Descubre las Funciones Clave de la Autoridad Tributaria y Aduanera de Portugal que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

En materia aduanera, el Poder Ejecutivo Federal tiene atribuciones significativas que van desde el establecimiento de aduanas hasta la suspensión de sus servicios.

Atribuciones del Poder Ejecutivo Federal en Materia Aduanera

Además de las facultades conferidas por otras leyes, el Poder Ejecutivo Federal tiene las siguientes atribuciones en materia aduanera:

  1. Establecer o suprimir aduanas fronterizas, interiores y de tráfico aéreo y marítimo, así como designar su ubicación y funciones.
  2. Suspender los servicios de las oficinas aduaneras por el tiempo que juzgue conveniente, cuando así lo exija el interés de la nación.
  3. Establecer o suprimir regiones fronterizas.

Facultades de la Secretaría

La Secretaría también cuenta con diversas facultades, además de las conferidas por el Código Fiscal de la Federación y otras leyes. A continuación, se detallan algunas de estas facultades:

  1. Señalar la circunscripción territorial de las aduanas y de las secciones aduaneras.
  2. Dentro de los recintos fiscales, señalar el lugar donde se encuentren las oficinas administrativas de la aduana y sus instalaciones complementarias.
  3. Establecer la coordinación con otras dependencias y organismos que lleven a cabo sus funciones en aeropuertos, puertos marítimos y cruces fronterizos autorizados para el tráfico internacional.
  4. Señalar las aduanas por las cuales se deberá practicar el despacho de determinado tipo de mercancías.
  5. Comprobar que la importación y exportación de mercancías, la exactitud de los datos en los pedimentos, declaraciones o manifestaciones, el pago correcto de las contribuciones y aprovechamientos, y el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias se realicen conforme a la ley.
  6. Requerir de los contribuyentes, responsables solidarios y terceros, la información y documentación relacionada con las obligaciones y requisitos establecidos por las disposiciones fiscales y aduaneras.
  7. Recabar de los funcionarios públicos, fedatarios y autoridades extranjeras los datos y documentos que posean con motivo de sus funciones o actividades relacionadas con la importación, exportación o uso de mercancías.
  8. Cerciorarse de que en el despacho aduanero los importadores, los exportadores y los agentes aduanales cumplan los requisitos establecidos.
  9. Practicar el reconocimiento aduanero de las mercancías en los recintos fiscales y fiscalizados, o en el domicilio del contribuyente bajo ciertas condiciones.
  10. Verificar que las mercancías por cuya importación fue concedido algún estímulo fiscal, franquicia, exención o reducción de impuestos estén destinadas al propósito para el que se otorgó.
  11. Fijar los lineamientos para las operaciones de carga, descarga, manejo de mercancías de comercio exterior y la circulación de vehículos dentro de los recintos fiscales y fiscalizados.
  12. Inspeccionar y vigilar permanentemente el manejo, transporte o tenencia de las mercancías en los recintos fiscales y fiscalizados.
  13. Perseguir y practicar el embargo precautorio de las mercancías y de los medios en que se transporten en los casos especificados en el artículo 151 de la Ley.
  14. Verificar durante su transporte, la legal importación o tenencia de mercancías de procedencia extranjera en todo el territorio nacional.
  15. Corregir y determinar el valor en aduana de las mercancías declarado en el pedimento.
  16. Establecer precios estimados para mercancías que se importen y retenerlas hasta que se presente la garantía correspondiente.
  17. Establecer la naturaleza, características, clasificación arancelaria, origen y valor de las mercancías de importación y exportación.
  18. Determinar las contribuciones y aprovechamientos omitidos por los contribuyentes o responsables solidarios.
  19. Comprobar la comisión de infracciones e imponer las sanciones correspondientes.
  20. Exigir el pago de las cuotas compensatorias y aplicar el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivas dichas cuotas.
  21. Custodiar y transferir al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes las mercancías que hayan pasado a ser propiedad del Fisco Federal.
  22. Dictar, en caso fortuito o fuerza mayor, las medidas administrativas que se requieran para subsanar la situación.
  23. Establecer marbetes o sellos especiales para las mercancías o sus envases destinados a la franja o región fronteriza.
  24. Otorgar, suspender y cancelar las patentes de los agentes aduanales, así como las autorizaciones de los apoderados aduanales.
  25. Expedir, previa opinión de la Secretaría de Economía, reglas para la aplicación de las disposiciones en materia aduanera de los tratados o acuerdos internacionales.
  26. Cancelar las garantías constituidas en los términos de la Ley.
  27. Las que le sean conferidas en tratados o acuerdos internacionales.
  28. Dar a conocer la información contenida en los pedimentos a las Cámaras y Asociaciones Industriales que participen en el Programa de Control Aduanero y Fiscalización por Sector Industrial.
  29. Establecer unidades de medida diferentes a las señaladas en las leyes de los impuestos generales de importación y exportación para la información en los pedimentos.

Estas facultades permiten a la Secretaría supervisar y regular el comercio exterior, asegurando el cumplimiento de las leyes y contribuyendo al desarrollo económico de México.

Lea también: AIReF: Mandato y Operaciones

Lea también: Funciones de la Autoridad Fiscal Mexicana

Lea también: Promociones en México y la Autoridad Fiscal

tags: #autoridad #tributaria #y #aduanera #de #portugal