este inciso, sean con motivo de las enajenaciones de bienes por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos del artículo 8o.
Realización de juegos con apuestas y sorteos: Independientemente del nombre con el que se les designe, que requieran permiso de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, los que realicen los organismos descentralizados, así como la realización de juegos o concursos en los que el premio se obtenga por la destreza del participante en el uso de máquinas, que en el desarrollo de aquéllos utilicen imágenes visuales electrónicas como números, símbolos, figuras u otras similares, que se efectúen en el territorio nacional. Quedan comprendidos en los juegos con apuestas, aquéllos en los que sólo se reciban, capten, crucen o exploten apuestas. Asimismo, quedan comprendidos en los sorteos, los concursos en los que se ofrezcan premios y en alguna etapa de su desarrollo intervenga directa o indirectamente el azar.
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Servicios de Telecomunicaciones: Los que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones.
Las cantidades señaladas en el presente inciso, se actualizarán anualmente y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquél por el cual se efectúa la actualización, mismo que se obtendrá de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
El DTA se causa con motivo de las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la Ley Aduanera.
Derechos por Almacenaje de Mercancías
Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos.
Métodos de Pago de Contribuciones Aduanales
Las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios se pagarán por los importadores y exportadores mediante cheque personal de la misma institución de crédito ante la cual se efectúa el pago de la cuenta del importador, del exportador, del agente aduanal o, en su caso, de la sociedad creada por los agentes aduanales para facilitar la prestación de sus servicios, en los módulos bancarios o sucursales bancaria habilitadas o autorizadas o mediante el servicio de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), en los términos y lineamientos establecidos en el instructivo de operación que emita para tal efecto el SAT, mismo que podrá consultarse en esta página electrónica. Esta información es importante para los importadores y exportadores para fines de transparencia, eficiencia y seguridad; al mismo tiempo representa una ventaja para el manejo de los recursos agilizando el proceso de pago que puede realizarse de manera directa eliminando diferencias entre lo pagado y lo impreso en el Pedimento, así como en los Formularios Múltiples de Pago para Comercio Exterior pagados a través de este medio. Fundamento legal: Reglas Generales de Comercio Exterior, Título 1, Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho, Capítulo 1.6. Puedes pagar el impuesto con el "Formato de Pago de Contribuciones al Comercio Exterior y/o Pago de Contribuciones Federales" en los bancos autorizados o en las aduanas, ya sea en efectivo o mediante tarjetas de crédito o débito.
Información para Pasajeros al Ingresar al País
El incumplimiento de alguna disposición fiscal o aduanera, incluso involuntariamente, será sancionado.
Equipaje y Franquicia de Pasajeros
Los pasajeros pueden traer, libre de pago de impuestos, las mercancías nuevas o usadas que integran su equipaje personal y mercancías en franquicia.
Bienes que Comprenden el Equipaje Personal
Bienes de uso personal, tales como ropa incluido el ajuar de novia, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes con la duración del viaje, artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios; dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico, tres equipos portátiles de telefonía celular o de otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátil; un quemador y proyector portátil, con sus accesorios; un aparato portátil para el grabado o reproducción de sonido o mixto, o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un equipo de bocinas portátiles, y sus accesorios; cinco discos laser, 10 discos dvd, 30 discos compactos (CD), tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico; una consola de videojuegos, así como 5 videojuegos, dos equipos deportivos personales; cuatro cañas de pescar, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero; una tienda de campaña y demás artículos de campamento; un binocular y un telescopio; dos instrumentos musicales y sus accesorios, cinco juguetes, incluidos los de colección; libros, revistas y documentos impresos; un juego de herramientas de mano con estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros; un aparato para medir la presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos; así como medicamentos de uso personal (en caso de sustancias psicotrópicas, debe mostrar receta médica).
Los pasajeros mayores de 18 años pueden introducir un máximo de hasta 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
Los adultos mayores y las personas con discapacidad pueden introducir los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
Los pasajeros pueden introducir, sin pago de impuestos, hasta tres mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por éstos: gatos, perros, canarios, hámsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación expedido por la SAGARPA; en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción arancelaria a que se encuentren sujetos.
Límites de Franquicia
Mercancía adicional al equipaje cuyo valor se acredite con la factura o nota de venta y no exceda de 500 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera, cuando el pasajero ingrese al país por vía marítima o aérea; o 300 dólares de los Estados Unidos de América cuando el ingreso sea por vía terrestre. Las bebidas alcohólicas, tabacos labrados o combustible automotriz no pueden introducirse como parte de la franquicia.
En los periodos que correspondan al "Programa Paisano" publicados por el Instituto Nacional de Migración y la AGA, en las páginas electrónicas www.inm.gob.mx y www.sat.gob.mx, los pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza, podrán importar al amparo de la franquicia mercancía hasta por 500 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de la franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera.
Pago de Contribuciones Adicionales por Pasajeros
Los pasajeros pueden importar mercancías distintas de su equipaje sin utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal pagando una tasa de 19% de impuesto, siempre que su valor, excluida la franquicia, no exceda de 3,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera y se cuenta con la factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías. Tratándose de equipo de cómputo, su valor, sumado al de las demás mercancías, no podrá exceder de 4,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera. Para la determinación de la base del impuesto, la franquicia señalada en el numeral 2 podrá disminuirse del valor de las mercancías. No podrán importarse por el área de pasajeros, las mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones o restricciones no arancelarias (permisos, certificados, avisos).
Procedimiento en la Aduana para Pasajeros
Si tiene alguna duda, puede solicitar orientación al personal de la aduana antes de presentar su Declaración.
En caso de haber respondido "Sí" en alguna de las preguntas vaya al módulo de atención de aduanas en la terminal de arribo antes de pasar al área de revisión.
Después de recoger su equipaje presente la Declaración al personal de la aduana en el área correspondiente.
Cuando la declaración se presente por familia, el equipaje y franquicia deben acumularse.
Infracciones y Sanciones Aduaneras
La legislación mexicana prevé, entre otras, las siguientes infracciones y sanciones relacionadas con la introducción de mercancías al país:
Omisión de Declaración de Efectivo: Omitir declarar en la aduana de entrada o salida del país cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar, o una combinación de ellos, superior a 10,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera, será sancionado con una multa de 20% a 40% de la cantidad que exceda dicho monto y se aplicarán las sanciones penales que correspondan.
Introducción de Mercancías Ocultas o Prohibidas: Introducir o extraer del país mercancías ocultas, o con tal artificio que su naturaleza pueda pasar inadvertida, si su importación o exportación está prohibida o restringida, o porque deben pagar impuestos al comercio exterior, será sancionado con una multa de 70% a 100% del valor comercial de las mercancías.
Omisión Parcial o Total de Impuestos: Omitir el pago total o parcial de los impuestos al comercio exterior. Cuando la irregularidad consista únicamente en una omisión de contribuciones y la mercancía no exceda de 3,000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional o extranjera, será sancionado con una multa de hasta 116% del valor comercial de la mercancía.
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