Si eres conductor de Uber, DiDi, Cabify o cualquier plataforma de transporte, las retenciones de impuestos son parte de tu realidad fiscal. Desde 2020, el SAT estableció un régimen especial para personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas. En cumplimiento con la legislación aplicable vigente, la plataforma debe retener y enterar, en tu nombre y por tu cuenta, un porcentaje sobre las ganancias que generes por concepto de servicios independientes de transporte de pasajeros.
¿Cómo funcionan las retenciones de ISR e IVA?
La retención se aplica sobre el total de los ingresos que cobras a través de la plataforma. Para el transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes, la tasa de retención de ISR es del 2.1% fijo, sin importar el nivel de ingresos. Además, la plataforma retiene el 50% del IVA, equivalente al 8% del precio, siempre que hayas proporcionado tu RFC. Es fundamental inscribirte en el RFC y proporcionar tu clave a cada plataforma para que aplique la retención correcta; de lo contrario, las retenciones se disparan al 20% de ISR y al 100% del IVA.
Tabla: Tasas de retención de ISR según actividad
- Transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes: 2.1%
- Servicios de hospedaje: 4.0%
- Enajenación de bienes y prestación de servicios: 2.5%
El esquema de pagos definitivos
El SAT ofrece una opción simplificada: considerar las retenciones como pago definitivo de ISR e IVA. Al optar por presentar el “Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”, los impuestos correspondientes que debes pagar por los ingresos obtenidos a través de la aplicación son retenidos y pagados mensualmente al SAT. Si tus ingresos por plataformas no rebasan los 300,000 pesos al año, puedes optar por que las retenciones sean tu pago definitivo: no acreditas gastos, pero simplificas todo. Una vez elegida, esta opción no se puede cambiar durante 5 años.
Obligaciones fiscales y cumplimiento
Aunque la plataforma retenga, sigues teniendo responsabilidades ante el SAT:
- Inscribirte en el RFC y proporcionar tu clave a cada plataforma.
- Contar con e.firma y Constancia de Situación Fiscal vigentes.
- Presentar el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales” para añadir la actividad económica de “Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet”.
- Conservar las constancias de retención que emite cada plataforma, las cuales tienen plena validez fiscal.
Si no optas por el pago definitivo, puedes declarar acumulando tus ingresos, lo que te permite acreditar las retenciones y, según el régimen en que tributes, deducir gastos estrictamente indispensables como gasolina, mantenimiento y seguro del vehículo. Si eliges el pago definitivo, renuncias a deducir a cambio de la simplicidad. En caso de que tengas dudas sobre el proceso o requieras apoyo, Uber ha hecho alianzas comerciales con compañías independientes especializadas en contabilidad que te ofrecen precios preferenciales.
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