Descubre Cuándo Recibirás tu Devolución de Impuestos del SAT: Plazos y Factores Clave que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En temporada de declaración anual, uno de los momentos más esperados por los contribuyentes es la devolución del saldo a favor. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está obligado a darte tu devolución de impuestos en 40 días hábiles, equivalentes a dos meses.

Plazo Legal para la Devolución de Impuestos

De acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el Servicio de Administración Tributaria cuenta con un plazo de hasta 40 días hábiles para hacer la devolución, contados a partir de la fecha en que el contribuyente presenta su declaración anual o su solicitud formal de devolución.

El séptimo párrafo del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece que la autoridad tributaria puede tardar hasta 40 días hábiles para notificar al contribuyente sobre la resolución a su trámite de solicitud de devolución.

Este plazo se interrumpe si el SAT requiere información adicional; el conteo se reanuda una vez que el contribuyente entrega lo solicitado.

Si solicitaste una devolución automática (es decir, cuando haces tu declaración anual), el plazo puede ser más corto: aproximadamente entre 10 y 12 días.

Lea también: Retraso en la devolución del SAT: Soluciones efectivas.

Sin embargo, si detectan alguna irregularidad en tu declaración, pueden hacer una revisión más profunda y extender ese tiempo.

¿Qué Sucede si el SAT se Retrasa?

Cuando el SAT no cumple con ese plazo, se activa el artículo 22-A del CFF, que establece el pago de intereses moratorios a favor del contribuyente por el monto no devuelto a tiempo.

Estos intereses se calculan con base en la tasa de recargos por mora que fija el Congreso de la Unión, la cual actualmente es de 1.47% mensual, pero se incrementa en un 50% adicional por cada mes de retraso.

Si ha pasado el plazo establecido y aún no has recibido tu devolución, lo primero que debes hacer es revisar el estatus de tu solicitud en el portal del SAT.

Cuando hayan transcurrido 10 días, deberás realizar una solicitud normal de devolución, luego de la cual el SAT tendrá un plazo de 40 días hábiles para actuar.

Lea también: Tiempos de Espera del SAT

Factores que Pueden Retrasar la Devolución

Aún con la normativa clara, existen factores que pueden alargar el proceso, como:

  • Solicitudes con documentos incompletos
  • Revisiones más detalladas por parte del SAT
  • Validaciones adicionales en declaraciones atípicas
  • Errores en la CLABE interbancaria o cuentas a nombre de terceros.

Algunos de los factores que pueden retrasar la devolución incluyen errores en tu declaración, inconsistencias en tus datos fiscales (como un RFC mal registrado), o que el SAT simplemente quiera revisar tu información más a fondo.

Por ello, es fundamental que la información presentada sea precisa, esté completa y se revise antes de enviar.

Para evitarte dolores de cabeza, asegúrate de que todos tus datos estén correctos antes de enviar tu declaración. Revisa bien tu RFC, asegúrate de que las cuentas bancarias estén a tu nombre, y no te olvides de adjuntar los comprobantes necesarios.

¿Cómo Consultar el Estatus de tu Devolución?

El estatus puede consultarse ingresando al Buzón Tributario en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el registro federal de contribuyentes (RFC) y la contraseña o firma electrónica avanzada (e.firma).

Lea también: Cumple con tus obligaciones fiscales a tiempo

Recomendaciones Adicionales

  1. Es obligatorio tener el buzón activo.
  2. Verifica tu cuenta CLABE: Asegúrate de que esté correctamente registrada, esté activa y sea tuya.
  3. Proporcionando documentación soporte y CFDI válidos de ingresos y deducciones.

El Saldo a Favor: ¿Qué es y por qué se genera?

El saldo a favor es el dinero que el SAT te debe devolver cuando has pagado más impuestos de los que te debías. Por ejemplo, si has hecho deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas o intereses hipotecarios, y al hacer tu declaración, el cálculo final muestra que has pagado más de lo necesario.

Así, el monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.

¿Qué Hacer si No se Autoriza tu Saldo a Favor o se Autoriza Parcialmente?

Si no recibiste tu saldo a favor, puede ser porque haya algunas inconsistencias. Para resolverlo, entra al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña.

¿Cuándo es la Fecha Límite para la Devolución Según la Fecha de Presentación?

De esta manera, si presentaste la Declaración Anual desde el 1 de abril, la fecha límite para que el SAT te dé respuesta o deposite tu devolución del saldo a favor sería hasta el 30 de mayo. Mientras que si la realizaste el 30 de abril, el último día para recibir tu devolución de impuestos sería hasta el 26 de junio 2025.

Recuerda que durante este tiempo es importante consultar el estatus de tu devolución, ya que así puedes saber cómo va tu solicitud o presentar algún otro recurso en caso de que tu declaración haya sido rechazada.

Devolución Automática: Casos en los que No Aplica

Normalmente, el SAT realiza la devolución de impuestos de manera automática, es decir, que cuando la solicitas el sistema ve cuánto dinero te debe devolver y te lo deposita hasta dos meses después de tu declaración y solicitud de la devolución.

Sin embargo, hay casos en las que la devolución no es automática.

Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:

  • Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
  • Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
  • Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:

  • El contribuyente se tenga como o localizado
  • El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.

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