En México, el derecho a la seguridad social representa una garantía fundamental para los trabajadores y sus familias, especialmente en la etapa del retiro. Dentro del IMSS, las pensiones se otorgan bajo dos regímenes principales que conviven en la actualidad. El primero corresponde a la Ley del Seguro Social publicada en 1973, conocido comúnmente como régimen 73, aplicable a quienes cotizan bajo sus disposiciones.
A partir de octubre de 2025, los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) amparados bajo la Ley 73 del Seguro Social podrán incrementar su pensión mensual de forma legal, gratuita y permanente mediante el mecanismo de asignaciones familiares. Este beneficio reconoce el esfuerzo económico de quienes continúan siendo sostén de su familia tras la jubilación y busca fortalecer la suficiencia de las pensiones más bajas dentro del régimen histórico de 1973, que aún cobija a más de 1.5 millones de pensionados en México.
Este ajuste se enmarca en una política de revalorización del ingreso pensionario que el IMSS impulsa para mantener el poder adquisitivo de los jubilados frente a la inflación y los costos de vida. Al permitir un aumento de hasta 25% adicional en los pagos mensuales, las asignaciones familiares no solo representan un estímulo económico, sino también una estrategia de equidad social que fortalece la red de protección de las personas mayores y sus dependientes. Con ello, el IMSS reafirma su papel como uno de los pilares de la seguridad social mexicana, adaptando mecanismos tradicionales a las condiciones socioeconómicas actuales.
De este modo, las personas de la Ley 73 del IMSS obtienen su pensión con base en los artículos 167 y 168 de la ley de 1973, así como en reglas transitorias de la ley de 1997, las cuales establecen que la pensión no puede ser inferior al 100 % del salario mínimo. Y para quienes tienen más de un salario mínimo de pensión, esta se actualiza en el mes de febrero con base en la inflación utilizando el Índice Nacional de Precios al Consumidor. La cuantía de la pensión por vejez se incrementará de acuerdo al Índice Nacional de Precios al Consumidor, cuando sea modificado. El INPC lo elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) para medir la inflación o cómo aumenta el costo de vida considerando los productos y servicios que adquirimos cotidianamente. Cristian Acosta, licenciado y maestro en Derecho, doctor en Innovación y Administración Educativa, explica a El Sabueso que dicho criterio ha sido reiterado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en diferentes casos que han dado lugar a criterios jurisprudenciales, como el establecido en la tesis 2a./J.
¿Qué son las asignaciones familiares y cómo funcionan bajo la Ley 73 del IMSS?
Las asignaciones familiares son incrementos porcentuales sobre la pensión base, otorgados a quienes acrediten tener familiares que dependan económicamente de ellos. Este beneficio está contemplado en los artículos 138 al 142 de la Ley del Seguro Social de 1973, y se aplica a los jubilados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Aunque no se trata de una figura nueva, su implementación ha cobrado relevancia en 2025 debido a la simplificación de trámites y a la digitalización progresiva de los servicios del IMSS.
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El objetivo de estas asignaciones es reconocer las cargas económicas familiares como parte del cálculo social de la pensión. A diferencia de un aumento generalizado, se otorgan de manera personalizada y proporcional, con base en la cantidad y tipo de dependientes registrados. Esta política, inspirada en modelos de la OIT y la OCDE, busca reducir la vulnerabilidad financiera de los hogares con adultos mayores, promoviendo una redistribución más justa dentro del sistema de seguridad social. La aplicación efectiva de las asignaciones familiares bajo la Ley 73 del IMSS marca un paso relevante hacia la equidad y suficiencia de las pensiones en México. Este mecanismo permite reconocer el valor social del pensionado como proveedor y cuidador, al tiempo que mejora la seguridad económica de su entorno familiar.
