¡No Pierdas tu Dinero! Descubre la Fecha Límite para Actualizar tu Buzón Tributario en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido el Buzón Tributario como un canal de comunicación esencial con los contribuyentes, simplificando las notificaciones de actos tributarios y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura. Es crucial que los contribuyentes estén al tanto de las fechas límite y los procedimientos para activar y mantener actualizado su Buzón Tributario.

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario se estableció en 2020 con el fin de que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) proporcionen sus medios de contacto al SAT. Este canal de comunicación busca simplificar las notificaciones de actos tributarios y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura a los contribuyentes.

Plazo Límite para la Activación del Buzón Tributario

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una nueva prórroga para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario en la página oficial de la dependencia. Los contribuyentes tendrán como fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal hasta el 31 de diciembre de 2025. Es importante cumplir con dicha obligación fiscal antes de que se cumpla el plazo mencionado.

De conformidad con el boletín de prensa del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), número 397/2024, en el cual se le hace saber a los contribuyentes sobre la obligatoriedad de activar y dar de alta ante el IMSS el buzón tributario con fecha límite del 1 de febrero de 2025, exhortamos a todos los patrones y contribuyentes registrados ante el IMSS, a que cumplan con dicha obligación fiscal antes de que se cumpla el plazo mencionado anteriormente.

¿Cómo Habilitar el Buzón Tributario del SAT?

Los usuarios podrán habilitar el Buzón Tributario en la página oficial del SAT (sat.gob.mx), y hacer clic en el botón con el mismo nombre que está en la parte superior izquierda del sitio web. Posteriormente, se deberá iniciar sesión con el RFC y la contraseña. De igual forma, se podrá ingresar con la e-firma vigente.

Lea también: Contenido del Curso de Contabilidad

Luego, tendrá que elegir la opción de configuración y rellenar el formulario de medios de contacto, donde se tendrá que registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular. Tras culminar el registro, los contribuyentes tendrán un plazo de 72 horas para actualizar los medios de contacto. El sistema del SAT enviará un correo electrónico con un enlace de verificación.

En el caso de los números celulares, se enviará un mensaje SMS con un código, el cual debe capturarse en la opción de configuración del Buzón Tributario. Será importante realizarlo cuando la dirección de correo electrónico o número de teléfono del contribuyente hayan cambiado.

Es importante considerar que este proceso se deberá realizar con la firma electrónica avanzada (FIEL) de la empresa. Para ello, se requiere de ingresar a a sat.gob.mx y da clic en Buzón Tributario ("B") y en "Iniciar sesión” y acceder con la Contraseña o e.firma vigentes. Se requiere de al menos un correo electrónico (se pueden registrar hasta cinco) y un número de teléfono móvil.

Posteriormente, se confirman los medios de contacto utilizando un vínculo enviado por correo o código que llegará vía mensaje SMS.

¿Qué personas no están obligadas a dar de alta su Buzón Tributario?

A pesar de que la activación del Buzón Tributario es una obligación fiscal, algunos contribuyentes están exentos de proporcionar información personal al SAT, que son:

Lea también: Emitir facturas antiguas correctamente

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
  • Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
  • Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

Beneficios de Activar el Buzón Tributario

Los servicios del SAT otorgan ciertos beneficios para aquellos contribuyentes que tienen activado su Buzón Tributario. Estos beneficios son:

  • Portal privado y personalizado
  • Notificaciones por vía electrónica en cualquier momento.
  • Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
  • Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
  • Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
  • Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.

Sanciones por No Activar el Buzón Tributario

Los contribuyentes podrán activar su Buzón Tributario en cualquier día del 2025. Sin embargo, en caso de no actualizar y activar los datos personales en el Buzón Tributario, serán acreedores a una multa. En caso de no cumplir con la obligación fiscal, las personas serán acreedores a una multa económica.

De acuerdo con los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, las personas que no habiliten su Buzón Tributario recibirán una multa económica que va de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos.

En caso de incumplimiento se harán acreedores a sanciones y molestias administrativas no recomendadas.

Lea también: RFC y Fecha de Inicio de Operaciones: Todo lo que debes saber

tags: #fecha #limite #para #actualizar #buzon #tributario