En enero de 2022, entró en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), creado para facilitar la vida a los pequeños contribuyentes, especialmente a los nuevos y actuales emprendedores.
¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?
El Régimen Simplificado de Confianza sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para personas físicas. El SAT diseñó el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con el objetivo de facilitar los procesos administrativos y el pago del Impuesto Sobre la Renta.
¿Quiénes pueden tributar en el RESICO?
Si bien está dirigido para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos, también aplica para las personas morales cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos al año. En cuanto a las personas morales, se pueden integrar aquellas empresas con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos cuyos socios sean personas físicas.
Beneficios del RESICO
- Cálculo automático de impuestos: El RESICO simplifica el cálculo del ISR, ya que el SAT estima una base fiscal e impuesto con base en los ingresos facturados y efectivamente cobrados.
- Tasas mínimas de ISR: Los que tributan en el Resico, tienen una serie de facilidades y beneficios como, por ejemplo, el cálculo automático de los gravámenes. También tienen tasas mínimas para el pago del ISR, que van de 1% a 2.5%, y la simplificación de precarga de información en las declaraciones. A partir de 2022, las personas físicas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos.
- Simplicidad en el pago del ISR: De ahí que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
- Exención para el sector primario: Hay una exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
Obligaciones en el RESICO
Quienes tributen en el nuevo esquema deberán presentar el pago mensual de ISR mediante la declaración «ISR simplificado de confianza personas físicas» a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior.
Además de lo anterior, los contribuyentes en el RESICO tienen las siguientes obligaciones:
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- Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. Para estos efectos los contribuyentes podrán expedir dichos comprobantes utilizando la herramienta electrónica de servicio de generación gratuita de factura electrónica que se encuentra en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
- Presentar, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, declaraciones bimestrales en las que se determinará y pagará el impuesto.
- Tratándose de las erogaciones por concepto de salarios, los contribuyentes deberán efectuar las retenciones en los términos del Capítulo I del Título IV de la LISR, conforme a las disposiciones previstas en la misma y en su Reglamento, y efectuar bimestralmente, los días 17 del mes inmediato posterior al término del bimestre, el entero por concepto del impuesto sobre la renta de sus trabajadores conjuntamente con la declaración bimestral que corresponda.
- Pagar el impuesto sobre la renta, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos, presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria, en la declaración a que hace referencia el párrafo sexto del artículo 111 de la LISR, los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.
Consideraciones Adicionales
- Ingresos y gastos: Ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- Sin deducciones: Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto.
- Facilidad contable: Utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas.
¿Cómo Inscribirse al RESICO?
Para inscribirte al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, primero asegúrate de cumplir con los requisitos básicos mencionados anteriormente.
Ejemplo de Tasas Aplicables en el RESICO
| Ingresos Mensuales | Tasa Aplicable |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1% |
| De $25,000.01 a $50,000 | 1.10% |
| De $50,000.01 a $75,000 | 1.50% |
| De $75,000.01 a $100,000 | 2.00% |
| De $100,000.01 en adelante | 2.50% |
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