Descubre los conceptos clave sobre trabajadores asalariados que todos deben conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los trabajadores asalariados constituyen un pilar fundamental en la economía global, sujetos a una serie de definiciones legales, estructuras salariales y marcos de protección que varían significativamente entre regiones. Comprender los conceptos clave asociados a esta figura laboral es esencial tanto para empleados como para empleadores y para el análisis económico general.

La Definición Legal del Trabajador Asalariado

Por definición, los salarios mínimos suelen aplicarse directamente sólo a los trabajadores asalariados, si bien hay algunas excepciones. El término "trabajador asalariado" se utiliza tanto en los textos legales como en los análisis estadísticos, pese a que no existe una definición jurídica internacional de lo que se entiende por asalariado. En distintos países se utilizan diferentes definiciones, y no existe una norma uniforme al respecto.

Para evitar abusos, la Recomendación sobre la relación de trabajo, 2006 (núm. 198), proporciona orientaciones no vinculantes sobre los criterios que se han de utilizar para determinar la existencia de una relación de trabajo. La Recomendación núm. 198 (en su párrafo 4, apartado a)) sugiere que la política nacional debería incluir, por lo menos, medidas tendientes a proporcionar a los interesados, en particular a los empleadores y los trabajadores, orientación sobre la manera de determinar eficazmente la existencia de una relación de trabajo y sobre la distinción entre trabajadores asalariados y trabajadores independientes.

Además, en su párrafo 13, la Recomendación núm. 198 explica que los Miembros deberían considerar la posibilidad de definir en su legislación, o por otros medios, indicadores específicos que permitan determinar la existencia de una relación de trabajo.

Indicadores de una Relación de Trabajo

Entre esos indicadores podrían figurar los siguientes:

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  • el hecho de que el trabajo se realiza según las instrucciones y bajo el control de otra persona.
  • que el mismo implica la integración del trabajador en la organización de la empresa.
  • que es efectuado única o principalmente en beneficio de otra persona.
  • que debe ser ejecutado personalmente por el trabajador, dentro de un horario determinado, o en un lugar indicado o aceptado por quien solicita el trabajo.
  • que el trabajo tiene una duración determinada y cierta continuidad, o requiere la disponibilidad del trabajador.
  • que implica el suministro de herramientas, materiales y maquinarias por parte de la persona que requiere el trabajo.

Asimismo, otros indicadores relevantes incluyen:

  • el hecho de que se paga una remuneración periódica al trabajador.
  • que dicha remuneración constituye la única o la principal fuente de ingresos del trabajador.
  • que la remuneración incluye pagos en especie tales como alimentación, vivienda y transporte.
  • que se reconocen derechos como el descanso semanal y las vacaciones anuales.
  • que la parte que solicita el trabajo paga los viajes que ha de emprender el trabajador para ejecutar dicho trabajo.
  • y el hecho de que no existen riesgos financieros para el trabajador.

El Contrato y la Relación de Trabajo

Cualquiera que sea su forma o denominación, el contrato individual de trabajo es aquél por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. Sobre esta definición hay que destacar la diferencia existente entre los términos contrato de trabajo y relación de trabajo, ya que la relación se formaliza con el contrato y tácitamente nace cuando existe la subordinación de una persona a otra.

De igual forma ha de especificarse que en la contratación no necesariamente debe existir contrato por escrito, en virtud de que el acuerdo verbal causa los mismos efectos. La Ley Federal del Trabajo en su artículo ocho describe al trabajador como la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.

Existen casos en los cuales en la relación laboral entre algunos patrones y trabajadores no se suscribe contrato individual de trabajo. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado. En el caso de que la relación laboral sea por tiempo indeterminado, todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él.

La Importancia Económica de los Asalariados

La proporción de trabajadores asalariados en el empleo total varía considerablemente entre regiones y tiene implicaciones importantes en lo que atañe a determinar quiénes están cubiertos por las disposiciones sobre salario mínimo. Se estima que en los países desarrollados los asalariados representan alrededor del 90 por ciento del empleo total. Por el contrario, en las economías en desarrollo y economías emergentes los trabajadores asalariados empleados pueden representar tan sólo el 30 por ciento del empleo total, y a veces incluso menos. En la medida en que la remuneración mínima sólo se aplica a los trabajadores asalariados, si éstos constituyen sólo una parte minoritaria de la fuerza de trabajo, el ámbito general de protección que ofrece el salario mínimo también será reducido.

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Los trabajadores (es decir, los que ganan un salario) son sólo un subgrupo entre el conjunto de las personas que tienen un empleo. Los trabajadores independientes no ganan un salario, sino un ingreso proveniente de una actividad autónoma.

Distribución de la Fuerza de Trabajo (Ejemplo Brasil, 2009)

Para ilustrar esta relación estadística entre el empleo asalariado, la fuerza de trabajo y la población total en su conjunto, podemos observar el ejemplo de Brasil en 2009. En este caso:

Categoría de la Población Cantidad (por cada 100 personas) Porcentaje
Población Total 100 100%
Fuerza de Trabajo 69,8 69,8% de la población total
Personas Desempleadas 6 8,3% de la fuerza de trabajo
Personas con Empleo/Ocupación 64 91,7% de la fuerza de trabajo
Trabajadores Asalariados 42 66,4% de las personas con empleo
Trabajadores Autónomos/Independientes 22 33,6% de las personas con empleo

Nota: En 2013, la Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo (CIET) cambió la definición de empleo, población no económicamente activa y población económicamente activa. La definición de empleo incluye todos los sectores de la economía a nivel nacional, incluyendo el sector público.

