Los términos deudor y acreedor se han convertido en parte de nuestro vocabulario cotidiano debido a su presencia constante en el ámbito financiero, empresarial y jurídico. A pesar de ello, no siempre resulta sencillo diferenciarlos, especialmente para quienes no están familiarizados con estos conceptos. En toda operación de crédito intervienen dos figuras clave: el deudor y el acreedor.
Un crédito es un préstamo de dinero que se da a una persona con el compromiso de que esta devuelva el valor recibido, sumado a un porcentaje de intereses a pagaren un tiempo determinado, el cual se define entre el acreedor y el deudor. Según el Diccionario de la Real Academia Española, crédito es «el derecho que uno tiene a recibir de otro alguna cosa, por lo común dinero», y préstamo es «el dinero o valor que toma un particular para devolverlo».
El acreedor es aquel con el que un deudor tiene una obligación. Ser acreedor significa que alguien tiene una deuda contigo, lo más habitual es que se defina a un acreedor como alguien a quién se le debe un dinero pero en su significado más amplio la deuda también puede ser de cualquier otro tipo. En este caso, el acreedor es la persona o empresa que presta el dinero y tiene el derecho a cobrarlo. Ser acreedor supone estar autorizado para exigir que se cumpla la obligación contraída por el acuerdo previo, en el caso de la financiación concedido por una entidad supone que el banco puede exigir la devolución del dinero prestado si no se cumplen las condiciones de devolución acordadas mediante contrato. Como hemos visto, el acreedor es la persona física o jurídica que tiene derecho a cobrar una cantidad de dinero o recibir un bien o servicio de otra persona.
Por otro lado, el deudor es la persona que tiene la obligación de cumplir con una deuda. Y el deudor es aquel individuo u organización que debe el monto de dinero prestado (más los intereses) y está en la obligación de pagarlo. Esa otra persona es el deudor, que está obligado a abonar el dinero, bien o servicio según lo acordado entre ambos. Tanto el acreedor como el deudor por definición pueden ser personas físicas o jurídicas.
Comprender esta dinámica es esencial para tomar decisiones financieras seguras, calcular correctamente los intereses de una deuda financiera y evitar sorpresas en tu historial de crédito. Al ubicar quién es el deudor y el acreedor, conocerás tus derechos, condiciones y evitarás malentendidos a lo largo del contrato.
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Créditos Concedidos en el Ámbito Empresarial
Entre los créditos que posee una empresa, y considerando las definiciones dadas, hay que resaltar los préstamos que ésta concede a otras, a sus trabajadores, etc. Si la empresa presta dinero o vende un inmovilizado y aplaza su cobro, obtiene unos créditos no comerciales. En la empresa, por operaciones muy diversas, nacen derechos de cobro -créditos- pero sólo los que proceden de transacciones distintas a las del tráfico empresarial, que son los créditos no comerciales, se catalogan como inversiones financieras.
Así, se pueden citar dentro de esta categoría los derechos de cobro por venta del inmovilizado, o por intereses sobre los que la empresa tiene derecho aun cuando no hayan vencido, etc. Éstos se valoran, en el primer caso, por el importe entregado y, en el segundo, por el precio de venta del inmovilizado. El crédito se designará mediante cuentas diferentes según cuál sea la causa que lo originó, según a quién se otorgó -a empresas del grupo, asociadas, o a otras- y dependiendo del intervalo de tiempo en el que se recuperará, a largo o a corto plazo. Si el crédito es a largo plazo, llegará un momento en el que pase a vencer a corto.
Conviene matizar la diferencia existente entre préstamos y líneas de crédito. Si se concede un préstamo, el prestamista entrega el total acordado; no ocurre lo mismo al otorgar una línea de crédito, pues el que lo concede está dispuesto a entregar al usuario una cuantía máxima, conocida como crédito disponible, que éste utilizará en las fechas y cuantías que estime convenientes (crédito dispuesto), siempre y cuando no contravenga lo estipulado. Obviamente, los intereses en un caso u otro son distintos. En el primer caso, el prestatario paga intereses sobre el total del préstamo, mientras que en el segundo sólo lo hace por el crédito dispuesto; de todas formas, en la vida real es frecuente que por el crédito no dispuesto también se paguen intereses, claro está que mucho más bajos.
Intereses y su Contabilización
Generalmente, la empresa otorgante va a percibir unos intereses explícitos, que nunca incrementarán el importe del crédito originario, sino que contablemente figurarán en rúbricas independientes. Así, si al final de un ejercicio la empresa tiene derecho a cobrar intereses que aún no han vencido, registrará un crédito por estos intereses a cobrar -que suele ser a corto plazo, pero que no quita para que a veces sea a largo- y unos ingresos financieros. Este crédito se expresa mediante la cuenta 547, «Intereses a corto plazo de créditos», o 257, «Intereses a largo plazo de créditos».
