La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es, en esencia, un reconocimiento al esfuerzo de quienes ayudan a que el negocio crezca. Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece. Más que un trámite, es una manera de reconocer, en pesos y centavos, que el crecimiento de la empresa no se logra en solitario.
Marco legal y normatividad vigente
El reparto de utilidades no es un favor ni un gesto bonito, es una obligación legal, tal cual lo marca la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, Apartado A, Fracción IX de la Constitución y reforzado de nuevo en el artículo 117 de la LFT. La PTU no es nueva, todo empezó con la Constitución de 1917, esa que nació después de la Revolución. No fue hasta 1962 que tomó forma clara y se volvió un derecho laboral obligatorio.
Respecto a los límites de pago, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo en revisión 633/2023, determinó que el límite máximo para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU), será de tres meses de su salario o el promedio de lo recibido por este concepto en los últimos tres años, eligiendo la opción que más beneficie al trabajador. La Segunda Sala concluyó que el límite máximo equivalente a tres meses de salario para la PTU es constitucional. Adicionalmente establece que el origen del límite de los tres meses de salario del trabajador para la PTU proviene de la reforma de subcontratación laboral.
Cálculo y distribución de la PTU
El cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se realiza en dos partes iguales y se considera tanto los días trabajados como el salario percibido. La ley define que las empresas deben separar un porcentaje de sus utilidades netas anuales para repartirlo entre quienes cumplan con los requisitos. Ese porcentaje es del 10% sobre la utilidad fiscal, fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (CONAPROPTU).
Procedimiento de cálculo
- Determinar la utilidad fiscal de la empresa: Se calcula el 10% de la utilidad fiscal anual.
- Dividir ese fondo en dos partes iguales: Una parte se reparte tomando en cuenta los días que cada trabajador laboró. La otra mitad, con base en el salario anual de cada uno.
- Cálculo por días trabajados: Para esta parte no importa cuánto gane el trabajador, solo cuántos días trabajó en el año.
- Cálculo por salarios: Se suman los salarios anuales de cada empleado y se determina qué proporción le toca a cada uno.
- Suma de ambos montos: Al final, a cada trabajador se le paga la suma de lo que le tocó por días laborados más lo que le corresponde por su salario.
Calendario de pagos y beneficiarios
La respuesta sobre cuándo se paga la PTU está en el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo. Si eres persona moral, tu fecha tope para declarar impuestos es el 31 de marzo, entonces la PTU se tiene que pagar entre el 1 de abril y el 30 de mayo. Pero si eres persona física con empleados a tu cargo, el plazo se mueve del 1 de mayo al 29 de junio.
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En términos generales, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU. El derecho a recibir utilidades no desaparece con la salida del empleo. Sí, un extrabajador puede recibir PTU, siempre y cuando cumpla con los criterios establecidos. Lo importante es que haya laborado al menos 60 días durante el año fiscal, sin importar si al momento del reparto ya no forma parte de la empresa.
Consideraciones para trabajadores con antigüedad menor a tres años
En relación con los trabajadores que no cuentan con tres años de antigüedad, la LFT no detalla explícitamente las implicaciones de esta situación. No obstante, la Guía indica que la falta de antigüedad no debe perjudicar al empleado. En su lugar, se debe considerar el monto promedio de la PTU correspondiente a los últimos tres años para la categoría o puesto que ocupa actualmente el trabajador beneficiario.
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