¡Descubre el Salario Secreto y las Retribuciones Sorprendentes de los Senadores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

La labor legislativa en las Cámaras Altas de diferentes países implica una serie de asignaciones económicas, complementos, indemnizaciones y ayudas que buscan garantizar el adecuado desempeño de las funciones de los senadores. Estas percepciones están reguladas por marcos jurídicos específicos en cada nación y cubren tanto el salario base como los gastos asociados a su actividad parlamentaria.

Retribuciones de los Senadores en España

El régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas de los Senadores en España se fundamenta en el Artículo 71.4 de la Constitución Española, que establece que «Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.» A su vez, el Artículo 23.1 del Reglamento del Senado indica que «Los Senadores tendrán (…) derecho a la asignación, dietas e indemnizaciones por gastos necesarios para el desempeño de su función que se fijen en el Presupuesto del Senado (…).»

Todas las percepciones incluidas en el apartado de retribuciones se perciben en 14 pagas y están sometidas al régimen general de retención y tributación fiscales.

Asignación Constitucional

Existe una asignación constitucional idéntica para todos los Senadores, que asciende a 3.417,54 euros al mes.

Complementos Mensuales por Razón del Cargo

Además de la asignación base, los Senadores pueden percibir complementos mensuales en función del cargo que ocupen. Es importante destacar que estos complementos retributivos son incompatibles entre sí, salvo el complemento del Presidente del Senado, que es compatible con el de Presidente de Comisión, y el complemento de los Portavoces y Portavoces adjuntos de los Grupos Parlamentarios, que son compatibles con un cargo en Comisión.

Lea también: conoce los pormenores del aumento a senadores en México

Complementos de la Mesa del Senado

Cargo Asignación (Euros) Complemento (Euros)
Presidente del Senado 3.738,69 5.457,72
Vicepresidentes del Senado 1.471,72 3.335,16
Secretarios del Senado 1.149,12 3.064,88

Complemento de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios

Cargo Complemento (Euros)
Portavoces 3.245,51
Portavoces adjuntos 2.534,75

Complemento de la Mesa y Portavoces de las Comisiones

Cargo Complemento (Euros)
Presidentes 1.738,36
Vicepresidentes 1.270,96
Secretarios 847,30
Portavoces 1.270,96
Portavoces adjuntos 847,30

Indemnizaciones y Ayudas por Gastos

Los Senadores tienen derecho a dietas e indemnizaciones por gastos necesarios para el desempeño de su función. Este derecho está recogido en el artículo 23.1 del Reglamento del Senado. Adicionalmente, el artículo 24.1 del Reglamento del Senado establece que, «Dentro del territorio nacional, (…) a pase de libre circulación en los medios de transporte colectivo que determine la Mesa del Senado o al pago, en su caso, con cargo al Presupuesto de la Cámara, de los gastos de viaje realizados de acuerdo con las normas que la Mesa en cada momento establezca.» Estas disposiciones se complementan con el Acuerdo de la Mesa del Senado, de 18 de noviembre de 2014, en materia de control y publicidad de los desplazamientos de los Senadores.

Indemnizaciones por actividad parlamentaria

Con este concepto, que se percibe en 14 pagas, los parlamentarios deben afrontar los gastos que les origine la actividad de la Cámara. La cuantía mensual de esta indemnización es de 2.193,50 euros para los Senadores de circunscripciones distintas a Madrid y de 1.046,08 euros para los electos o designados por Madrid. Es una cantidad dedicada a cubrir gastos y, por ello, está exenta de tributación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.2 b) de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre.

Gastos de Transporte

El Senado cubre los gastos de los Senadores en los medios de transporte colectivo (avión, tren, autobús o barco) para el desempeño de su actividad parlamentaria, para realizar actividades de naturaleza política, sectorial o de representación institucional, así como los viajes oficiales que se realicen en representación del Senado. Todo ello debe ser debidamente justificado, en los términos del acuerdo de la Mesa de la Cámara de 18 de noviembre de 2014.

