La deducción de inversiones o depreciación fiscal es una de las principales deducciones autorizadas del Impuesto Sobre la Renta (ISR). En el ámbito fiscal mexicano, las inversiones deducibles son gastos en activos fijos, como maquinaria, equipos y vehículos, que las empresas utilizan para llevar a cabo sus actividades económicas. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece que estas inversiones pueden deducirse aplicando porcentajes máximos autorizados sobre su monto original, distribuidos en los ejercicios fiscales correspondientes.
Las personas morales pueden deducir las inversiones que hayan adquirido, ya sea a partir del ejercicio en que las utilicen o desde el ejercicio siguiente, de conformidad con la fracción IV del artículo 25 de la LISR. Dicha deducción debe realizarse aplicando al monto original de inversión (MOI) los porcentajes máximos a deducir por ejercicio fiscal en términos de lo establecido en los artículos 31, 32, 33, 34 y 35 de la LISR. El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, preparación del emplazamiento físico, instalación, montaje, manejo, entrega, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes o agencias aduanales.
Deducción inmediata de inversiones
El pasado 11 de octubre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo”. La deducción inmediata de la inversión en activos fijos es una medida que busca fomentar la modernización y la expansión de la capacidad productiva de las empresas exportadoras. Al permitir la deducción inmediata, se reduce la carga fiscal y se mejora la liquidez de las empresas, lo que puede incentivar la inversión.
Este estímulo consiste en la deducción de bienes nuevos de activo fijo que hayan sido adquiridos a partir del 12 de octubre de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024. Dicha deducción deberá determinarse aplicando al MOI los porcentajes máximos indicados en el Decreto, permitiendo así deducirlos en el ejercicio fiscal en el que fueron adquiridos.
Porcentajes de deducción inmediata destacados
- 86% para automóviles, autobuses, camiones de carga y tractocamiones con propulsión eléctrica.
- 88% para computadoras personales, servidores, impresoras y almacenamiento externo.
- 89% para dados, troqueles, moldes y herramental.
- 89% para maquinaria y equipo destinados a la investigación de nuevos productos o desarrollo de tecnología.
Erogaciones por concepto de capacitación
La deducción adicional por concepto de gastos de capacitación refleja el reconocimiento de la importancia de la capacitación del capital humano en la competitividad de las empresas exportadoras. Se otorga un estímulo consistente en aplicar una deducción adicional por un monto equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación en donde se proporcionen conocimientos técnicos o científicos que reciba cada uno de los trabajadores. Los contribuyentes podrán aplicar dicha deducción en la declaración anual correspondiente a los ejercicios fiscales de 2023, 2024 y 2025.
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Requisitos y consideraciones generales
Para aplicar estos estímulos, los contribuyentes deberán cumplir con requisitos esenciales:
- Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contar con buzón tributario activo.
- Contar con opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.
- Presentar un aviso de la aplicación del estímulo dentro de los 30 días siguientes en el que se vayan a considerar por primera vez.
- Mantener en uso el activo por un periodo mínimo de dos años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe su deducción inmediata.
- Llevar un registro específico de las inversiones por las que se optó por aplicar la deducción inmediata.
Es importante resaltar que este estímulo no será acumulable para efectos del ISR, y que de no aplicar el estímulo en el ejercicio en el que se realizó la inversión, se perderá el derecho de hacerlo en los ejercicios fiscales posteriores. Si no conservas la documentación necesaria, como facturas y recibos, no podrás respaldar la deducción de la inversión ante el SAT, lo que puede implicar la pérdida del beneficio fiscal y sanciones.
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