Por supuesto, si este crédito es a largo plazo, en el momento oportuno habrá que reflejar su traspaso a corto. Los ingresos financieros serán los intereses producidos en ese ejercicio, mientras que los comprendidos en el crédito corresponderán a intereses devengados y no cobrados en ejercicios anteriores. Lógicamente, este crédito desaparecerá conforme la empresa vaya cobrando los intereses.
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A veces, no coincide el importe entregado con el nominal del crédito. En este supuesto, la diferencia corresponde a intereses implícitos. Estos intereses se irán devengando durante la vida del crédito y vencerán cuando éste se extinga. Pero, ¿en qué importe se pueden cifrar los intereses devengados en un ejercicio concreto? Esta cuantía se calculará con arreglo a un criterio financiero (norma de valoración 9.ª del PGC). Los créditos que se vayan generando a lo largo de la vida del crédito por este concepto se cobrarán cuando éste se reembolse. En esta operación pueden producirse resultados financieros; si éstos son negativos, se plasman mediante la cuenta de gastos financieros 667, «Pérdidas de créditos».
Tipos de Acreedores
Existen diversas clasificaciones para los acreedores, que dependen de la naturaleza de la deuda, el tipo de respaldo o la prioridad de cobro.
| Tipo de Acreedor | Descripción |
|---|---|
| Acreedores privilegiados | Tienen derecho a cobrar su deuda antes que otros acreedores. |
| Acreedores ordinarios | Cobran después de los privilegiados. |
| Acreedores subordinados | Son los últimos en cobrar. |
| Acreedores personales (General) | No tienen garantías legales formales sobre la deuda. |
| Acreedores reales | Su derecho está respaldado por un contrato o documento legal. |
| Acreedores personales (Financiación) | Aquellos que prestan dinero a un familiar o un amigo. Este tipo de préstamos son habitualmente a un tipo de interés cero o muy bajo. |
| Acreedores bilaterales | Gobiernos que en un marco determinado y definido conceden préstamos garantizados por entidades oficiales. |
| Acreedores multilaterales | Instituciones oficiales que conceden crédito, como el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial. |
| Acreedores laborales | La relación laboral entre un contratante y un trabajador por cuenta ajena convierte al trabajador en un acreedor del contratante ya que el acreedor espera recibir un salario de su empresa. |
Como mencionamos, el ejemplo más común son los acreedores en términos de financiación, los préstamos ya sean personales o hipotecarios, pero hay más tipos de acreedores, algunos también relacionados con el mundo financiero y otros muy habituales los relacionados con el mundo laboral.
Gestión de Riesgos y Ejemplos Prácticos
A veces, a la empresa le resulta arduo recuperar un crédito no comercial. En función del grado de riesgo que presenten los créditos, realizará las pertinentes correcciones valorativas, creando provisiones para insolvencias de créditos. Estas provisiones aparecerán en el activo del balance con signo negativo, minorando los correspondientes créditos, que vencen a corto o a largo plazo, y que han sido concedidos a empresas del grupo, asociadas o ajenas. Las provisiones desaparecerán cuando ya no exista tal riesgo, porque el crédito se cobre o se considere definitivamente perdido.
Cuando el deudor no cumple con su obligación de pago, el acreedor tiene varias opciones para reclamar la deuda: Vía amistosa: Notificaciones por escrito. Llamadas para establecer nuevos plazos de pago. Vía judicial: Presentar una demanda ante los tribunales. Solicitar el embargo de bienes del deudor. Si el deudor no cumple, las acreedoras pueden aplicar intereses moratorios, registrar la deuda en centrales de riesgo y emprender acciones legales.
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Consejos para prevenir impagos (para acreedores)
- Realiza un análisis previo de la solvencia del deudor.
- Establece contratos claros y detallados.
Ejemplos prácticos
En el sector bancario los préstamos son los productos más habituales que implican la figura del acreedor. El banco es el acreedor cuando presta dinero, ya sea un préstamo personal sin finalidad definida o para una finalidad concreta, tanto personal como la compra de un coche o una reforma como empresarial para la apertura de un negocio nuevo o financiar una ampliación de instalaciones. Un banco otorga un préstamo personal: el banco es acreedor y el cliente, deudor. El 1 de marzo de X0, una entidad bancaria concede un préstamo de 20.000 u.m. a uno de sus trabajadores. Las hipotecas que concede la entidad también hacen que el banco sea acreedor de aquellos que firman un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda.
Adicionalmente, así como tú haces un análisis sobre cuál es el banco que se acomoda a tus necesidades, las entidades financieras también evalúan tu perfil financiero para garantizar que puedas sufragar y acceder al crédito solicitado. Para esto, analizan tu trayectoria o la de tu empresa, tu capacidad de pago, tu estabilidad laboral y el tipo de obligaciones financieras que tienes, así como el estado de tus ahorros e inversiones.
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