Para garantizar la transparencia en la administración pública, es fundamental cumplir con las obligaciones de transparencia activa. Si eres una autoridad, funcionario o servidor público del Estado o candidato a un cargo público, deberás presentar tu Declaración Jurada de Intereses o de Carácter Preventivo a la Contraloría General de la República (CGR).
Marco Legal y Competencias
El marco normativo ha experimentado cambios significativos para fortalecer la fiscalización. Mediante el Reglamento de la Ley N° 31227 se transfirió a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la Declaración Jurada de Intereses (DJI).
Es importante destacar que la plataforma donde obran las DJI ha sido desarrollada por la Secretaría de Gobierno Digital en coordinación con la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), bajo el amparo del Decreto de Urgencia N° 020-2019 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 091-202-PCM; normas derogadas con la entrada en vigencia de la Ley N° 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos.
Importancia de la Rendición de Cuentas
La presentación de este documento no es solo una formalidad, sino una herramienta de prevención. Este instrumento de rendición de cuentas permite conocer la evolución del patrimonio y los intereses y con base en esto, detectar posibles irregularidades que afecten al servicio público, instituyéndose en instrumentos para, junto con otras acciones preventivas de fiscalización, inhibir prácticas corruptas y de enriquecimiento inexplicable o ilícito.
Tipos de Declaración y Plazos
Dependiendo de la situación del obligado, existen diferentes momentos para cumplir con esta responsabilidad:
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- ANUAL/MODIFICACIÓN: Durante el mes de mayo de cada año se presenta la declaración del tipo anual.
- CONCLUSIÓN: Si estás causando baja al servicio público de Zapopan, Jalisco, debes presentar tu Declaración del tipo conclusión.
Resumen de Modalidades de Presentación
| Tipo de Declaración | Plazo o Condición |
| Anual o por Modificación | Durante el mes de mayo de cada año se presenta la declaración del tipo anual. |
| Por Conclusión de labores | Si estás causando baja al servicio público de Zapopan, Jalisco, debes presentar tu Declaración del tipo conclusión. |
Información de Contacto y Atención
Para resolver cualquier inquietud sobre el llenado o envío del documento, los obligados cuentan con canales de soporte técnico y orientación. Si tienes consultas o dudas, puedes comunicarte de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m.
En caso de requerir asistencia presencial, puede dirigirse al Centro Integral de Servicios Zapopan (CISZ)Prolongación Avenida Laureles 300,Colonia Tepeyac, C.P.
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