Las leyes fiscales son aquellas que rigen las obligaciones fiscales de los contribuyentes y lo hacen acompañadas de los reglamentos para su aplicación. En términos legales, un reglamento “es un acto formalmente ejecutivo y materialmente legislativo”. Por decirlo de manera sencilla, sirve para la ejecución de las Leyes. El Presidente de la República es quien se encuentra habilitado para promover la expedición de reglamentos, según lo estipulado en el Art. 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Estructura del sistema fiscal mexicano
Hay muchos ordenamientos, e incluso algunas normas concentran la mayor parte de las obligaciones, procedimientos de pago, reglas de contabilidad, declaraciones y mecanismos de verificación aplicables en México. Entre los principales ordenamientos se encuentran:
- Ley del Impuesto sobre la Renta: Regula el cobro del impuesto sobre la renta sobre los ingresos obtenidos por personas físicas y morales.
- Ley del Impuesto al Valor Agregado: Regula el impuesto que grava actos de consumo relacionados con bienes, arrendamientos, importaciones y prestación de servicios.
- Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: Aplica sobre determinados productos y actividades específicas, como combustibles, bebidas alcohólicas y tabaco.
- Código Fiscal de la Federación: Es el ordenamiento que establece las reglas generales de procedimiento administrativo en materia tributaria.
Los reglamentos a las leyes fiscales y aduaneras que aplican en México son: RLISR, RLIVA, RLIEPS, RCFF, RLA y RLFIEL. Esto incluye a la Miscelánea Fiscal, que propiamente se trata de un reglamento a pesar de ser más recibida como una ley.
El principio de reserva de ley y la potestad tributaria
Tradicionalmente, el principio de reserva de ley responde a la exigencia de que sean los representantes del pueblo los que autoricen los actos de poder público tendientes a recaudar tributos. Así, es el Estado, a través del Poder Legislativo, el único que puede crear, modificar o suprimir impuestos destinados a cubrir el gasto público. Este principio garantiza un marco de coherencia en la toma de decisiones en materia financiera al confiarle al órgano constitucionalmente investido de la facultad de crear, modificar o extinguir este tipo de recurso, la potestad de determinar cómo gastarlos a través del Presupuesto Público.
Alcance de la reserva de ley
La reserva de ley en materia tributaria implica que la ley formal-material defina con precisión los elementos esenciales de la obligación tributaria:
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- El aspecto material, subjetivo, temporal y espacial de la hipótesis de incidencia.
- El elemento cuantitativo de la obligación tributaria.
- Anticipos, retenciones y percepciones.
- Las exenciones, exclusiones, beneficios y remisiones de deudas tributarias.
- Los ilícitos, las sanciones y los deberes formales.
Decretos y facultades del Poder Ejecutivo
En el ejercicio de sus potestades, la Administración se encuentra habilitada para emitir actos y reglamentos. Mediante los “reglamentos autónomos”, el Poder Ejecutivo ejerce competencias constitucionales propias. De su parte, los “reglamentos ejecutivos” importan una tarea de reglamentación propia de la Administración, como órgano encargado de instrumentar y efectivizar las leyes.
Respecto a los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNUs), la doctrina ratifica que, si el estado de necesidad y urgencia no existiere, el reglamento que se dictare resultaría nulo por carecer de causa. En materia fiscal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha construido una doctrina jurisprudencial que sienta definitivamente su posición acerca de la improcedencia de los DNUs en materia tributaria en virtud del principio de reserva de ley.
Ejemplos de decretos y beneficios fiscales recientes
| Descripción del Decreto | Contexto |
|---|---|
| Reforma sobre beneficios fiscales a contribuyentes (junio 2024) | Otorgamiento de estímulos |
| Reforma sobre beneficios fiscales a contribuyentes (septiembre 2024) | Actualización normativa |
| Fomento a la regularización de vehículos usados | Procedencia extranjera |
| Estímulos por servicios migratorios | Derechos |
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