¡Descubre Cómo Optimizar el Acreditamiento de Impuesto Corporativo en Dividendos en México y Aumenta tus Beneficios Fiscales!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Hoy en día, uno de los aspectos más importantes para las empresas mexicanas, ya sea con inversión nacional de personas físicas, morales o residentes en el extranjero, es el retorno de su inversión, el cual se traduce en el pago de dividendos. Como en toda inversión, se espera que cualquier vehículo en el cual se invierta una cantidad de dinero, genere que se obtenga una ganancia, que es la diferencia entre lo invertido y lo obtenido.

¿Qué son los Dividendos y su Naturaleza?

Los dividendos son distribuciones de las ganancias que tuvo una empresa hacia sus accionistas. Los dividendos son las utilidades que se reparten a los accionistas como proporción del capital social que éstos tienen en la empresa. Generalmente, los rendimientos por dividendo se expresan en forma de un porcentaje, que indica cuánto recibirán los accionistas como porcentaje de cada acción que posean. Las distribuciones suelen hacerse de forma trimestral y se pagan como depósitos. No es obligatorio que las empresas paguen dividendos: algunas pueden preferir no distribuirlos y reinvertir las ganancias para crecer. Cabe mencionar que una creencia o mito en el mundo fiscal es que si no existe saldo de cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) no se pueden repartir dividendos, lo cual es incorrecto, ya que es posible, pero se deben seguir ciertas reglas.

Tratamiento Fiscal de los Dividendos en México

En México existen impuestos tanto al consumo como al ingreso. Dentro de estos, el IVA y el IEPS son los principales como parte de los impuestos al consumo, mientras que el ISR lo es en el caso de los impuestos al ingreso. Las personas físicas pueden tener diferentes fuentes de ingreso como salarios, intereses y dividendos. ¿Cuál es el tratamiento fiscal de los dividendos y cómo llenar tu declaración?

Los dividendos, al provenir de las utilidades de las empresas, son gravados tanto en la persona moral como en la persona física. En el Régimen de socios y accionistas, los dividendos pueden ser gravados tanto en la Persona Moral como en la Persona Física. Estos son gravados a las personas morales, al ser parte de sus utilidades, y a las personas físicas, al ser considerados como parte de sus ingresos acumulables.

En México, los dividendos pagan un 10% de Impuesto Sobre la Renta (ISR), de acuerdo con el artículo 11 de la Ley del ISR. Adicionalmente, a partir de 2014, en el artículo 164 de la LISR se cobra un 10% adicional a los ingresos por dividendo. En la Reforma Fiscal de 2014 se adiciona una tasa adicional de 10% a los dividendos.

Lea también: Definición de Acreditamiento del IVA

Intereses del Art. 123 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y utilidades pagadas a obligacionistas, por sociedades mercantiles residentes en México o por sus sociedades nacionales de crédito.

El Mecanismo de Acreditamiento y Piramidación

Para que la persona física pueda acreditar el pago realizado por la persona moral, la persona física debe de considerar como parte de su ingreso acumulable el impuesto pagado a nivel corporativo. De igual manera, se estableció que para que la persona física pueda acreditar el impuesto pagado por la persona moral, tiene que considerar como parte de sus ingresos acumulables el impuesto pagado por la misma. Para esto, los dividendos deben ser piramidados al multiplicarlos por un factor de 1.4286, tal como lo estipula el artículo 10 de la LISR. El factor proviene de dividir la tasa de ISR corporativa (30%) entre 1 menos la tasa corporativa (70%). Al resultado de esta operación, se le aplica la tasa de ISR corporativo para obtener el impuesto a pagar por la persona moral. El fundamento de la piramidación es que la persona moral reparte el dividendo libre de impuestos.

Como se mencionó en los supuestos, se asume que el receptor del dividendo cuenta con otras fuentes de ingresos superiores a los tres millones de pesos anuales. En este caso, y recordando que existe el supuesto que la persona física tiene ingresos adicionales al dividendo por encima de tres millones de pesos anuales, del millón de pesos repartidos en dividendo el accionista se quedaría, después de impuestos, con 828 mil 577 pesos.

La carga tributaria total es la suma del impuesto a las personas morales más el impuesto a las personas físicas, dividido entre el dividendo piramidado. La tasa efectiva a la persona física es el impuesto pagado por la persona física entre el dividendo, mientras que la tasa efectiva total es la suma del impuesto pagado por la persona física más el impuesto pagado por la persona moral entre el dividendo piramidado. Los resultados muestran que la tasa efectiva máxima que puede pagar una persona física por ingresos por dividendo es de 17.1%, mientras que la tasa efectiva total máxima, es decir, sumando el impuesto pagado por la persona física más el impuesto pagado por la persona moral, es de 42%. Los dividendos son gravados en México a través del ISR. La tasa máxima a la que pueden ser gravados es de 42%, incluyendo el impuesto gravado tanto en la persona física como en la persona moral.

