Regularmente, durante los meses de mayo y junio las empresas, personas morales y físicas, llevan a cabo el pago la PTU a sus trabajadores. Por ello, consideramos importante puntualizar el tratamiento que debe de ser considerado, respecto de la PTU exenta de retención de ISR para los trabajadores que la reciben.
¿Qué es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)?
Mejor conocido como Reparto de Utilidades, es un derecho laboral en México que permite a los empleados recibir una parte de las ganancias netas que genera la empresa donde trabajan. Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece.
Representa el derecho que tienen los empleados a recibir una parte de las utilidades generadas por la empresa durante un ejercicio fiscal.
Fundamento Legal del PTU
La obligación de pagar la PTU está respaldada por la ley. Lo establecen el artículo 123 de la Constitución Mexicana y el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo. Esta obligación, establecida en la Ley Federal del Trabajo, se activa una vez que la empresa obtiene utilidades netas y presenta su declaración anual ante el SAT.
Al igual que otros montos pagados a los colaboradores como el salario base de cotización, el porcentaje de la Participación de los Trabajadores está regulado por la ley. Específicamente, el PTU es fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (CONAPROPTU).
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El cálculo de la PTU parte de las utilidades netas que recibe una empresa al final del año fiscal. De esa utilidad, la ley obliga a repartir el 10% entre los trabajadores.
¿Quién tiene derecho a recibir PTU y cuándo se realiza el pago?
En términos generales, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU. Tienen derecho a recibir PTU todos los trabajadores que hayan prestado un servicio personal subordinado, en otras palabras, personas que laboren bajo las órdenes de un patrón y reciban un salario a cambio.
Extrabajadores, es decir, personas que ya no laboran en la empresa, pero que trabajaron al menos 60 días en el ejercicio fiscal anterior. Si trabajaste al menos 60 días durante el año en que la empresa generó utilidades, puedes recibir PTU, aunque ya no trabajes ahí cuando se pague.
Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.
Excepciones al Derecho de PTU
Si bien, la PTU es un derecho generalizado, existen algunas excepciones. Aunque el PTU es un derecho laboral, no todos los trabajadores están contemplados dentro de este beneficio. Quienes toman decisiones dentro de la empresa, por su papel directivo, quedan fuera del reparto.
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Plazos de Pago del PTU
El reparto de utilidades se debe hacer dentro del año siguiente a cuando se generaron las ganancias. Cada año, los patrones tienen la obligación de cumplir con el pago del PTU de manera puntual, periodo que comienza en mayo.
Para las empresas (personas morales), el plazo para el pago de la PTU abarca desde el primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo. Los recibos de PTU generalmente se timbran al momento de realizar el pago a los trabajadores.
Los trabajadores dispondrán libremente de las cantidades que les correspondan por concepto de utilidades. Las utilidades se pagarán directamente al trabajador. Solo en los casos en que este imposibilitado para efectuar personalmente el cobro, el pago se hará a la persona que designe como apoderado mediante carta poder suscrita por dos testigos.
PTU: ¿Deducción Autorizada o Concepto Disminuible para las Empresas?
Abordando la cuestión central, es fundamental comprender el tratamiento fiscal de la PTU para las empresas.
Marco Legal y Distinción Clave
No. Recordemos que, en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), dicha PTU es un concepto disminuible de la utilidad fiscal, ya sea en la determinación del impuesto anual, o bien, en el cálculo de los pagos provisionales, y no una deducción autorizada.
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Por otro lado, en el citado artículo 28, en su fracción XXVI se indica que no podrán deducirse las cantidades que tengan el concepto de Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU). Por su parte, el artículo 28, fracción XXVI del mismo ordenamiento, dispone que no podrán deducirse las cantidades que tengan el concepto de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
Sin embargo, el artículo 9, fracción I, de la Ley del ISR, hace referencia a que se permite disminuir del resultado fiscal, el monto de la PTU pagada durante el ejercicio. El artículo 9, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la posibilidad de que los contribuyentes disminuyan del total de sus ingresos acumulables, además de las deducciones, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagadas en el ejercicio.