Beneficiarios y Porcentajes de Incremento por Asignaciones Familiares
El IMSS permite registrar como dependientes económicos a familiares directos del pensionado, siempre que exista prueba documental de la relación y de la dependencia económica. Los incrementos aplicables son los siguientes:
| Dependiente | Incremento Porcentual sobre la Pensión Base |
|---|---|
| Cónyuge o concubina(o) | 15% adicional |
| Hijos menores de 16 años | 10% adicional por cada hijo |
| Hijos de hasta 25 años (estudiantes) | 10% adicional por cada hijo |
| Hijos con discapacidad | 10% adicional sin límite de edad |
| Padres dependientes | 10% por cada uno |
| Ayuda asistencial (sin cónyuge/hijos/padres dependientes) | 15% adicional |
Se puede solicitar un 10 % adicional por cada uno de los hijos menores de 16 años. Hijos de hasta 25 años recibirán un 10% adicional si cursan estudios en el Sistema Educativo Nacional y no cotizan al IMSS. En caso de tener hijos que no puedan mantenerse por sí mismos por inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica se puede solicitar un 10 % adicional por cada descendiente.
Si la persona pensionada no tuviera esposa o concubina ni hijo que viviera en las condiciones antes mencionadas, se concede una asignación del 10 % por cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él. Padres dependientes: 10% por cada uno, más una ayuda asistencial del 10% adicional si solo uno depende del pensionado. En caso de que el pensionado no tenga cónyuge, hijos ni padres dependientes, la ley contempla una ayuda asistencial del 15%, vigente mientras viva el beneficiario. Esta estructura permite un aumento progresivo de la pensión según el tamaño y las características del núcleo familiar, beneficiando especialmente a jubilados con hijos en edad escolar o con familiares en condición de dependencia permanente.
Requisitos y Proceso para Acceder a las Asignaciones Familiares
El trámite para obtener las asignaciones se realiza directamente en la Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del pensionado o mediante la plataforma IMSS Digital, disponible desde 2025. Es un procedimiento gratuito que requiere los siguientes documentos:
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- Acta de nacimiento, matrimonio o constancia de concubinato. Para registrar a la esposa se debe anexar a los documentos anteriores la copia certificada expedida por el Registro Civil, de acta de matrimonio.
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de estudios o certificado médico, según el caso.
- Documentos que acrediten la dependencia económica (en algunos casos, comprobantes de domicilio o declaraciones juradas).
Una vez validada la información, el IMSS ajusta el monto de la pensión en el siguiente ciclo de pago mensual. Según proyecciones institucionales, los incrementos pueden variar entre 1,500 y 3,500 pesos mensuales adicionales, dependiendo del salario base y del número de familiares registrados.
Impacto y Desconocimiento de las Asignaciones Familiares
A pesar de su vigencia legal desde los años setenta, las asignaciones familiares siguen siendo un derecho poco ejercido por los pensionados del IMSS. Diversos especialistas en derecho laboral y seguridad social atribuyen esta falta de conocimiento a una baja difusión institucional y a la complejidad documental de los trámites tradicionales.
Con el nuevo esquema digital, el IMSS busca revertir esta tendencia y ampliar la cobertura efectiva del beneficio, especialmente entre adultos mayores con limitaciones de movilidad o acceso a asesoría jurídica. La institución también ha lanzado campañas informativas para advertir a los pensionados sobre los riesgos de fraudes y gestores no autorizados, enfatizando que el trámite se realiza únicamente a través de los canales oficiales. El impacto social de esta medida es significativo, ya que no solo eleva el ingreso mensual de los jubilados, sino que protege económicamente a sus dependientes en caso de fallecimiento del titular, consolidando la función solidaria del sistema de pensiones. El reto para el IMSS en los próximos años será consolidar la cobertura digital del trámite, garantizar una atención eficiente en las subdelegaciones y continuar la divulgación de este derecho entre los jubilados del régimen 73.
Si durante tu vida laboral estuviste registrado en el IMSS, es indispensable que conozcas tu régimen de pensión (Ley 73 o Ley 97) antes de iniciar tus trámites de retiro, pues cada régimen pide requisitos diferentes. Esto es clave para resolver los problemas más comunes que podrías encontrarte al solicitar tu pensión. Es muy sencillo conocer a qué régimen perteneces. Ahora bien, si cumples 60 años de edad o más, y NO cumples con el número de semanas cotizadas requeridas en la Ley del Seguro Social para obtener una pensión, el IMSS emitirá una Resolución de Negativa de Pensión; entonces se te entregarán los recursos de tu cuenta AFORE. Cuando te afiliaste a PENSIONISSSTE registraste algunos datos personales relacionados con tu Cuenta Individual, los cuales puedes corregir o actualizar en cualquier momento.
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