El Complemento para Recepción de Pagos, también conocido como CFDI de pagos o Recibo Electrónico de Pago (REP), es un tipo de CFDI que tiene como función principal respaldar el pago de una factura previa cuando dicho pago no se completa en una sola exhibición, es decir, cuando los pagos se reciben en parcialidades o de forma diferida. Este documento fiscal se introdujo en la versión 3.3 del CFDI y, tras diversas actualizaciones, el Complemento de pagos actual corresponde a la versión 2.0.
¿Qué datos incluir sobre la cuenta ordenante?
De forma adicional, pero no obligatoria, se podrán agregar detalles de los datos de la cuenta desde la cual se hizo el pago, así como la información de la cuenta receptora, número de operación y RFC de la entidad emisora. En el caso de pagos realizados a través de transferencia electrónica, no es necesario incorporar información bancaria detallada, como el número de operación, cuenta ordenante, cuenta beneficiaria, nombre del banco, tipo de cadena de pago, entre otros; sin embargo, de acuerdo al SAT, los datos anteriores no son obligatorios, pero en caso de colocarlos es importante que cumplan con las especificaciones descritas.
Requisitos de formato para la cuenta ordenante
La siguiente tabla muestra las formas de pago comunes y los requisitos de longitud que deben cumplir los dígitos de la cuenta ordenante:
- Transferencia electrónica: Deben ser 11 o 18 dígitos. Si su cuenta no tiene esa longitud, debe completarla con ceros al principio.
- Cheque nominativo: Deben ser 10, 11, 15, 16 o 18 dígitos.
- Tarjeta de débito: Deben ser 10, 16 o 18 dígitos. Si su cuenta no tiene esa longitud, debe completarla con ceros al principio.
- Tarjeta de crédito: Deben ser 10 o 18 dígitos.
Momentos y obligatoriedad de emisión
Las facturas deben llevar este complemento cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición o cuando se realice el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero esta no sea cubierta al momento de la emisión de la factura. La responsabilidad de emitir un Complemento de Pagos recae en las personas físicas o morales que reciben el pago. Debes emitir el REP a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que recibiste el o los pagos.
Información esencial del complemento
De acuerdo con el SAT, cuando emitas un Complemento de Pago, es fundamental incluir la siguiente información:
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- Información del Pago: Fecha de pago, moneda de pago, forma de pago y monto pagado.
- Información de la factura relacionada: Folio fiscal (UUID), moneda de pago, tipo de cambio, método de pago, número de la parcialidad, importe pagado, importe saldo anterior e importe del saldo insoluto.
Cumplir con las obligaciones fiscales es crucial para evitar sanciones. Si no emites un Complemento de Pago cuando es requerido, las autoridades fiscales pueden imponer multas significativas, además de que el receptor del complemento no podría deducir la cantidad pagada ni acreditar el IVA correspondiente.
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