Descubre Cómo la Regulación Fiscal de Airbnb en México Impacta Tu Declaración Según el Código Fiscal de la Federaciónpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Con el crecimiento de la economía digital, cada vez más personas obtienen ingresos a través de plataformas. El crecimiento de las plataformas digitales ha generado nuevas responsabilidades fiscales y laborales. Las plataformas digitales como Uber, Airbnb y Rappi están sujetas a reglas fiscales específicas en México. Aunque el marco legal reconoce derechos laborales para los prestadores de servicios, fiscalmente siguen tributando como personas físicas con actividad empresarial, con la obligación de emitir CFDI, declarar ingresos y conservar constancias de retención.

Cumplir con estas obligaciones evita sanciones y abre la puerta a beneficios como seguridad social y mayor formalidad económica.

Obligaciones Fiscales Generales para Anfitriones en México

Conductores, repartidores y anfitriones deben cumplir con obligaciones de ISR e IVA, además de las retenciones que realizan las propias plataformas. A partir del 1 de julio de 2025, las empresas de plataformas digitales deben registrarse como patrones y afiliar a sus trabajadores, ya que las reglas de seguro social obligatorio ya están vigentes (Artículo 291-K fracc-V).

Régimen Fiscal Aplicable a Anfitriones Personas Físicas

Tus ingresos como anfitrión o por servicios de aventuras o experiencias siempre han estado sujetos al pago de impuestos. El régimen inició vigencia a partir del 1° de junio de 2020. Antes de junio de 2020 debiste tributar en el Régimen de Actividades Empresariales, o bien, en el Régimen de Incorporación Fiscal, según tus condiciones particulares. A partir de junio de 2020, únicamente puedes tributar en el Régimen de Plataformas Digitales. Tú deberás cumplir con las obligaciones de este régimen independientemente de que Airbnb te efectúe las retenciones.

Este régimen de retenciones aplica a toda persona física (individuo) que sea residente para efectos fiscales en México. Las personas físicas que prestan servicios de alojamientos, experiencias y/o aventuras, a través de la plataforma de Airbnb se deberán dar de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) bajo el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, obteniendo así su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Quien no esté inscrito en el RFC, debe hacerlo.

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Los anfitriones personas físicas (individuos) que presten servicios de alojamientos y/o experiencias a través de Airbnb que ya estaban inscritos anteriormente en el RFC, deberán cerciorarse de que están inscritos en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales. Si no están inscritos en ese régimen deberán efectuar el cambio de régimen por los ingresos obtenidos en plataformas digitales. Si tienen otros ingresos fuera de plataformas digitales, por estos últimos sí pueden continuar tributando en el RIF, siempre que continúen cumpliendo con los requisitos aplicables. Una vez inscritos en el régimen señalado, deberán presentar a las autoridades fiscales el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones», para dar de alta las actividades que realizan a través de Airbnb. El RFC de la persona deberá ser proporcionado a Airbnb.

Incompatibilidad con el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas

El SAT ha determinado que las personas físicas inscritas en el Régimen de Plataformas Digitales (RPD) no podrán inscribirse al RESICO. Incluso si obtienen ingresos adicionales a los percibidos por plataformas digitales (por ejemplo, arrendamientos o actividades empresariales) el SAT no permite registrarte en el RESICO por estos otros ingresos. En este último caso, los contribuyentes personas físicas deben seguir tributando en RPD y en Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales o RIF, según corresponda.

Retenciones de Impuestos por Airbnb

Airbnb efectuará retenciones de impuestos a los anfitriones personas físicas. Los impuestos a retener son el Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los cuales Airbnb pagará al SAT y se considerará un anticipo de los impuestos de la persona física. Una vez que empecemos a hacer las retenciones, podrás considerarlas como anticipo o pago definitivo de tus impuestos, según las condiciones específicas de su situación.

Si los anfitriones personas físicas proporcionan a Airbnb su RFC, Airbnb hará una retención mensual por ISR, según los tipos de ingresos obtenidos en el mes, aplicando una tarifa de 4% si ofreces el servicio de alojamiento o de 1% si ofreces servicios de aventuras y experiencias. Si los anfitriones personas físicas proporcionan a Airbnb su RFC, se les retendrá la mitad de IVA, o sea, el 8%, sobre el monto que corresponda al servicio de alojamiento, experiencias o aventuras proporcionado.

