¡Descubre Cómo los Acreedores Pueden Cambiar el Juego de Tus Préstamos!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los términos deudor y acreedor se han convertido en parte de nuestro vocabulario cotidiano debido a su presencia constante en el ámbito financiero, empresarial y jurídico. A pesar de ello, no siempre resulta sencillo diferenciarlos, especialmente para quienes no están familiarizados con estos conceptos. En toda operación de crédito intervienen dos figuras clave: el deudor y el acreedor. Comprender esta dinámica es esencial para tomar decisiones financieras seguras, calcular correctamente los intereses de una deuda financiera y evitar sorpresas en tu historial de crédito. En este artículo, te explicaremos de forma clara y práctica todo lo que necesitas saber sobre los acreedores y los deudores, cómo se relacionan entre sí y cuáles son sus derechos y obligaciones.

¿Qué es un Acreedor?

Un acreedor es toda persona física o jurídica que tiene el derecho de exigir el cumplimiento de una obligación por parte de otra persona. Como hemos visto, el acreedor es la persona física o jurídica que tiene derecho a cobrar una cantidad de dinero o recibir un bien o servicio de otra persona. Este derecho puede incluir:

  • La entrega de una cantidad de dinero.
  • El suministro de bienes o servicios.

Por ejemplo, una entidad bancaria que concede un préstamo a un cliente se convierte en el acreedor de dicha persona hasta que esta devuelva el dinero prestado. Del mismo modo, un proveedor que entrega mercancías a una empresa también es considerado un acreedor mientras no reciba el pago acordado. En la contabilidad de una empresa, el acreedor es aquella persona física o jurídica que suministra a la empresa un bien o servicio no relacionado con la actividad propia de la empresa pero necesario para su funcionamiento. El término acreedor se diferencia del de proveedor en que este último provee recursos que sí son esenciales para la propia actividad.

Tipos de Acreedores

Existen diferentes clasificaciones de acreedores, cada una con implicaciones distintas en el proceso de cobro:

  • Acreedores personales: No tienen garantías legales formales sobre la deuda.
  • Acreedores reales: Su derecho está respaldado por un contrato o documento legal.
  • Acreedores privilegiados: Tienen derecho a cobrar su deuda antes que otros acreedores. Tienen prioridad de cobro en situaciones de concurso de acreedores.
  • Acreedores ordinarios: Cobran después de los privilegiados.
  • Acreedores subordinados: Son los últimos en cobrar. Son los últimos en cobrar en un proceso concursal.

¿Qué es un Deudor?

El deudor es la persona que tiene la obligación de cumplir con una deuda. Esa otra persona es el deudor, que está obligado a abonar el dinero, bien o servicio según lo acordado entre ambos. Puede tratarse de un compromiso económico, la entrega de un bien o la prestación de un servicio. En palabras simples, el deudor es quien debe algo al acreedor. Si le debe dinero a alguien, a esa persona se le llama acreedor y lo que le debe se le llama deuda.

Lea también: Acreedores Diversos en Contabilidad

Por ejemplo, una persona que adquiere un producto a crédito es el deudor hasta que termine de realizar todos los pagos pendientes. La obligación de pago que asumes como deudor implica saldar el capital recibido más los intereses pactados. Estos intereses pueden ser de tasa fija o variable. Además, definirás un plazo de amortización para programar tus pagos.

Derechos y Obligaciones del Deudor

  • Derecho a recibir información clara sobre las condiciones de la deuda.
  • Obligación de cumplir con los términos establecidos en el contrato.
  • Derecho a negociar nuevas condiciones en caso de dificultades económicas.

Diferencias Clave entre Acreedor y Deudor

Aunque están directamente relacionados, acreedor y deudor son conceptos opuestos. Si aún dudas quién es el deudor y el acreedor en este acuerdo fundamental, ten en cuenta que el deudor asume la obligación de pago mientras que el acreedor tiene la responsabilidad de recuperar un monto prestado.

