Descubre Cómo Checar y Gestionar Tus Parcialidades en el Buzón Tributario Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Le debes al SAT? EL pago de adeudos fiscales puede ser una carga pesada. Afortunadamente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece alternativas para ponerse al corriente. El pago en parcialidades es una alternativa si deseas ponerse al día con el SAT sin descapitalizar tu empresa.

Con la facilidad que otorga la autoridad fiscal en la regla 3.17.3 de la RMISC 2023, en la cual señala que todos los contribuyentes personas físicas gozarán de pagar su impuesto anual a cargo en parcialidades, es importante que tengan presente la manera en cómo obtener sus acuses para efectos de poder realizar el pago de dichas parcialidades en tiempo y forma. Con ello se facilita a todas las personas físicas el cumplimiento del pago de su declaración anual en parcialidades.

Verificación y Reimpresión de Acuses de Pago del Impuesto Anual en Parcialidades

Para ello, el SAT se pronunció al respecto, al dar a conocer a los contribuyentes personas físicas el procedimiento para poder tener sus acuses y realizar los pagos correspondientes:

  1. Autenticarse con su contraseña o e.firma
  2. Una vez dentro de la declaración, dar clic en “Impresión de acuse”.
  3. Se mostrará otra ventana con varios campos, dar clic en “Ejercicio” y seleccionar 2022, para posteriormente dar clic en el botón “Buscar”.
  4. El sistema mostrará todos los acuses de las parcialidades que se optó por pagar y se posicionará sobre la imagen del archivo de la parcialidad que desee reimprimir.

¿Qué hacer si no aparecen los acuses?

De haber realizado los pasos anteriores y no obtener dichos acuses, es necesario presentar a la brevedad una aclaración a través de “Mi portal”, para que con ello el sistema pueda arrojarle la información correspondiente para que esté en posibilidades de su debido cumplimiento y que no se pierda la facilidad.

Aspectos Clave del Pago en Parcialidades del Impuesto Anual

Calendario y Cálculo de Parcialidades Posteriores

Las posteriores parcialidades se cubrirán durante cada uno de los siguientes meses de calendario, a más tardar el último día de cada uno de los meses del periodo; utilizando para ello exclusivamente la forma oficial FMP-1 que se deberá solicitar ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.

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Para calcular el importe de la segunda y siguientes parcialidades, se multiplicará el importe del resultado obtenido conforme al punto anterior (Monto de la primera parcialidad), por el factor de 1.057.

Recargos por Pago Extemporáneo

En caso de que no pague alguna parcialidad a más tardar el último día de cada uno de los meses del periodo, Usted estará obligado a pagar recargos por falta de pago oportuno. Se multiplicará el número de meses de atraso por el factor de 0.013; al resultado de esta multiplicación se le sumará la unidad y, por último, el factor así obtenido se multiplicará por la cantidad que se obtenga conforme al punto anterior.

Solicitud de Pago en Parcialidades para Otros Adeudos Fiscales

¿Quién puede solicitarlo y cuándo?

Cualquier contribuyente que tenga una deuda con el SAT y que quiera regularizar su situación fiscal puede solicitar el pago en parcialidades. Sin embargo, es importante conocer las condiciones y requisitos específicos para obtenerlo. Puedes realizar la solicitud después de que el SAT haya notificado el crédito fiscal o si tu contador haya detectado una omisión y decidas autocorregirte. Si se trata de adeudos autodeterminados o en autocorrección fiscal, la solicitud debe presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que hayas presentado la declaración.

Requisitos y Proceso de Solicitud a través de Mi Portal

Antes de iniciar el proceso de solicitud se debe realizar un pago inicial de al menos el 20% del monto total del adeudo. Para asegurar el cumplimiento de la solicitud, debes generar una línea de captura y realizar el pago inicial.

Para requisitar el formulario, sigue estas indicaciones:

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  • En el apartado Descripción del Servicio en Trámite, selecciona la opción "Pago a plazos 66 y 66-A CFF".
  • En Dirigido a: Administración Desconcentrada de Recaudación.
  • En Asunto: Se solicita pago en parcialidades o Se solicita pago diferido.
  • En Descripción: señala brevemente la cantidad de parcialidades solicitadas o si se trata de un pago diferido, la fecha en que solicitas cubrir el adeudo.
  • En Adjuntar archivo; en Elegir archivo selecciona los documentos digitalizados en formato PDF que contienen la información que subirás.

Los requisitos principales para adjuntar son:

  1. Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2.

Respuesta del SAT y Posibles Requerimientos

El SAT te notificará a través del Buzón Tributario, con la respuesta de aprobando o denegando el pago en parcialidades.

Si omitiste señalar algún requisito en la solicitud dentro del plazo de 15 días siguientes a la recepción de tu solicitud, la autoridad emitirá el requerimiento de información faltante, mismo que debes solventar en un plazo de 5 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación de dicho requerimiento.

Si no se cumple con todos los requisitos, el SAT puede emitir un requerimiento para completar o corregir los datos.

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