El sector primario, que abarca la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura, cuenta con un régimen fiscal que permite deducir diversos gastos operativos, reduciendo la carga tributaria de los contribuyentes. La deducción de gastos en el sector primario es una herramienta clave para reducir la carga fiscal y mejorar la rentabilidad del negocio. A continuación, exploramos diversas deducciones y consideraciones importantes para los agricultores y otros actores del sector.
Definición y Reporte de Actividades Agrícolas
Las granjas incluyen ranchos, sembradíos y huertos. Mientras algunos crían ganado, aves de corral o peces, otros cultivan frutas y verduras. Todos los ingresos de granja se reportan en el Anexo F, Ganancias o Pérdidas de la Agricultura.
Ingresos Comunes en Actividades Agrícolas
- Seguro de Cosecha: Pagos que recibe del seguro por daños a la cosecha cuentan como ingreso.
- Venta de artículos comprados para reventa: Si vendió ganado u otros artículos que compró con el propósito de revender, debe declarar la venta. Su ganancia o pérdida es la diferencia entre su precio de venta y la base. Por lo general, la base es el costo del artículo.
- Ventas relacionadas al clima: El mal tiempo como una sequía o una inundación puede forzarlo a vender más ganado de lo normal para ese año.
Gastos Deducibles en la Granja
Los granjeros pueden deducir gastos ordinarios y necesarios que hayan pagado por su negocio. Un gasto ordinario es un gasto común y aceptado en la industria.
- Salarios de Empleados: Puede deducir los sueldos que haya pagado a trabajadores en su granja de tiempo completo y tiempo parcial.
- Reembolso de Préstamos: Sólo se pueden deducir los intereses que pagó sobre el préstamo si este se usó para su negocio agrícola.
- Pérdidas Netas de Operación: Si sus gastos son mayores que sus ingresos para ese año, es posible que tenga una pérdida neta de operación. Puede aplicar la pérdida a otros años y deducirla entonces. Podría obtener un reembolso por una fracción o el monto total de los impuestos que pagó en años anteriores.
- Promedio de Ingresos Agrícolas: Es posible que pueda promediar todos o algunos de los ingresos agrícolas del año en curso a lo largo de los últimos tres años.
Para más detalles sobre estos temas, vea la Publicación 225, Guía tributaria para granjeros. Se puede conseguir en IRS.gov/forms en cualquier momento.
Deducciones por Inversión en Activos: La Sección 179
La Sección 179 del Código de Impuestos Internos permite que los costos de los activos elegibles se deduzcan de los ingresos brutos en el primer año de uso en lugar de depreciarse con el tiempo. Esto les ofrece a los agricultores una manera de ahorrar dinero en la compra de algunas maquinarias y equipos agrícolas, software e inmuebles si se compran antes de que finalice el año calendario. Originalmente promulgada en 1958 para fomentar la inversión comercial, hoy los agricultores pueden aprovechar la Sección 179 del Código para deducir el precio total de la compra de un activo comercial, como un tractor, o combinarlo a partir de los ingresos brutos. La ley OBBBA aumentó los máximos de gastos de deducción permitidos en virtud de la Sección 179 del Código. La Sección 179 les ofrece a los compradores opciones y flexibilidad para decidir qué compras incluir y cuáles reservar para futuros beneficios fiscales.
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Límites de Deducción de la Sección 179 para el Año Fiscal 2026
Para el año fiscal 2026, los límites de la Sección 179 son los siguientes:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Límite máximo de deducción | $2,560,000 |
| Monto de reducción (si la propiedad aplicable supera) | $4,090,000 |
| Límite adicional para vehículos utilitarios que califican | $32,000 |
Consideraciones Importantes sobre la Sección 179
“La Sección 179 es ciertamente una herramienta poderosa para los agricultores, pero también viene con algunos elementos a tener en cuenta. “Si vendes el activo por el que aplicaste la deducción en virtud de la Sección 179 antes del final de su vida útil, podrías estar sujeto a las reglas de recuperación”, afirmó. “Si estás planeando la transición de tu operación a la siguiente generación, es posible que estés construyendo un muro fiscal que puede obstaculizar tu capacidad de transición efectiva y eficiente de esos activos como deseas. Y recuerda que aún tienes que pagar cualquier préstamo utilizado para comprar los equipos y la maquinaria.”