  • El acreedor exige el cumplimiento de la deuda, mientras que el deudor cumple con dicha obligación.
  • El acreedor tiene un derecho reconocido sobre el patrimonio del deudor, mientras que el deudor tiene la carga de responder con su patrimonio presente y futuro.
  • El rol contrario a deudor recae en la parte acreedora, que puede ser un banco, un proveedor o cualquier entidad con derecho a cobro.

En el ámbito legal y financiero, las acreedoras y deudoras establecen un vínculo contractual en el que cada parte asume obligaciones y derechos definidos.

Ejemplos Prácticos de la Relación Acreedor-Deudor

Para entender mejor esta dinámica, veamos algunos casos:

  • En una tarjeta de crédito: Acreedor: El banco. Deudor: El titular de la tarjeta.
  • En el suministro de servicios como agua o electricidad: Acreedor: La empresa proveedora del servicio. Deudor: El usuario que consume y debe pagar.
  • En un negocio: Acreedor: Un proveedor que entrega materia prima. Deudor: Una PYME que adquiere dicha materia prima a crédito.
  • Entidad bancaria que concede un préstamo para compra de vivienda: El banco es acreedor y el cliente, deudor.
  • Proveedor de mercancías que exige pago en 30 días: Proveedor = acreedor; empresa = deudor.

Riesgos y Consecuencias del Impago

Cuando el deudor no cumple con su obligación de pago, el acreedor tiene varias opciones para reclamar la deuda. Si el deudor no cumple, las acreedoras pueden aplicar intereses moratorios, registrar la deuda en centrales de riesgo y emprender acciones legales. Estos pasos afectan tu historial crediticio y encarecen la deuda.

Lea también: ¿Qué son los Acreedores Varios?

Opciones del Acreedor en Caso de Impago

  • Vía amistosa:
    • Notificaciones por escrito.
    • Llamadas para establecer nuevos plazos de pago.
  • Vía judicial:
    • Presentar una demanda ante los tribunales.
    • Solicitar el embargo de bienes del deudor.

Protección Legal para los Deudores y el Proceso de Cobro

La ley reconoce que los acreedores necesitan que les paguen el dinero que les es debido por los deudores y no borran la deuda. Sin embargo, la ley reconoce que el deudor debe ser tratado justamente. Los “cobradores de deudas” son agencias de cobranza, abogados, acreedores que cobran por cuenta de otra persona y acreedores que cobran bajo otro nombre u otros. Los acreedores que cobran por sí mismos no son “cobradores de deudas”.

Derechos del Deudor Frente a Cobradores de Deudas

Usted tiene ciertos derechos y protecciones cuando lo contacta un cobrador de deudas que está sujeto a la FDCPA (Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas, por sus siglas en inglés). La Ley permite a un cobrador de deudas contactar a un deudor por cualquier método incluyendo el teléfono, fax, correo o en persona. Sin embargo, el cobrador de deudas no puede llamarle a horas o lugares inconvenientes. Una hora inconveniente se define la que está antes de las 8 am o después de las 9 pm. Y usted también puede limitar cómo lo contacta un cobrador escribiéndole una carta al cobrador. Si usted escribe una carta declarando que usted no quiere que el cobrador de la deuda lo contacte a usted nunca más, entonces el cobrador de la deuda puede enviarle a usted otra carta más acusándole recibo de su carta e informándole cómo intenta proceder.

Un cobrador de deudas puede no discutir su deuda con cualquiera que no sea usted o su abogado. Muy importantemente, un cobrador de deudas no puede hostigarlo amenazándolo con violencia, usando vocabulario profano o amenazándolo con publicar su deuda. Un cobrador de deudas no puede amenazarlo con entablar una demanda para cobrar una deuda si no tiene intención de presentar una demanda.

Usted tiene varias opciones disponibles si cree que un cobrador de deudas ha violado la ley. Usted puede reportar cualquier supuesta violación a la oficina de su Fiscal General o a la Comisión Federal de Comercio. Usted también tiene derecho a demandar ante el tribunal las supuestas violaciones a la Ley. Los empleados del gobierno federal, del gobierno del estado de Maryland y de un gobierno local en Maryland tienen ciertas protecciones durante un cierre del gobierno en el que el empleado es suspendido involuntariamente del trabajo. Existen leyes que protegen ciertos ingresos y activos de los cobradores de deudas. En Maryland, las deudas deben cobrarse dentro de un tiempo determinado. El acreedor generalmente tiene 3 años (4 años si la deuda se debe a la venta de bienes) a partir de la fecha de vencimiento de la deuda para solicitarle al tribunal que le ordene pagar. Una orden judicial para pagar una deuda se conoce como sentencia.

