El ISR, o Impuesto Sobre la Renta, es uno de los impuestos más relevantes en México porque representa una gran parte de los ingresos del Gobierno. El ISR es el impuesto que se aplica a las ganancias, tanto si eres persona física como moral.
Base Gravable del ISR
Se aplica sobre la base del ingreso gravable, es decir, la cantidad de ingresos que está sujeta a impuestos luego de aplicar las deducciones y exenciones correspondientes. Esto quiere decir que se aplica el mismo procedimiento para calcular el ISR, mas no significa que sea un trabajador. Es importante estar actualizado y capacitado al respecto.
Ingresos Acumulables
Los ingresos acumulables son aquellos que se obtienen por la actividad principal de la empresa, como venta de servicios o productos.
Deducciones
Otro punto importante al momento de hablar de ISR son las deducciones, que en el caso específico de sueldos y salarios no hay. Sin embargo, todo lo que es previsión social tiene montos que son exentos. El aguinaldo está exento de impuestos hasta por un monto equivalente a 30 UMAS. Solo ten en cuenta que hay ciertos límites y restricciones para deducir algunos gastos, por lo que debes consultar la legislación vigente y contar con asesoría profesional en la materia.
Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).
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Pagos Provisionales
Durante el año, las empresas hacen pagos provisionales de ISR.
Cálculo de los Pagos Provisionales
Los pagos provisionales del impuesto sobre la renta correspondientes a las actividades empresariales realizadas a través del fideicomiso se calcularán de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de esta Ley. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tasa establecida en el artículo 9 de esta Ley, sobre la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.
Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable.
Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales siempre que haya impuesto a pagar, saldo a favor o cuando se trate de la primera declaración en la que no tengan impuesto a cargo.
Coeficiente de Utilidad
Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. En el primer año de calendario de operaciones del fideicomiso o cuando no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo anterior, se considerará como coeficiente de utilidad para los efectos de los pagos provisionales, el que corresponda en los términos del artículo 58 del Código Fiscal de la Federación, a la actividad preponderante que se realice mediante el fideicomiso.
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ISR en la Liquidación de Sociedades
Dentro del mes siguiente a la fecha en la que termine la liquidación de una sociedad, el liquidador deberá presentar la declaración final del ejercicio de liquidación. El liquidador deberá presentar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio de liquidación, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, en los términos del artículo 14 de esta Ley, en tanto se lleve a cabo la liquidación total del activo.
Al término de cada año de calendario, el liquidador deberá presentar una declaración, a más tardar el día 17 del mes de enero del año siguiente, en donde determinará y enterará el impuesto correspondiente al periodo comprendido desde el inicio de la liquidación y hasta el último mes del año de que se trate y acreditará los pagos provisionales y anuales efectuados con anterioridad correspondientes al periodo antes señalado.
ISR sobre Dividendos
Las personas morales que distribuyan dividendos o utilidades deberán calcular y enterar el impuesto que corresponda a los mismos, aplicando la tasa establecida en el artículo 9 de la presente Ley. Para estos efectos, los dividendos o utilidades distribuidos se adicionarán con el impuesto sobre la renta que se deba pagar en los términos de este artículo.
Para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades, éstos se deberán multiplicar por el factor de 1.4286 y al resultado se le aplicará la tasa establecida en el citado artículo 9 de esta Ley.
Obligaciones Fiscales y Asesoría
En México, conocer y cumplir con tus obligaciones fiscales es esencial para evitar sanciones y mantener tus finanzas en orden. Calcular tus impuestos correctamente no solo evita multas o auditorías, también te permite cumplir de forma clara y transparente con tus responsabilidades fiscales.
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En Kreston BSG México, te ayudamos a entender tu régimen fiscal, calcular correctamente tu ISR y presentar tus declaraciones de forma puntual. Todo lo escrito en este espacio es para el beneficio de los lectores, sin embargo, para una aplicación correcta de temas específicos es necesario recurrir a nuestros especialistas.
Características Clave del ISR
- Es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México.
- Para las personas físicas, se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado.
- Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.