Ejemplo de Tributación de Dividendos en México (Escenario de Ingresos Elevados)

Concepto Monto / Tasa
Dividendo Repartido 1,000,000 MXN
Monto Neto para Accionista (después de impuestos) 828,577 MXN
Tasa Efectiva Máxima Persona Física 17.1%
Tasa Efectiva Total Máxima (Persona Física + Moral) 42%

Obligaciones y Consideraciones para la Declaración Anual

Si durante el 2023 las empresas en las que invertiste a través de tu Casa de Bolsa te pagaron impuestos, debes saber que estás obligado a reportarlo en tu declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y pagar los impuestos correspondientes. Los dividendos, tanto del Mercado Local como el del Sistema Internacional de Cotizaciones (SIC) o también conocido como Mercado Global, ya vienen precargados en tu declaración anual. Estos son lineamientos generales para ayudarte con tu declaración de impuestos. Es importante que presentes tu declaración anual para personas físicas antes del 30 de abril. Finalmente, si necesitas orientación específica sobre tu situación particular, consulta con un especialista.

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Acreditamiento de Impuesto Corporativo Extranjero para Dividendos

Antes de realizar una inversión en el extranjero una de las principales preguntas que se hacen los inversionistas y las empresas residentes en México que invierten en compañías residentes el extranjero, es que los ingresos que perciban por estas últimas, no vuelvan a pagar en México el Impuesto sobre las utilidades generadas por la obtención de los ingresos de fuente extranjera y así evitar una doble tributación. Es por ello que se abordarán las disposiciones fiscales y legales que permitirán alcanzar los beneficios de acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que tengan a su cargo en México, un Impuesto equivalente al Impuesto corporativo pagado en el extranjero. Es importante señalar que, a través del reparto y pago de dividendos, las empresas residentes para efectos fiscales en México repatrian capitales que son invertidos en otros países.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta en su Artículo 5, establece que los dividendos que obtengan las empresas residentes en México de empresas residentes en el extranjero, podrán acreditar el monto proporcional del impuesto pagado por dichas sociedades.

Para efectos de lo anterior, las personas morales residentes en México estarán obligadas a llevar un registro que permita identificar el ejercicio al cual corresponden los dividendos o utilidades distribuidas por la sociedad residente en el extranjero.

Definiciones Clave para el Acreditamiento Extranjero

Las siguientes definiciones son fundamentales para comprender el mecanismo de acreditamiento:

  • MPI: Monto proporcional del impuesto sobre la renta pagado en el extranjero por la sociedad residente en el extranjero en primer nivel corporativo que distribuye dividendos o utilidades de manera directa a la persona moral residente en México.
  • U: Utilidad que sirvió de base para repartir los dividendos, después del pago del impuesto sobre la renta en primer nivel corporativo, obtenida por la sociedad residente en el extranjero que distribuye dividendos a la persona moral residente en México.
  • IC: Impuesto sobre la renta corporativo pagado en el extranjero por la sociedad residente en el extranjero que distribuyó dividendos a la persona moral residente en México.

Requisitos y Excepciones para el Acreditamiento Extranjero

Existen requisitos para tener derecho al acreditamiento del Impuesto pagado:

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  • Se trate de ingresos de fuente extranjera obligados a pagar impuesto en México.
  • Que la persona moral mexicana sea propietaria de más del 10% del capital.
  • Que el ingreso acumulado incluya el ISR pagado en el extranjero.
  • Documentación comprobatoria.

Otro de los aspectos importantes a considerar es que los Dividendos Percibidos por residentes en el extranjero no acumulan para pagos provisionales, esto nos permite no realizar pagos que al final del ejercicio pudieran resultar como saldos a favor, lo anterior de conformidad con el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Perspectiva Internacional sobre la Tributación de Dividendos

La OCDE muestra un comparativo internacional de 34 países, incluyendo México, en donde muestra la tasa efectiva máxima por concepto de dividendos así como el porcentaje del impuesto que es pagado por la persona física y la persona moral (OCDE 2020). Sin contar a México, de los 33 países restantes, 18 tienen una tasa efectiva total más alta y 15 una tasa efectiva total más baja. En dónde hay mayores discrepancias es en el porcentaje del total del impuesto que pagan las personas físicas. De los 33 países, en 28 las personas físicas pagan un porcentaje mayor del total del impuesto que en México, mientras que en 5 las personas físicas pagan un porcentaje menor del total del impuesto.

El hecho de que en México la proporción del impuesto que es pagado por las personas físicas sea de las menores entre los 34 países, aunado a que la tasa efectiva de los ingresos por dividendos en las personas físicas es menor que si se compara con otro tipo de ingresos, puede tener consecuencias redistributivas, considerando que los receptores de los ingresos por dividendo pertenecen a los deciles más altos de ingresos.

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