El Senado abona directamente el billete a la empresa transportista o reembolsa el gasto realizado previa presentación de factura, incluyendo los gastos derivados del aparcamiento en las estaciones de tren y aeropuertos. Asimismo, se entrega a los Senadores una Tarjeta-Taxi con un crédito máximo anual de 3.000 euros, válida para cubrir sus desplazamientos en la Comunidad de Madrid. En caso de uso del propio automóvil para los desplazamientos a la Cámara, previa justificación, se abonan 0,26 euros por kilómetro, además de los importes de los peajes de autopistas.

Dietas por misión oficial

La cuantía de las dietas devengadas por los desplazamientos que los Senadores realizan en misión oficial se cifra en 150 euros por día en el supuesto de desplazamientos al extranjero y 120 euros diarios en el de viajes dentro del territorio nacional. No se abonan dietas por desplazamiento a las sesiones parlamentarias de la Cámara (Plenos, Comisiones, Ponencias, etc.).

Lea también: Cómo Calcular ISR

Otros Medios y Apoyos Materiales

Además de las retribuciones económicas, el Senado facilita a sus miembros diversos medios para el ejercicio de su función:

  • Teléfono móvil corporativo, en el que reciben las convocatorias de la Cámara por SMS.
  • Tableta para la presentación electrónica de iniciativas.
  • Todos los Senadores disponen de despacho propio o compartido en el Senado.

Determinados Senadores tienen la posibilidad de contar con personal de confianza para apoyarles en el ejercicio de su función:

  • El Gabinete de la Presidencia cuenta actualmente con 8 miembros.
  • Los Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa disponen de 3 y 2 personas cada uno respectivamente.
  • Actualmente, los tres expresidentes que mantienen la condición de Senadores disponen de un total de 3 personas con carácter de personal eventual.

El Senado también abona a los Grupos Parlamentarios en los que se integran los Senadores las subvenciones que se detallan en el apartado relativo a Grupos Parlamentarios.

Distribución de Asistentes por Grupos Parlamentarios

Grupo Parlamentario Número de Senadores Número de asistentes (Módulos) Ratio por Senador
Popular en el Senado 143 60 0,42
Socialista 89 38 0,43
Izquierdas por la Independencia (Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu) 9 6 0,67
Plural en el Senado Junts per Catalunya-Coalición Canaria - Agrupación Herreña Independiente - Bloque Nacionalista Galego 7 4 0,57
Vasco en el Senado (EAJ - PNV) 6 4 0,67
Izquierda Confederal (Más Madrid, Eivissa i Formentera al Senat, Compromís, Agrupación Socialista Gomera y Geroa Bai) 6 4 0,67
Mixto* 6 4 0,67

Remuneraciones de los Senadores en México

Los legisladores del Senado de la República de México han actualizado su salario, según lo dio a conocer el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 28 de febrero, al publicar el manual de remuneraciones de las y los senadores.

Salario Mensual

Con la modificación, los legisladores de la Cámara Alta ahora tienen una dieta (salario) mensual de 131 mil 700 pesos. Esta cantidad es 2 mil 590 pesos menos que la presidenta Claudia Sheinbaum, quien recibe un salario de 134 mil 290 pesos.

Lea también: Salarios vs. Inflación: Análisis en México

Aunque el ajuste salarial de los legisladores se realiza año con año, las causas del aumento no suelen detallarse, ya que el manual de remuneraciones indica que los movimientos se realizan conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

Prestaciones Adicionales

Además del salario mensual, el Manual de Remuneraciones de las Senadoras, Senadores, servidoras y servidores públicos de mando y homólogos, y la información relativa al Capítulo de Servicios Personales, señala que los legisladores cuentan con las siguientes prestaciones:

  • Ayuda para despensa en efectivo o vales.
  • Apoyo para el uso de vehículos.
  • Prima vacacional equivalente a 15 días de sueldo base.
  • Prima quinquenal.
  • Aguinaldo o gratificación de fin de año, con 40 días de sueldo base, y, en su caso, de la compensación garantizada.
  • Pagas de defunción.
  • Vacaciones.

tags: #sueldo #de #los #senadores