El reparto de utilidades representa un ingreso importante para algunos trabajadores. Por esto, es necesario saber cuáles son las circunstancias que afectan negativamente la entrega de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU). Durante la temporada de reparto de utilidades, una de las dudas más comunes en el ámbito empresarial es si un trabajador con incapacidad temporal tiene derecho a recibir la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
Marco Legal y Mecanismo de Cálculo de la PTU
El reparto de utilidades consiste en repartir el 10 % de la utilidad de la empresa entre los trabajadores.
De conformidad con el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT): «La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año».
Para determinar el monto que corresponden a cada uno de los trabajadores la utilidad, se divide en dos partes iguales, la primera se calcula según los días laborados por el personal, y la segunda conforme a los salarios percibidos en el ejercicio de reparto. Se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
En general se debe considerar únicamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro ingreso derivado de su trabajo. En los supuestos de salario variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
Lea también: ¿Qué es Delito Fiscal?
Días Considerados Efectivamente Laborados
Existen situaciones específicas donde, a pesar de la ausencia del trabajador, los días se consideran como efectivamente laborados para el cálculo de la PTU.
Artículo 127 LFT. El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes:
- IV. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
Deben ser considerados como días laborados para su cálculo.
Maternidad
Por maternidad: Según el artículo 127, fracción IV de la LFT, en los periodos prenatal y postnatal concedidos a las madres trabajadoras se consideran como si estuvieran en servicio activo. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.
Riesgos de Trabajo
Por riesgos de trabajo, también deben ser considerados como días laborados para el cálculo de la PTU.
Lea también: ISR personas físicas y morales
En resumen, las personas accidentadas y/o enfermas por cuestiones profesionales y las que presentan incapacidad por maternidad, deben considerarse como personas activas.
Días No Considerados Efectivamente Laborados
Por otro lado, hay circunstancias en las que los días de ausencia no se toman en cuenta para el cálculo de la PTU.
No son días efectivamente laborados:
- Enfermedad general.
Artículo 42 LFT. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
- II. Para determinar el monto que corresponden a cada uno de los trabajadores la utilidad, se divide en dos partes iguales, la primera se calcula según los días laborados por el personal, y la segunda conforme a los salarios percibidos en el ejercicio de reparto.
Enfermedad General
Por enfermedad general: Cuando un miembro de la planta laboral se encuentra incapacitado por una enfermedad no profesional, la relación de trabajo que lo une con su patrón está suspendida. Esto significa que aquel no está obligado a prestar sus servicios, ni su patrón a pagarle salario alguno; en consecuencia, esos días de incapacidad no se toman en cuenta para el cálculo de la participación en las utilidades de la empresa (art. 42, fracc.).
Lea también: Historia de la contabilidad
De acuerdo con el precepto 42, fracción II de la Ley Federal del Trabajo (LFT) la incapacidad temporal ocasionada por una enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo suspende la obligación del colaborador de prestar sus servicios, y la del patrón de pagar salario, sin responsabilidad para ninguna de las partes. Las personas enfermas, no trabajaron, no les cuenta sus faltas como tiempo laborado.
Tabla Resumen de Incapacidades y PTU
Para mayor claridad, se presenta la siguiente tabla con los tipos de incapacidad y su consideración para la PTU:
| Tipo de Incapacidad | ¿Se consideran días laborados para PTU? | Base Legal (LFT) |
|---|---|---|
| Maternidad (pre/postnatal) | Sí (servicio activo) | Art. 127, frac. IV |
| Riesgo de trabajo | Sí (servicio activo) | Art. 127, frac. IV |
| Enfermedad general | No (suspensión de obligaciones) | Art. 42, frac. II |
El Derecho a la PTU en Caso de Incapacidad
No obstante, esta suspensión no extingue la relación laboral, simplemente interrumpe sus efectos de forma provisional. Consecuentemente, si el trabajador incapacitado temporalmente por enfermedad general generó utilidades, tiene derecho a su pago.
Además, la PTU es una prestación generada por el servicio efectivamente realizado durante el año fiscal inmediato anterior (derecho adquirido), y no depende de si el subordinado está o no activo al momento del pago, tan es así, que los extrabajadores pueden cobrarla -arts. 123, Apartado A, fracción IX, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 42, fracc.
Cabe señalar, que la incapacidad temporal no es una excepción para que corra la prescripción de un año (art. 516, LFT).
Plazos de Pago y Sanciones por Incumplimiento
¿Cuándo se paga la PTU?
El reparto de la PTU debe efectuarse dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha en que debe pagarse el impuesto anual; es decir, a la presentación de la declaración anual (arts. 12, LFT y 6o., Reglamento de los artículos 121 y 122 de la LFT). Para este 2025, el plazo para realizar el pago de utilidades vence el 30 de mayo para personas morales y el 29 de junio para personas físicas.
Sanciones
El patrón que incumpla con las obligaciones establecidas en el Capítulo VIII, Título III de la LFT; es decir, con el reparto de utilidades, puede ser acreedor a la imposición de una multa equivalente de 250 a 5,000 veces la UMA, lo que actualmente equivale de $24,055.00 a $481,100.00 (art. 994, fracc.).
tags: #cómo #se #consideran #faltas #e #incapacidades