La PTU pagada en el ejercicio se refiere al monto efectivamente entregado a los trabajadores por concepto de Participación de los Trabajadores en las Utilidades durante un ejercicio fiscal determinado.
Criterio Jurisprudencial Relevante
Existe un criterio jurisprudencial que clarifica este punto:
RENTA. LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DISMINUIBLE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY DE LA MATERIA, NO ESTÁ SUJETA A LOS FACTORES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 28, FRACCIÓN XXX, DEL MISMO ORDENAMIENTO.
Impacto en Pagos Provisionales y Utilidad Fiscal Neta
Por lo que respecta a los pagos provisionales, el artículo 14 de la Ley en la materia señala que, la utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago y, en su caso, se disminuirá con el monto de la PTU pagada en el mismo ejercicio.
Ante una aplicación literal de la norma, la cual daba origen a una doble disminución de la PTU pagada en la determinación de la UFIN del ejercicio, el SAT tuvo a bien dar a conocer el criterio normativo 36/ISR/N Utilidad fiscal neta del ejercicio.
Por su parte, el artículo 57 de la misma legislación, señala que la pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos.
Cálculo de la PTU
El cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se realiza en dos partes iguales y se considera tanto los días trabajados como el salario percibido.
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.
Pasos Generales para el Cálculo
Para determinar el monto total de la PTU, se siguen los siguientes pasos:
- La primera parte se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
- El monto total de la PTU por salario se obtiene dividiendo el salario total percibido durante el año entre la suma de los salarios de todos los trabajadores de la empresa.
- Finalmente, se suman los dos montos calculados en los pasos anteriores: la PTU por días trabajados y la PTU por salario.
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
El límite máximo tres meses del salario (90 días de salario) se obtendrá de multiplicar el salario del trabajador por 90. El promedio del PTU (Prom. PTU) se obtendrá del valor contenido en la percepción para el reparto de utilidades de los 3 períodos seleccionados. Si alguno de los períodos tiene valor cero, es decir que no se le aplicó monto para ese período, el promedio será de cero.
Ejemplo Ilustrativo del Cálculo de PTU
Por ejemplo, consideremos la siguiente información para una empresa con los siguientes trabajadores y sus ingresos:
| Clave | Nombre completo | Clasificación | Ingresos |
|---|---|---|---|
| 1 | Esqueda Acosta Alicia | CONFI | 80,520.00 |
| 2 | Santos Ávila Héctor | SINDI | 78,428.64 |
| 3 | Aguilar Garcés Mario | SINDI | 60,128.64 |
Datos de jornada laboral para cada trabajador:
| Trabajador 1 | Trabajador 2 | Trabajador 3 | |
|---|---|---|---|
| Jornada completa | Jornada completa | Semana reducida | Jornada y semana reducida |
| Días a la semana | 7 | 7 | 7 |
| Número de días por semana | 7 | 6 | 5 |
| Horas por día | 8 | 8 | 6 |
| Horas de trabajo | 8 | 8 | 8 |
| Faltas con afectación a PTU | 0 | 0 | 0 |
| Días de vacaciones disfrutadas | 0 | 0 | 0 |
| Días del año (en curso) | 365 | 365 | 365 |
Considerando un monto total de utilidades a repartir de $45,300.00 (50% para días trabajados y 50% para ingresos). El tope de ingresos para el trabajador sindicalizado con mayores ingresos (Santos Ávila Héctor) se calcula como $78,428.64 * 0.20 + $78,428.64 = $94,114.37.
Cálculo de Días para PTU e Ingresos Anuales
Se obtiene el total de Días trabajados y de ingresos anuales.
El número de semanas en común para todos los trabajadores es de 52.14 (365.00 / 7.00).