Facilidades Administrativas para el Sector Primario en México
En el contexto mexicano, la fracción XXIII del artículo noveno de las DTLISR2014 establece que el SAT, mediante reglas de carácter general, podrá otorgar facilidades administrativas y de comprobación para el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes del régimen de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Para determinar el monto de los gastos menores sujetos a la facilidad de comprobación que nos ocupa, se deberá considerar la proporción que estos gastos representen en el ejercicio de que se trate, respecto de la suma del total de las erogaciones por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores, del mismo ejercicio, siempre que esta proporción no sea mayor a la que se determine para el ejercicio inmediato anterior. Al monto de gastos menores determinado, se le aplicará el factor que resulte de restar a la unidad, la proporción menor a que se refiere el párrafo anterior.
Reforma Fiscal y su Impacto Potencial en el Sector Agropecuario Mexicano
El sector agropecuario es uno de los más afectados por la reforma fiscal planteada por el ejecutivo federal, pues con las medidas propuestas, pone en riesgo las actividades primarias de la economía nacional.
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Aumento Propuesto del ISR
La reforma propone un aumento de ISR a los productores agrícolas para llevarlo al 32% tanto para personas físicas como morales. Actualmente los contribuyentes del sector primario pagan una tasa de Impuesto Sobre la Renta del 20 o 21%. Con la reforma hacendaria desaparece este régimen especial, y los agricultores y otros sectores primarios pagarán el 32% de ISR.
Impacto en la Agroindustria Azucarera
La Unión Nacional de Cañeros manifestó que la reforma afectará gravemente a la agroindustria azucarera ya que busca gravar con un peso por litro las bebidas azucaradas e incrementar dos pesos por kilo de azúcar a los productos que utilizan este tipo de edulcorante como materia prima. No es acertado señalar al azúcar como el principal causante de la obesidad, pues es un problema multifactorial; de acuerdo a las estadísticas, en los últimos años ha disminuido el consumo de 50 a 40 kilos per cápita, mientras que los índices de obesidad han seguido en aumento. Al gravar las bebidas azucaradas, los industriales cambiarían a edulcorantes más baratos, en su mayoría importados, como el jarabe de maíz de alta fructosa, desplazando entre 250 y 300 mil toneladas de azúcar mexicana.
Impuesto a Agroquímicos
La reforma hacendaria plantea un impuesto del 9% promedio a los agroquímicos, insumos que actualmente son necesarios en la mayor parte de la producción agrícola. Considerando que el espíritu de esta medida es ambiental y no recaudatorio, debe ofrecer soluciones alternativas. Por ejemplo en España, hace unos 15 años se subsidiaba el uso de productos para control biológico y biorracional de plagas y enfermedades; una vez que la demanda aumentó los precios bajaron y se pudo eliminar el subsidio.
Si todo el aumento en la recaudación se canalizará a programas sociales, se sabe de antemano que esto no dará resultados favorables en cuanto a la productividad del sector, sería mejor crear programas de extensionismo y capacitación agrícola de alta calidad.
Recomendación Fundamental
Mientras te comunicas con tu especialista en impuestos para determinar si las deducciones en virtud de la Sección 179, la depreciación de bonificación y otras deducciones te convienen, puedes encontrar más información útil en la Guía fiscal del IRS para agricultores. 👉 Consulta con un especialista en fiscalidad agropecuaria para asegurarte de deducir correctamente tu maquinaria y maximizar los beneficios fiscales para tu negocio. 👉 Consulta con un especialista en fiscalidad agropecuaria para asegurarte de aplicar correctamente las deducciones fiscales y reducir tu ISR.
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