A continuación, se presenta un resumen de las tasas de retención:

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Impuesto Servicio de Alojamiento Servicios de Aventuras/Experiencias
ISR 4% 1%
IVA 8% 8%

Opción de Pagos Definitivos

En materia de ISR e IVA es posible optar por que las retenciones efectuadas por Airbnb sean consideradas pagos definitivos. Para esta modalidad se deben cumplir algunos requisitos. Si cumples con los requisitos para la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones de impuestos deberás de presentar el «Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones», a través de su portal en Internet, indicando en el proceso que se opta por pagos definitivos.

Declaraciones y Otras Obligaciones

Los anfitriones deberán presentar sus declaraciones respectivas de ISR e IVA cada mes, salvo en el caso en que elijan la modalidad de considerar que sus retenciones son pagos definitivos, en cuyo caso no estarán obligados a presentar declaraciones mensuales por estos ingresos. Las declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se presentan de manera mensual. Adicionalmente, hay una declaración anual del ISR.

Los anfitriones también están obligados a presentar declaración anual de ISR por los ingresos obtenidos a través de las plataformas digitales, salvo aquellos que opten por considerar esas retenciones como su pago definitivo de impuestos, en cuyo caso no están obligados a presentar declaración anual, o bien, no están obligados a incluir estos ingresos en su declaración anual si es que tuvieran otros ingresos por los cuales estén obligados a presentar esta declaración. En el caso en que se elija la modalidad de considerar que sus retenciones son pagos definitivos, no estarán obligados a presentar declaraciones mensuales por estos ingresos, y tampoco considerarán estos ingresos en su declaración anual.

En este régimen también se tiene la obligación de expedir facturas por todos los ingresos que se obtengan, así como entregar las facturas a los huéspedes o clientes que las soliciten. Otra obligación es llevar contabilidad y enviar información de esta de manera mensual. Existen algunas facilidades para ciertos contribuyentes que los eximen de esta obligación. Cada caso debe ser evaluado en lo particular a la luz de las normas aplicables.

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Manejo de Cancelaciones y Devoluciones

En caso de que se restituyan a los huéspedes los montos pagados por los servicios de alojamiento derivado de cancelaciones, devoluciones, descuentos, bonificaciones o modificaciones en dichos servicios, y siempre que los anfitriones no hubieran optado porque las retenciones efectuadas por Airbnb se considerarán como pagos definitivos, los anfitriones podrán disminuir el monto restituido por dichas operaciones a través de la presentación de una declaración complementaria del mes al que corresponda dicha operación, debiendo reflejar dicho cambio en su contabilidad para poder aplicar dicho beneficio. Adicionalmente los anfitriones deberán emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Egresos, conocido como “Nota de Crédito”, a los huéspedes en el que conste el monto restituido, así como el IVA trasladado correspondiente.

En caso de que se restituyan a los huéspedes los montos pagados por los servicios de alojamiento derivado de cancelaciones, devoluciones, descuentos, bonificaciones o modificaciones en dichos servicios, los anfitriones que hubieran optado porque las retenciones efectuadas por Airbnb se consideren como pagos definitivos, podrán solicitar al SAT la devolución del ISR y del IVA retenido correspondiente a la restitución, realizando el trámite correspondiente. Adicionalmente, por lo que se refiere al caso de devoluciones, descuentos o bonificaciones, los anfitriones deberán emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Egresos, conocido como “Nota de Crédito”, a los huéspedes en el que conste el monto de la contraprestación, así como el IVA trasladado correspondiente.

Cesación de Actividades

Los anfitriones inscritos en el RFC dentro del régimen de actividades empresariales y profesionales que dejen de prestar servicios o conceder servicios de alojamiento, experiencias y/o aventuras, estarán obligados a presentar ante las autoridades fiscales un “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones» dentro del mes siguiente al que se dejaron de prestar dichos servicios, manifestando que cesan esta actividad.

Consideraciones para Personas Morales y Extranjeras

A las personas morales no se les aplica la retención de impuestos; sin embargo, su información será compartida con las autoridades fiscales. Si eres persona moral (sociedad) y ya estás inscrita en el RFC, no es necesario que realices ningún cambio ante el SAT. Seguirás operando como lo has venido haciendo con anterioridad.

Por su parte, las personas morales (empresas constituidas legalmente ante notario) deberán tributar obligatoriamente en el RESICO de personas cuando cumplan las siguientes características: sean residentes en México, estén únicamente constituidas por personas físicas, y sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de 35 millones de pesos o, si recién inician operaciones, estimen que sus ingresos no excederán dicha cantidad. Habrá anfitriones personas morales que no pueden acceder al RESICO. Estarán excluidas las personas morales con uno o varios socios que tengan control en otras sociedades mercantiles. También estarán excluidas las personas morales que realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación.

