Es fundamental recordar que el saldo a favor es un derecho de los contribuyentes. Esto sucede cuando, al calcular tus impuestos, resulta que pagaste más de lo necesario.
¿En qué consiste este derecho?
Según el portal de trámites y servicios del Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuando tienes saldo a favor, puedes solicitar las devoluciones correspondientes. El saldo a favor es el dinero que el SAT te debe devolver cuando has pagado más impuestos de los que debías.
Por ejemplo, si has hecho deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas o intereses hipotecarios, y al hacer tu declaración, el cálculo final muestra que has pagado más de lo necesario.
Plazos legales para la devolución
El SAT informó que el plazo límite legal para las devoluciones automáticas de impuestos son 40 días hábiles, con lo que descartó que esté negando las devoluciones a los contribuyentes que realizaron su Declaración Anual por falta de dinero. De acuerdo con la ley, el SAT no incurre en ninguna falta si está dentro de los 40 días hábiles.
De acuerdo al Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) tiene un plazo de hasta 40 días hábiles para realizar la devolución de tu saldo a favor, contados a partir de la fecha en que presentaste tu solicitud. El tiempo oficial que maneja el SAT es de 40 días hábiles a partir de que presentas tu solicitud de devolución.
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El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece que cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, incluyendo el número de cuenta para transferencia electrónica al contribuyente.
Agrega que las autoridades fiscales, para verificar la procedencia de la devolución, podrá requerir al contribuyente, en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la misma.
Sin embargo, si solicitaste una devolución automática (es decir, cuando haces tu declaración anual), el plazo puede ser más corto: aproximadamente entre 10 y 12 días.
Actualmente, el promedio de tiempo en que se hace la devolución es de seis días hábiles, gracias a la implementación del mecanismo de devolución simplificada, que ha permitido que el plazo sea mucho menor al que establece el Código Fiscal, que es de 40 días, posteriores a la solicitud.
Factores que pueden retrasar la devolución
Sin embargo, si detectan alguna irregularidad en tu declaración, pueden hacer una revisión más profunda y extender ese tiempo. Si ha pasado el plazo establecido y aún no has recibido tu devolución, lo primero que debes hacer es revisar el estatus de tu solicitud en el portal del SAT.
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Algunos de los factores que pueden retrasar la devolución incluyen errores en tu declaración, inconsistencias en tus datos fiscales (como un RFC mal registrado), o que el SAT simplemente quiera revisar tu información más a fondo.
Si no recibiste tu saldo a favor, puede ser porque haya algunas inconsistencias. Para resolverlo, entra al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña.
Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución.
Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
¿Qué hacer si no se autoriza el saldo a favor?
Así, el monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.
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Ahora bien, ¿qué puedes hacer si no se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente?
- Cuando hayan transcurrido 10 días, deberás realizar una solicitud normal de devolución, luego de la cual el SAT tendrá un plazo de 40 días hábiles para actuar.
Requisitos y recomendaciones
Los requisitos pueden variar dependiendo del impuesto (IVA, Impuesto sobre la renta ISR y otras contribuciones).
Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
Para evitarte dolores de cabeza, asegúrate de que todos tus datos estén correctos antes de enviar tu declaración. Revisa bien tu RFC, asegúrate de que las cuentas bancarias estén a tu nombre, y no te olvides de adjuntar los comprobantes necesarios.
Proceso para solicitar la devolución
- Llena el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Captura los datos del saldo a favor que deseas recuperar.
- Adjunta la documentación requerida (si aplica). En algunos casos te pedirán comprobantes adicionales, como estados de cuenta con tu CLABE, facturas o contratos.
- Revisa y envía tu solicitud. Asegúrate de que todos los datos estén correctos.
- Descarga el acuse de recibo. Guarda el comprobante como prueba de que hiciste la solicitud.
¿Cómo verificar el estado de tu devolución?
Si no recibes el depósito, verifica el estatus de tu trámite desde el portal del SAT. Ingresa a la sección “Devoluciones y compensaciones” y consulta “Seguimiento de trámites y requerimientos”.
En caso de que no estés de acuerdo con la negativa, tienes la opción de presentar una aclaración desde el portal del SAT, en la sección “Mi portal”. Si el problema continúa sin resolución, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON). Ahí recibirás orientación gratuita para dar seguimiento a tu solicitud.
Declaraciones recibidas y devoluciones pagadas
Al corte del 15 de abril pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recibido 6 millones 561 mil 182 declaraciones de personas; es decir 801 mil 229 más que en el mismo periodo del año anterior, lo que representa un incremento de 14 por ciento. Hasta esa misma fecha, el SAT ha pagado devoluciones de impuestos a un millón 300 mil contribuyentes. El importe de esos pagos asciende a 10 mil 323 millones de pesos.
Consideraciones adicionales
- Saldo a favor mayor a $10,000.00: Si el saldo a favor es mayor a $10,000.00 y no excede de $50,000.00, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente.
- Buzón Tributario: Para verificarlo, ingresa a la página del SAT y haz clic en Buzón Tributario (ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma).