Importancia de Responder a una Demanda por Deuda

Si un acreedor o cobrador lo ha demandado o notificado por una deuda vencida, lea la demanda con atención y responda en los plazos establecidos. De este modo, podrá protegerse y evitar dificultades financieras adicionales. Cuando usted responde a la demanda, el cobrador de deudas tiene que demostrar al tribunal que la deuda es válida. Si usted debe la deuda, es posible que pueda llegar a un acuerdo u otro tipo de resolución con el cobrador. Responder no significa que usted acepte estar endeudado o que la deuda sea válida.

Lea también: guía detallada sobre los acreedores reconocidos en el concurso mercantil

Si no responde, el tribunal podría dictar una sentencia o acción judicial contra usted, a veces llamada “sentencia en rebeldía”. Por ejemplo, si se niega a aceptar la entrega o notificación de la demanda, el tribunal podría considerar que ignora una demanda debidamente notificada, y es poco probable que esta táctica sea eficaz para defenderse. Como resultado, es probable que se dicte una sentencia en su contra por la cantidad que el acreedor o los cobradores de deudas afirman que usted debe, así como los honorarios legales adicionales necesarios para cubrir los gastos de cobro, intereses y honorarios de abogados, según lo permitido por la sentencia. Las sentencias también les dan a los cobradores herramientas mucho más sólidas para recaudar la deuda. Usted podría perder la capacidad de impugnar la deuda, si cree que no es su deuda, o disputar que la cantidad es incorrecta, y según su situación y las leyes de su estado, el acreedor podría hacer lo siguiente:

  • Embargar su salario. Embargar es tomar propiedad, generalmente una parte del salario de alguien, por autoridad legal.
  • Fijar un gravamen contra su propiedad.
  • Congelar los fondos de su cuenta bancaria.

Una sentencia es una orden judicial, por lo que puede ser muy difícil modificarla o anularla una vez que se cierra el caso. Usted tiene muchas más posibilidades de luchar contra el cobro de una deuda en los tribunales si defiende su caso que si espera a que se dicte una sentencia en su contra. También podría llegar a un arreglo o una resolución mediante una negociación con el cobrador de deudas antes de que el tribunal dicte una sentencia.

Asesoramiento Legal

Consulte a un abogado para saber más sobre sus derechos sobre el cobro de deudas. Los abogados pueden ayudarlo a entender tanto sus protecciones federales como estatales, si un cobrador de deudas lo ha demandado o ha amenazado con demandarlo. Algunos abogados pueden ofrecer servicios gratuitos o cobrar una tarifa reducida. También puede buscar un abogado con experiencia en la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) y asuntos de cobro de deudas. Además, podría haber oficinas de asistencia legal o clínicas legales en su área que ofrecen sus servicios de forma gratuita si cumple con ciertos criterios. Si usted es miembro de las fuerzas armadas, consulte a su oficina local del Asesor Jurídico Principal de las Fuerzas Armadas (JAG, por sus siglas en inglés) o use el localizador de oficinas de asistencia legal del JAG para encontrar ayuda, o pida información a la oficina de preparación financiera de su centro.

Prevención de Impagos y Gestión de Deudas

Tanto acreedores como deudores pueden evitar conflictos siguiendo estas recomendaciones. Puede ser muy estresante deber dinero. Los cobradores de deudas tienen un papel legítimo al tratar de cobrar una deuda para un acreedor que tiene el derecho legal al dinero prestado. Conocer las consecuencias del impago te motiva a planificar tus pagos a tiempo.

Consejos para Acreedores

  • Realiza un análisis previo de la solvencia del deudor.
  • Establece contratos claros y detallados.
  • Utiliza servicios de gestión de deudas, como ICIRED.