Las personas físicas extranjeras que estén listando en Airbnb espacios ubicadas en México, pudieran estar obligadas a pagar impuestos en México.

Facturación de Airbnb por sus Servicios

Sí, Airbnb genera una factura mensual que incluye la totalidad de los cobros realizados en el mes. Esta factura se expide en términos de las reglas misceláneas 2.7.1.16.

Las siguientes son algunas razones por las cuales puedes no haber recibido una factura por los cobros que Airbnb te hace por el uso de la plataforma:

  • No registraste tu RFC o registraste un RFC inválido. (Aviso: Si tramitas tu RFC ante el SAT por primera vez, deja que transcurran 72 horas para que puedas registrarlo en Airbnb y pueda ser validado.)
  • El mes aún no termina. La factura se expide posterior al cierre del mes.
  • No hubo comisiones cobradas en ese mes.
  • Ya cerró el mes, pero la factura aún se encuentra pendiente de expedición. Visita nuevamente la página en unos días.

Cuando en el mismo mes Airbnb te efectúe un cobro por el uso de su plataforma y, a su vez, te efectúe reembolsos por cancelaciones o devoluciones, la factura que Airbnb emita amparará el monto neto cobrado.

Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje (IPSH) en la Ciudad de México

Bajo las nuevas reformas, el Gobierno de la Ciudad ahora permite que plataformas digitales como Airbnb ayuden a los anfitriones a cumplir sus obligaciones con respecto al Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje. En nuestro Acuerdo de la Comunidad, y en nuestro trabajo alrededor del mundo, nos hemos comprometido a colaborar con las ciudades donde nuestros anfitriones operan. Esperamos trabajar con el Gobierno de la Ciudad de México y conocer más acerca de la implementación de estas nuevas reformas.

La Ciudad de México habilitó el sistema de Estancia Turística Eventual, donde los anfitriones deben registrar sus inmuebles y obtener una constancia oficial. Esto aplica a empresas, administradores o personas que ofrecen inmuebles para estancias temporales en la Ciudad de México. Los anfitriones deben registrarse en el padrón correspondiente e inscribir los inmuebles que ponen a disposición de turistas.

Las reglas señalan que las plataformas deben contar con un campo obligatorio para colocar el folio de registro, y ese folio debe mostrarse en el anuncio. Este punto merece atención. Recuerda que la fecha límite informada sería el 20 de junio de 2026. Rentar una propiedad por internet sigue siendo una oportunidad interesante, pero ahora requiere más orden, documentación y responsabilidad.

Contexto Internacional: Directiva DAC7 (Unión Europea)

El informe DAC7 es una obligación anual de presentación de informes. Airbnb está obligado a recopilar información del contribuyente y reportarla a las autoridades fiscales de todos los alojamientos de la UE y de los anfitriones residentes en la UE. En DAC7, un operador de la plataforma está obligado a reportar tus datos fiscales a través de la autoridad fiscal de su Estado miembro de residencia. Estos son los ingresos irlandeses en el caso de Airbnb.

Airbnb informará de los datos fiscales de los anuncios afectados de la UE a los ingresos irlandeses, para los anfitriones y coanfitriones que hayan hospedado o recibido ingresos en el año correspondiente. Compartiremos tus datos cada enero para todos los ingresos e información del año anterior. DAC7 entra en vigor el 1 de enero de 2023. Si tienes un anuncio de una propiedad ubicada en un Estado miembro o resides en un Estado miembro, tus datos se compartirán con el país o países correspondientes.

Si eres anfitrión y no proporcionas la información requerida para ser reportada a las autoridades fiscales, Airbnb tendrá que congelar tus cobros después de avisarte. Una vez que se proporcionen los datos del contribuyente, tendrás que descongelar tus pagos.

La información que compartimos relacionada con tus ingresos se basa en la información contenida en la pestaña Pagos y Cobros de tu cuenta. En cuanto a tus ingresos, el monto total que se te paga por hospedar en tus alojamientos, menos las tarifas e impuestos, es lo que informamos.

¿Qué información no se informa?

  • Cualquier experiencia ofrecida por ti
  • Pagos realizados a coanfitriones (informamos por separado sobre los ingresos del coanfitrión)
  • Pagos realizados directamente a terceros a través de tu cuenta, por ejemplo, servicios de limpieza
  • Cualquier pago directo por parte del huésped
  • Cualquier ajuste realizado en relación con una reclamación del Centro de resoluciones por ti o por un Huésped
  • Cualquier pago que se te realice que no esté relacionado con hospedar en tus alojamientos.

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