El total de días laborados en el año para cada trabajador se calcula de la siguiente manera:
| T1 | T2 | T3 | |
|---|---|---|---|
| Número de semanas | 52.14 | 52.14 | 52.14 |
| *Días por semana | 7 | 6.00 | 5.00 |
| -Faltas con afectación a PTU | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| -Días de vacaciones disfrutadas | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| =Días laborados en el año | 365.00 | 312.85 | 260.71 |
Para obtener los Días para PTU, se realiza un ajuste por las horas de trabajo:
| T1 | T2 | T3 | |
|---|---|---|---|
| Días laborados en el año | 365 | 312.85 | 260.71 |
| *Horas que labora en el día | 8 | 8 | 6 |
| /Horas de la jornada de trabajo | 8 | 8 | 8 |
| =Días para PTU | 365.00 | 312.85 | 195.53 |
El resumen de Días para PTU e Ingresos Anuales que se considerarán para los cálculos posteriores es:
| Clave | Nombre completo | Días para PTU | Ingresos anuales |
|---|---|---|---|
| 1 | Esqueda Acosta Alicia | 365.00 | 80,520.00 |
| 2 | Santos Ávila Héctor | 312.85 | 78,428.64 |
| 3 | Aguilar Garcés Mario | 195.53 | 60,128.64 |
| Total | 873.38 | 219,077.28 |
Cálculo de Utilidad por Días Trabajados
Se obtiene la utilidad por días trabajados. Si el 50% de la utilidad para días trabajados es 22,650 y el total de días para PTU es 873.38, el factor por día es 25.93.
| T1 | T2 | T3 | |
|---|---|---|---|
| Días para PTU | 365.00 | 312.85 | 195.53 |
| *Factor de días | 25.93 | 25.93 | 25.93 |
| =Utilidad por días | 9,464.45 | 8,112.20 | 5,070.09 |
Cálculo de Utilidad por Ingresos
Se obtiene la utilidad por ingresos.
| T1 | T2 | T3 | |
|---|---|---|---|
| Ingresos anuales del trabajador | 80,520.00 | 78,428.64 | 60,128.64 |
| *50% Utilidad para ingresos | 22,650.00 | 22,650.00 | 22,650.00 |
| /Total de Ingresos anuales | 219,077.28 | 219,077.28 | 219,077.28 |
| =Utilidad por ingresos | 8,324.82 | 8,108.59 | 6,216.59 |
Total de PTU a Repartir
Finalmente, se obtiene el total de PTU a pagar a cada trabajador:
| T1 | T2 | T3 | |
|---|---|---|---|
| Utilidad por días | 9,464.45 | 8,112.20 | 5,070.09 |
| +Utilidad por ingresos | 8,324.82 | 8,108.59 | 6,216.59 |
| =Total PTU | 17,789.27 | 16,220.79 | 11,286.68 |
Casos de Límite Máximo en el Pago de PTU
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
De la consulta del reparto de utilidades se pueden presentar tres casos diferentes, que determinan el monto final a pagar:
| Casos | Descripción | Ejemplo Pago de PTU |
|---|---|---|
| 1 | El monto de PTU es menor al promedio de los tres años pagados de PTU y la suma de 90 días de salario. |
|
| 2 | El monto de PTU es mayor al promedio de los tres años pagados de PTU y la suma de 90 días de salario. Y el promedio de los 3 años pagados de PTU es menor a la suma de los 90 días de salario. |
|
| 3 | El monto de PTU es mayor al promedio de los tres años pagados de PTU y la suma de 90 días de salario. Y el promedio de los 3 años pagados de PTU es mayor a la suma de los 90 días de salario. |
|
Consecuencias por Incumplimiento del Pago de PTU
Si la empresa no realiza el pago de PTU, incurre en una falta legal con una multa de 250 a 5,000 UMA, como lo establece el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.
