Una exención fiscal es un privilegio legal que libera al contribuyente de pagar ciertos impuestos. Se puede decir que es un privilegio conforme a lo establecido por el Gobierno o la Ley, ya que te permite no pagar un impuesto. La aplicación de estas exenciones se realiza por distintas razones o principios, buscando beneficiar a los contribuyentes. Sin embargo, es fundamental entender los límites y requisitos que rigen cada exención, ya que pueden cambiar o variar según las situaciones y el impuesto específico al que se aplican.
Principios de Aplicación de las Exenciones Fiscales
La aplicación de las exenciones de impuestos se hace por distintas razones o principios:
-
Equidad: Significa que cada contribuyente deberá participar en función de su capacidad económica. Es bastante común que en impuestos como el del IRPF o declaración de la renta se establezca una exención en el porcentaje a pagar para aquellos que tienen un sueldo inferior a los mínimos establecidos. En otro impuesto como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se exime del pago de bienes y servicios indispensables para las familias que tienen menor poder adquisitivo.
-
Conveniencia: Se rige según sea adecuado o no que se aplique el impuesto.
-
Política Económica: Se basa en las directrices del Gobierno para fomentar o desincentivar ciertas actividades económicas o sociales.
Lea también: Incentivos Fiscales
Tipos de Exenciones Fiscales
Las exenciones pueden ser de dos tipos:
-
Subjetivas: La exención afecta a quién realiza la operación. Existen entidades u organizaciones que se encuentran exentas del pago en determinados impuestos. Un ejemplo bastante claro es la Iglesia.
-
Objetivas: (Implícito en los ejemplos de bienes o servicios exentos, donde la exención recae sobre el objeto o la operación, no sobre el sujeto).
Exenciones y Deducciones Fiscales: ¿Cuál es la Diferencia?
Una de las dudas más comunes es que se confunde el término exención fiscal con deducción fiscal. La diferencia es que las deducciones fiscales son reducciones de cargas fiscales que se aplican a posteriori. Podríamos decir que es una devolución de impuestos, mientras que en la exención directamente no se pagan en ningún momento. Desde el primer momento, algo está exento o libre de impuesto.
El Subsidio en el Contexto Fiscal
Los subsidios, al igual que los impuestos, son dos instrumentos de la política fiscal de amplia aplicación. Presentan una relación estrecha y directa, ya que los impuestos son, por lo general, la principal fuente de financiamiento de los subsidios pagados por el gobierno. Los efectos económicos de los subsidios son el inverso de los efectos económicos de los impuestos. El uso de la palabra subsidio desafortunadamente no es muy claro en la práctica, pues se confunde con el uso de la palabra subvención.
Lea también: Análisis de Impuestos Indirectos Netos
Naturaleza Jurídica de los Subsidios
Desde el punto de vista jurídico, no existe una definición uniforme sobre lo que debemos entender como subsidio. Sin embargo, los subsidios constituyen una atribución constitucional de la autoridad legislativa y, excepcionalmente, del Ejecutivo Federal en ejercicio de facultades reglamentarias. Consisten en una ayuda de carácter predominantemente económico, que debe revestir las características de generalidad, temporalidad y no afectación a las finanzas públicas. Su finalidad es apoyar las actividades económicas que para la economía nacional sean de orden prioritario, así como el estímulo a la organización de empresarios y consumidores, la racionalización de la producción y la creación de industrias de utilidad nacional, cuya vigilancia y evaluación de resultados debe realizar el Estado.
Subsidios que Afectan Ingresos y Egresos del Estado
En diversos artículos del Código Fiscal de la Federación (CFF), de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) o de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) se hace uso indistinto de las palabras, subsidio, estímulo, exención o facilidad fiscal, a tal grado que se tiene la inexacta apreciación de que se trata de sinónimos. De esta forma, al ser el subsidio un estímulo económico otorgado por el Estado, entendido aquel como género, cabe precisar que una de sus especies es la figura jurídica denominada estímulo fiscal y, en otro contexto, existe la exención tributaria; figuras jurídicas que, atento a su propia naturaleza, se definen ambas como un subsidio, pero resultan distintas e independientes entre sí.
-
Subsidios que afectan ingresos: Aquella que afecta los ingresos de orden impositivo que percibe el Estado, y que por lo general se otorgan mediante la LIF, las leyes que regulan las diversas contribuciones, tales como la del ISR o del impuesto al valor agregado y los decretos que expide el Ejecutivo en uso de las facultades que le conceden los artículos 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y el 39 del CFF. En esta clase de subsidio se produce una afectación que incide de forma directa sobre los ingresos, a través del otorgamiento de un estímulo o una exención fiscal.
-
Subsidios que afectan egresos: Aquellas que afectan los egresos o erogaciones que realiza el Estado y que por lo general se otorgan a través del Presupuesto de Egresos, la Ley de Coordinación Fiscal y los decretos que expide el Ejecutivo en uso de las facultades que le concede el artículo 89, fracción I, de la CPEUM y en relación con la aplicación del presupuesto de egresos aprobado. En esta clase de subsidio se produce una afectación que incide sobre los gastos, como son los programas de subsidio del ramo 20 del presupuesto y que se destinan a las comunidades en extrema pobreza, mediante apoyos para adquirir vivienda, educación, alimentación o los apoyos directos a los productores agrícolas mediante el programa de Alianza para el Campo.