Consejos para Deudores

  • Planifica tus finanzas antes de adquirir deudas.
  • Negocia plazos de pago razonables.
  • Comunica cualquier dificultad para evitar problemas mayores.
  • Programa pagos automáticos y evita retrasos.
  • Revisa tu reporte de crédito periódicamente. Los errores en su informe crediticio pueden afectar su capacidad para obtener crédito, seguro, empleo o alquilar o comprar una casa o un automóvil.
  • Negocia plazos o tasas favorables antes de impagar.

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El Papel de las Entidades de Crédito en el Sobreendeudamiento

Con base en la acertada e inteligente sentencia del Magistrado, José Luis Fortea Gorbe, Juzgado de lo Mercantil de Alacant n.º 4 de 5-9-2023, analizamos sus consideraciones en torno al papel que juegan las entidades de crédito -que los conceden a deudores personas físicas en situación de insolvencia- en la posterior generación de sobreendeudamiento, cuestión que no solo depende de la actuación económica del deudor. De tiempo en tiempo, deudores bienintencionados se atrasaron en el pago de sus préstamos o tarjetas de crédito. Puede ocurrir que el deudor haya perdido su trabajo, haya incurrido en gastos inesperados o simplemente ha pedido prestado más dinero de lo que puede pagar. Cualquiera que sea la razón, muchos deudores que se retrasaron en sus pagos empezaron a recibir llamadas telefónicas de cobradores de deudas persistentes.

En un concurso sin masa, la entidad financiera de crédito demandante y acreedora se opone a la solicitud de la deudora persona natural (en adelante Isabel) de exoneración del pasivo insatisfecho -EPI-, alegando la causa 6ª del art 487.1 TRLC. Argumenta que la lista de acreedores de Isabel no contiene fechas ni vencimientos de los créditos y que, por estar incompleta, no permite saber si concurre tal causa. Además, considera que, tras concederle créditos, como demuestra el informe de ASNEF, la deudora inició una carrera para lograr un sobreendeudamiento. En el mencionado informe aparecen 14 operaciones en mora, con riesgo total de impago de 52.958,23.-€, el 4-10-2021.

La deudora explica que el sobreendeudamiento lo produjo adquirir y reformar una vivienda por encima de sus posibilidades entre 2018 y 2019, período que no se corresponde con las operaciones de préstamo, ya morosas, de 2020 y 2021. La lista de acreedores no exige informar de la fecha de origen de los créditos, cuestión, por cierto, compleja, pues los créditos fueron cedidos. Coincidimos con ella, la entidad demandante debió acudir al fichero CIRBE del Banco de España (BE), donde Isabel ya aparecía en diciembre de 2020 con riesgo dispuesto de casi 70.000,00.-€, de los que 5.861 ya estaban vencidos. Luego, es imposible que contrajese ese endeudamiento en 3 meses.

Para decidir la controversia, el Juzgador responde a las 2 cuestiones litigiosas, encadenadas que son los 2 comportamientos típicos del art 487.1. Supuestas omisiones en lista de acreedores, que, infringirían el art 7. 3º TRLC, por proporcionar información falsa o engañosa, ordinal 6º 1. Todo lo cumplió la lista de la deudora que no dio información falsa, ni engañosa, sino todo lo contrario. Todas las deudas de Isabel son financieras y frente a acreedores profesionales que pueden sin ningún problema, identificarlas. Junto a esta causa de oposición ya vista, ligada a la solicitud de EPI, está la principal: buscar sobreendeudamiento temerario o negligente (con la supuesta lista de acreedores defectuosa que impide al tribunal valorar la causa de oposición art 487.1. Se imputa a la demandante negligencia, por incumplir palmariamente, antes de conceder crédito, el art 18 de la Orden EHA/2899/2011, «evaluación de la solvencia en el préstamo responsable». Quien postula temeridad o negligencia de otro, debe demostrar, su correcto proceder profesional para no enervar su propia pretensión; y el art 18. 2.º impone consultar el historial crediticio en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) para la adecuada evaluación de la situación de empleo, ingresos, patrimonial y financiera del cliente.

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