El Salario: Retribución y Estructura

Cuando hablamos de salario, nos referimos a remuneración o sueldo. El concepto de salario ha evolucionado mucho en los últimos años, ya no son única y exclusivamente una cantidad económica. El salario es la retribución que el patrón paga al trabajador por su actividad. Puede ser de tipo económico o en especie, y se compone de varios conceptos, como el salario base, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales. Es importante conocer al detalle todos estos factores ya que inciden directamente en la nómina de los trabajadores.

El salario base es la cantidad fija que se recibe por la realización del trabajo, mientras que los complementos salariales son cantidades adicionales que se reciben por circunstancias especiales, como la antigüedad, la formación o las condiciones de trabajo. El salario base no se pacta, sino que viene determinado en las tablas salariales del convenio, en función de la categoría profesional del empleado. En definitiva, el pago del sueldo es una obligación del empresario y puede tener lugar de manera mensual, en quincenas, semanalmente o incluso diariamente, dependiendo del convenio colectivo de la empresa o del contrato. De todas formas y según la normativa, no puede exceder de un mes.

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El adelanto se suele conceder por un importe máximo del 90% del salario que el trabajador ha percibido por el trabajo ya realizado.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la remuneración total mínima que una empresa paga al trabajador. Se trata de una cantidad fijada anualmente por el Gobierno, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas. Estos mínimos salariales se establecen mediante decreto y quedan reflejados en la tabla salarial interprofesional. A diferencia del SMI, el salario base no lo establece el Gobierno, sino que se concreta en la negociación del convenio colectivo al que pertenece cada empresa.

Retribuciones No Salariales

Existen otras retribuciones que no se consideran salario y son esas cantidades percibidas por el trabajador en concepto de:

  • Indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.
  • Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.
  • Los pluses de distancia y transporte.
  • Indemnizaciones correspondientes a traslados.
  • Indemnizaciones correspondientes a suspensiones o despidos.
  • Dietas por alojamiento y manutención.

Derechos y Obligaciones Laborales

En México, el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) es esencial para asegurar un ambiente laboral justo y respetuoso. El Artículo 2 de la LFT lo define como aquel con condiciones laborales justas, seguras y respetuosas de los derechos fundamentales de los trabajadores, donde no existe discriminación, se da seguridad social y un salario. De acuerdo con la legislación laboral, las prestaciones por ley son derechos de los empleados, por lo que se deben cumplir a cabalidad.

Los trabajadores dispondrán libremente de su salario y el derecho a percibirlo es irrenunciable. No se les impondrán multas a los trabajadores cualquiera que sea su causa o concepto. El patrón podrá solicitar la modificación cuando concurran circunstancias económicas que la justifiquen.

La Jornada de Trabajo

La jornada de trabajo es el tiempo que una persona prestará sus servicios como trabajador. Se establece una jornada de máximo 8 horas diarias y 48 horas semanales según la LFT. Otras condiciones de trabajo, tales como los días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón, también forman parte de los derechos laborales.

Prima de Antigüedad

La prima de antigüedad es una prestación derivada del solo hecho del trabajo y tiene como finalidad una ayuda económica como reconocimiento al tiempo de servicios prestados por el trabajador en una empresa. Así pues, este derecho es la suma de dinero que recibe el trabajador de planta cuando renuncia a su trabajo o cuando es despedido con o sin justa causa. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. También se paga a quienes sean separados de su empleo independientemente de la justificación o injustificación del despido. Este derecho prescribe al año conforme a lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo.

Despido Injustificado

Se habla de despido injustificado cuando un trabajador sin motivo o razón es separado de la empresa donde presta sus servicios. La Ley determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir el contrato, mediante el pago de una indemnización. Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo. Es fundamental que se determine el trabajo que va a desempeñar el empleado para evitar ser obligado a realizar otras tareas diferentes a las que debe desarrollar.

Impuestos y Seguridad Social

En la relación laboral asalariada, el impuesto puede ser jalado en el recibo de nómina con el nombre de descuento de ISR; aquí el patrón es el encargado de pagarlo directamente a hacienda. Esta cuota es la que se paga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por parte de los patrones y trabajadores para que puedan contar con beneficios. Se encuentran exentos de impuestos, siempre y cuando se trate de reembolso y se conceda de manera general, de acuerdo con las leyes o contratos de trabajo. Estos, a medida que sean gastos repartidos y dirigidos a servicios para la empresa o patrón, serán libres de impuestos. También, es importante analizar otras prestaciones que son las de previsión social.

Factores que Influyen en los Ingresos Salariales

El análisis de los determinantes del comportamiento de los ingresos de los trabajadores es de gran interés para las instituciones económicas. La relevancia del tema deriva de que la escolaridad, a través de su efecto en la productividad, contribuye a incrementar el ingreso y a definir la dinámica de las relaciones laborales. Estudios pioneros sobre capital humano, como los de Schultz (1961) y Becker (1964) destacan el vínculo entre educación, productividad e ingreso. Esto significa que las diferencias salariales entre grupos de trabajadores se podrían explicar mediante la teoría del capital humano, que concibe a la educación como una forma de inversión que genera rendimientos positivos, a través de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas.

Los resultados de diversas investigaciones revelan que los ingresos reales son más elevados en la medida en que la escolaridad es mayor. Los rendimientos económicos mayores están vinculados con el posgrado, lo cual no es sorprendente si se considera que es un segmento del mercado de trabajo con más especialización y productividad. La educación formal es el factor más relevante en la determinación del ingreso de los trabajadores, mientras que la experiencia laboral tiene un efecto directo, pero menos significativo. Además, los ingresos salariales pueden estar controlados por otros atributos como la sindicalización, el tipo de contrato, el sexo, el estrato poblacional y el territorio. Las percepciones de los jefes de hogar sindicalizados con un contrato temporal y de base, por ejemplo, son superiores a las de quienes no tienen el mismo estatus laboral.

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