El nuevo gobierno federal, encabezado por el Lic. Andrés Manuel López Obrador, implementó una serie de estímulos fiscales en la región fronteriza norte (RFN) de México. Este estímulo induce a varios cambios en materia fiscal que aplicarán a la RFN. Estos incentivos, vigentes desde 2019, buscan fortalecer la economía local y mejorar la competitividad frente a las zonas fronterizas de Estados Unidos.
Marco Legal del IVA en la RFN
Se analiza la Ley del Impuesto al Valor Agregado aplicada a la RFN. El IVA, según la LIVA, se aplica a:
- Enajenación de bienes.
- Prestación de servicios independientes.
- Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
- Importación de bienes y servicios.
La tasa general del IVA es del 16%. En el penúltimo párrafo del artículo 1º de la LIVA se presenta la fórmula para determinar el IVA a pagar, en términos de esta Ley.
Beneficios Fiscales en la Región Fronteriza
El 26 de diciembre de 2024, se anunció la extensión de los estímulos fiscales en la región fronteriza norte de México, incluyendo Baja California. La prórroga, publicada en el Diario Oficial de la Federación, extiende la vigencia de estos beneficios hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Se mantiene una tasa reducida del 8%, en contraste con la tasa general del 16% aplicable en el resto del país.
- Impuesto sobre la Renta (ISR): Continúa la reducción al 20% para personas físicas y morales que realicen actividades empresariales en la región.
Requisitos para Acceder a los Estímulos
Para beneficiarse de estas tasas reducidas, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre los cuales se incluyen:
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- Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Tener domicilio fiscal en la región fronteriza norte.
- Demostrar la realización de operaciones económicas reales en la zona.
- No encontrarse en listas de contribuyentes incumplidos o con créditos fiscales firmes.
Análisis Económico del IVA
El IVA tiene dos aspectos fundamentales: el jurídico y el económico. El jurídico define quién está obligado a pagar el impuesto, mientras que el económico analiza quién realmente soporta la carga del impuesto. El IVA a pagar es la carga que afronta el productor, dependiendo de la elasticidad de la demanda en relación al precio.
Elasticidad de la Demanda y Traslación del IVA
La elasticidad de la demanda en relación al precio es un factor clave para determinar cuánto del impuesto se trasladará al precio. Cuando la demanda es elástica, la elasticidad de la demanda tiende a ser mayor que 1 (o muy alta). Si la demanda de bienes es mayor que la variación en precio, la elasticidad de la demanda tiende a ser más elástica. Si la demanda es inelástica, el precio se eleva más de lo que se reduce la cantidad consumida, y la carga tributaria recae en el productor.
Impacto en la Actividad Económica Regional
¿Qué efectos prevalecerán en la economía regional como consecuencia de estos cambios en los precios finales de bienes y servicios? La continuidad de estos estímulos es vista como una medida positiva para el sector comercial y empresarial de Baja California y otras entidades fronterizas. Al reducir las cargas fiscales, se busca incentivar la inversión, fomentar la creación de empleos y ofrecer precios más competitivos a los consumidores locales. Se espera que impactará positivamente a variables claves como el empleo 2.2% y el valor agregado 2.6% para la RFN.
De acuerdo con la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, la homologación del IVA fronterizo no cumple en términos de justicia social, pues las regiones fronterizas tienen condiciones de mercado diferentes, aunado a que por el aumento en precios que, con menor capacidad adquisitiva, generará menos actividad económica, razón por la cual, resulta contraria al ideal de justicia tributaria.
Modelos de Insumo-Producto para el Análisis del IVA
Se utiliza el modelo ampliado de insumo producto para analizar los efectos económicos en variables clave debido a cambios exógenos de precios. Este modelo permite analizar los encadenamientos hacia adelante y hacia atrás de los sectores económicos.
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Metodología Bi-Regional
El análisis se realizó usando un enfoque bi-regional, diferenciando entre la Región Fronteriza Norte (RFN) y el Resto de México (RMX). Este enfoque requiere una matriz de importaciones totales de la RFN que represente el comercio entre regiones. La información se distribuye entre bienes intermedios y finales, ajustando los datos mediante el RAS modificado.
Resultados del Modelo Bi-Regional
El modelo bi-regional muestra que las compras totales de la RFN ascienden a $849,694 millones de pesos, en tanto que para RMX suman $6, 921, 965 millones de pesos. Las ventas de la RFN desde el RMX ascienden a $793,211 millones de pesos. La producción total para la RFN es de $2,291,530 millones de pesos y para RMX de $14,468,471 millones de pesos.
Impacto Sectorial de los Estímulos Fiscales
Los cambios en los coeficientes técnicos reflejan los efectos sectoriales de la reducción del IVA. Se observa un predominio de la actividad de la IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) en la región. La elevación del valor agregado de 2.24% en empleo y de 2.64% en valor agregado en la RFN en su totalidad. En el sector de automotrices muestra un cambio de 9.13%.
La extensión de estos estímulos hasta finales de 2025 brinda certidumbre a los empresarios y comerciantes de la región, permitiéndoles planificar a mediano plazo.
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