¡Alerta! Corte Decide que Afores No Pueden Retener 20% de ISR en Retiros para el Retiropost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Sentencia Judicial y la Retención del 20% de ISR

Nulidad de Retenciones por Afores

PRODECON obtuvo sentencias emitidas por diversas Salas Regionales del TFJFA en las que se declaró la nulidad de las Reglas utilizadas por las Afores y por PENSIONISSSTE para retener el 20% del total de los recursos de la subcuenta de ahorro para el retiro que se entregan a los contribuyentes que concluyen su vida laboral.

Un contribuyente mayor de 65 años que solicitó el retiro total de su fondo de inversión, fue objeto de una retención del 20% de ISR que aplicó la institución financiera encargada de administrar los recursos existentes en dicho fondo.

El Contexto de la Retención del 20%

La medida pretende modificar el actual procedimiento fiscal para los retiros en una sola exhibición de las Afores, por el cual retienen por concepto de ISR el 20% del importe del retiro.

Esto también era aplicable para las personas mayores de 65 años que sacaran su dinero tras no alcanzar una jubilación.

Para quienes no alcanzan las 1250 semanas de trabajo formal, la opción que queda es retirar el saldo acumulado en su cuenta individual, a ese monto se les retiene el 20%, por lo que la propuesta de eliminar el ISR al retiro total del dinero de la Afores puede beneficiar a las personas próximas a cumplir 65 años.

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Las Afores han llegado a retener hasta el 30% a quienes retiran el saldo acumulado.

Propuestas Legislativas para la Eliminación del ISR en Retiros

El Paquete Económico 2020

La retención del impuesto sobre la renta (ISR) para los retiros en los administradores de fondos para el retiro (Afore) podría quedar eliminada si se aprueba la propuesta incluida en el Paquete Económico 2020.

De aprobarse el Paquete Económico 2020 realizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la retención del 20% quedaría eliminada.

La eliminación de la tasa de retención del 20% al retiro en Afores beneficiaría a las personas que están por jubilarse en el país en los próximos años.

En los próximos años el país tendrá una mayor tasa de población en la vejez y sin una pensión digna corren el riesgo de vivir en la pobreza.

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Alrededor de 80,000 personas alcanzarán la edad de jubilación para 2022, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Actualmente, la aportación obligatoria de los trabajadores para su Afore es de 6.5% de su sueldo, esto significa que para su retiro recibirá alrededor del 26% de su último sueldo si alcanzan a obtener una pensión.

Los trabajadores destinan el 6.5% a su Afore porque se los descuentan de su sueldo, pero con ese ahorro sólo alcanzarán a tener el 26% de su último sueldo para su vejez.

Reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR)

Las comisiones de Hacienda y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron este miércoles la reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR).

Con ella pretenden lograr mejores rendimientos de los ahorros para el fondo de retiro de los trabajadores.

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Se eliminó el tiempo de espera para retirar el ahorro voluntario cuando ellos lo deseen.

También modificaron el cobro de comisión que ahora será sobre el saldo y otra por el desempeño de las inversiones.

De igual manera, ayudará a generar un portafolio de inversión desde el inicio de la vida laboral de las personas y hasta que concluya.

Aspectos Fiscales y Exenciones en Aportaciones

Exenciones de ISR para Recursos de Retiro

Los recursos SAR 92 y/o RCV están exentos hasta 90 UMA* por cada año cotizado.

Existen diversas disposiciones que establecen la exención del ISR para los recursos de las subcuentas de ahorro para el retiro bajo ciertos límites:

  • Los recursos de las citadas cuentas están exentos del ISR hasta por el equivalente a 90 veces el valor de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente. Por el excedente, las Afores podrán realizar la retención del ISR aplicando la tasa prevista en la Regla 3.11.2. Fundamento: Artículo 93, fracción XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, regla 3.11.2.
  • Los recursos de las citadas subcuentas están exentos del ISR hasta por el equivalente a 90 veces el valor de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente. Por el excedente, el trabajador o su(s) beneficiario(s), podrán optar porque las Afores realicen la retención del ISR aplicando la tasa prevista en la Regla 3.11.2. Fundamento: Artículos 93, fracción XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 171 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y reglas 3.11.2., 3.11.3. y 3.11.7.
  • Los recursos de las citadas subcuentas están exentos del ISR hasta por el equivalente a 90 veces el valor de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente. Por el excedente, el trabajador o su(s) beneficiario(s), podrán optar porque las Afores realicen la retención del ISR aplicando la tasa prevista en la regla 3.11.2. Fundamento: Artículos 93, fracción XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 171 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y reglas 3.11.2., 3.11.3.
  • Los recursos de las citadas subcuentas están exentos del ISR hasta por el equivalente a 90 veces el valor de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente. Por el excedente, el trabajador o su(s) beneficiario(s), podrán optar porque las Afores realicen la retención del ISR aplicando la tasa prevista en la regla 3.11.2. Fundamento: Artículo 93, fracción XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta y las reglas 3.11.2., 3.11.3. y 3.11.7.
  • Los recursos de la citada cuenta están exentos del ISR hasta por el equivalente a 90 veces el valor de la unidad de medida y actualizacin (UMA) vigente.

Aportaciones Voluntarias y su Deducción

Tanto las aportaciones voluntarias como las complementarias de retiro pueden ser deducibles de impuestos en el año en que se depositan (Art. 151, Fracc. V de la Ley del ISR vigente).

Pueden ser deducibles hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco unidades de medida y actualización del contribuyente, elevadas al año (Último párrafo del artículo 151 de la Ley del ISR vigente).

Si se dispone del ahorro hasta el retiro, las aportaciones que retire el trabajador estarán exentas.

Constancia de Retención de Impuestos

Para obtener la Constancia de Retención de Impuestos (ISR), la puedes obtener por medio de tus Servicios en Línea.

Otras Propuestas en el Paquete Económico 2020: Retención del Ahorro General

El tema del ahorro ha estado a la expectativa y es un tema que se seguirá con atención en las discusiones del Congreso, porque se propuso aumentar la tasa de retención de ISR y para que el SAT lo devuelva, los contribuyentes deberán presentar una declaración.

De acuerdo con la propuesta, la tasa de retención del ahorro aumentará de 1.04% a 1.45%, esto provocaría que las instituciones financieras eleven los intereses a los clientes que guardan dinero.

Hacienda incluye que las retenciones de ISR sólo se puedan recuperar por medio de la declaración anual, si el contribuyente no la presenta el SAT no le hará una devolución.

Esta medida causó polémica en los días consecuentes a la entrega del Paquete Económico 2020 porque desincentivaría el ahorro. Si el ahorro para el retiro es mayor, entonces las personas tendrán más recursos para solventar su vejez, dijo Vela Dib.

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