Ejemplos Específicos de Exenciones de ISR en México
La Ley del Impuesto sobre la Renta es el marco legal que regula el cobro del ISR en México. El Impuesto Sobre la Renta tiene ciertas exenciones de aplicación, las cuales es importante conocer para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales. Un elemento indispensable para calcular correctamente las exenciones del ISR es el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se actualiza cada año por el INEGI. Esta unidad es la que se utiliza como base para determinar límites de ingresos exentos en conceptos como aguinaldo, primas, pensiones, entre otros. Los límites se expresan en UMAs (Unidades de Medida y Actualización), que cambian cada año. En caso contrario, solo la parte excedente estará sujeta al impuesto.
Lea también: guía sobre la ley de arrendamiento para arrendadores
Algunos ejemplos de ingresos exentos de ISR son:
-
Aguinaldo: El aguinaldo que se paga a todos los trabajadores a fin de año, está exento de ISR siempre y cuando no rebase el equivalente a 30 días de salario mínimo (o su equivalente en UMAs).
-
Horas Extra: Si una persona gana el salario mínimo, sus horas extra están totalmente exentas de ISR, hasta por 3 horas diarias y un máximo de 9 horas semanales.
-
Prima Dominical: Todo aquel trabajador que debe presentarse a su trabajo en domingo, tiene derecho a un pago extra conocido como prima dominical.
-
Cuotas IMSS pagadas por el empleador: Las cuotas que el empleador paga directamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en beneficio del trabajador, no se consideran ingreso gravable para efectos del ISR.
-
Primas de Seguros: Las primas de seguros médicos, hospitalarios o funerarios, cuando son pagadas por el patrón como una prestación general para todos, pueden no generar ISR. La condición principal es que se trate de una prestación general, es decir, que esté disponible de forma equitativa para todos los trabajadores o para una categoría específica.
-
Beneficios de Previsión Social: Beneficios como becas para los hijos, apoyo en caso de incapacidad, actividades deportivas, culturales o guarderías también pueden considerarse ingresos exentos, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la ley.
-
Pensiones, Jubilaciones o Retiros: Siempre que no superen 15 veces el valor de la UMA, las pensiones, jubilaciones o retiros de subcuentas de ahorro están libres de ISR, incluso si el beneficiario recibe más de una pensión. La clave está en revisar el monto permitido según la ley.
-
Exención IRPF por trabajos en el extranjero ("7p"): Uno de los más aplicados es el que comúnmente conocemos como ‘7p’, una exención de IRPF que permite dejar de tributar hasta 60.100€ cada año fiscal si se ha trabajado en el extranjero para una empresa extranjera, según la Agencia Tributaria en las rentas exentas del artículo 7 de la Ley del IRPF.
-
Exención en la vivienda habitual: Otro ejemplo sería la exención en la vivienda habitual. El importe máximo es de 300.000€ y se aplicará por el sujeto pasivo que tenga sobre la vivienda habitual el derecho de propiedad, ya sea el 100% o de forma compartida. Esta exención corresponde al Impuesto sobre el Patrimonio según la Agencia Tributaria.
La declaración anual del ISR, que debe presentarse en abril del año siguiente al que corresponden los ingresos, es un momento clave para verificar que se hayan aplicado correctamente las exenciones.
Caso Práctico: Subsidios por Contingencia Sanitaria (2009)
Como un ejemplo concreto de subsidios fiscales exentos, podemos analizar el "Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus de influenza", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 2009. Este decreto fue emitido para mitigar los efectos económicos ocasionados por la epidemia de influenza A/H1N1 ocurrida en México a finales de abril de 2009, la cual provocó la suspensión de actividades en diversos sectores productivos y medidas de aislamiento social.
Dentro de los beneficios fiscales, se reconoció la importancia de los sectores de hotelería, restaurantes y servicios de esparcimiento para las economías locales, y su susceptibilidad a fenómenos epidemiológicos. Por ello, se otorgó un subsidio fiscal a las entidades federativas que eximieran de los impuestos sobre nóminas y sobre hospedaje a los contribuyentes de los mencionados sectores. Este subsidio consistió en una cantidad equivalente al veinticinco por ciento del monto que efectivamente otorgaran en exenciones sobre dichos impuestos durante los meses de mayo a julio de 2009.
El artículo séptimo del Decreto estableció que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitiría los lineamientos necesarios para la aplicación de este beneficio. AGUSTIN GUILLERMO CARSTENS CARSTENS, en su rol de Secretario de Hacienda y Crédito Público, emitió estos lineamientos con fundamento en diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el propio Decreto.
Definiciones Clave para el Subsidio de 2009
Para los efectos de la aplicación de este subsidio fiscal, se entendió por:
-
Impuesto sobre nóminas: La contribución local que grava las erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la denominación que se le otorgue.
-
Impuesto sobre hospedaje: La contribución local que grava los ingresos por la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas, sin incluir los alimentos y demás servicios relacionados con los mismos, a cambio de una contraprestación, independientemente de la denominación que se otorgue.
-
Exenciones: La relevación total o parcial a los contribuyentes de la obligación de pago del tributo que se hubiera otorgado a más tardar el 31 de julio de 2009, con independencia de la denominación que se otorgue al beneficio.
Mecanismo de Solicitud del Subsidio Fiscal por las Entidades Federativas
Para recibir el subsidio fiscal mencionado, las entidades federativas que, con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del Decreto, eximieron del pago de los impuestos sobre nóminas y sobre hospedaje a los contribuyentes de los sectores de hotelería, restaurantes y servicios de esparcimiento durante los meses de mayo, junio y julio de 2009, debían seguir el siguiente procedimiento:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Envío de Escrito | Enviar un escrito a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicitando el subsidio. |
Debe señalar:
| |
| Documentación Adjunta | Adjuntar al escrito la siguiente información:
|
Estos lineamientos entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluyeron su vigencia el 31 de diciembre de 2009.
tags: #subsidios #exentos #de #impuestos #información
