El objetivo de la NIF B-3, Estado de resultado integral, es establecer las normas generales para la presentación y estructura del estado de resultado integral, los requerimientos mínimos de su contenido y las normas generales de revelación. Esta norma es fundamental para la correcta elaboración de los estados financieros en México.
Evolución y Justificación de la Modificación de la NIF B-3
Anteriormente, con base en dicha NIF, el estado de resultados sólo debía incluir los ingresos, costos y gastos que conformaban la utilidad o pérdida neta. Por su parte, los otros resultados integrales (ORI), según los define la NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros, debían reconocerse y presentarse directamente en el capital contable y, específicamente, en el estado de cambios en el capital contable de la entidad.
Sin embargo, la práctica contable internacional impulsó un cambio significativo. Actualmente, la Norma Internacional de Contabilidad 1, Presentación de estados financieros (NIC 1), en el apartado relativo al estado de resultado integral, establece que los ORI deben presentarse enseguida de la utilidad o pérdida neta. Al respecto, el CINIF consideró adecuado modificar la NIF B-3 en el mismo sentido que la NIC 1, por considerar que cualquier ingreso, costo o gasto devengado es consecuencia de la operación de una entidad. Esta NIF establece que los ORI deben presentarse enseguida de la utilidad o pérdida neta, por considerar que son parte de los ingresos, costos y gastos que en un periodo contable afectaron el capital contable de la entidad.
Estructura y Formas de Presentación del Estado de Resultado Integral
La NIF B-3 establece las normas para la presentación del estado de resultado integral, permitiendo flexibilidad en su formato.
| Forma de Presentación | Descripción |
|---|---|
| Presentación en un estado | Este formato presenta el resultado integral de manera consolidada en un único documento, tal como se ilustra en el ejemplo A.1 - Ejemplo de presentación del resultado integral en un estado. |
| Presentación en dos estados | Para esta opción, se generan dos informes. El segundo estado debe partir de la utilidad o pérdida neta con la que concluyó el estado de resultados y presentar enseguida los ORI y la participación en los ORI de otras entidades, como se detalla en los ejemplos A.2.1 y A.2.2 - Ejemplo de presentación del resultado integral en dos estados. |
Principios Clave y Restricciones de Presentación
Las actualizaciones de la NIF B-3 también abordan la forma en que ciertas partidas deben ser presentadas. La NIC 1 no permite la presentación de partidas como extraordinarias en forma segregada. Por su parte, la NIF B-3 que se deroga permitía la presentación segregada de ciertas partidas como no ordinarias. Esta NIF establece que no deben presentarse en forma segregada partidas como no ordinarias, ya sea en el estado financiero o en notas a los estados financieros.
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Adicionalmente, se considera que el rubro de otros ingresos y gastos no debe incluir partidas consideradas como operativas; por ello, este rubro debe contener normalmente importes poco relevantes, por lo que esta NIF no requiere su presentación en forma segregada. No obstante, si una entidad considera adecuada su presentación en forma separada, lo puede hacer.
Conceptos Fundamentales y Vigencia
La elaboración del estado de resultado integral se apoya en principios contables esenciales.
Principios Contables Relevantes
- La NIF A-4, Características cualitativas de los estados financieros - en la que se establece que los estados financieros de una entidad deben ser comparables tanto con los de la propia entidad, a través del tiempo, como con los de otras entidades.
Negocio en Marcha
El principio de negocio en marcha es fundamental para la preparación de los estados financieros. Negocio en marcha: una organización deberá elaborar sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad, cesar en su actividad o cuando no exista otra alternativa más realista que proceder con una de estas formas. Con base en el capítulo 80, Presentación y revelación del marco conceptual de las NIF, los estados financieros deben prepararse sobre la base de negocio en marcha.
Fecha de Entrada en Vigor
La entrada en vigor de la NIF B-1 y B-3 tiene fecha efectiva del 1.° de enero de 2028, con aplicación anticipada para el 1.° de enero de 2027, lo que permitirá a los preparadores de la información financiera analizar los cambios. La NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores, que entró en vigor el 1.° de enero de 2006 y que aún se encuentra vigente, es el precedente de este cambio.
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