Las personas morales con fines no lucrativos son aquellas personas que no tienen un fin económico. Al constituir una persona moral sin fines de lucro se busca poder brindar opciones de apoyo en materia social que el Gobierno no proporcione. Estas entidades son reconocidas por su altruismo y aportan un gran beneficio a la sociedad. En las asociaciones civiles, este conjunto de personas no se une buscando un beneficio económico, sino para promover un fin no lucrativo, que pudiera ser deportivo, cultural, religioso o de bienestar social, hasta lo filantrópico, sin ánimo de especulación comercial.
Tipos de Personas Morales No Lucrativas
Hay varios tipos de personas morales sin fines de lucro. Seguro has oído hablar de las sociedades y asociaciones civiles, si bien funcionan de forma muy parecida, tienen principios diferentes, y por lo tanto tienen un tratamiento diferente. En el caso de las sociedades civiles, el grupo de personas que la conforman la instituyen porque buscan realizar una actividad económica lícita que les produzca un beneficio económico.
Instituciones de Asistencia Privada (IAP)
Una figura importante dentro de este esquema son las Instituciones de Asistencia Privada. Las Instituciones de Asistencia Privada son personas morales con personalidad jurídica y patrimonio propio, sin fines de lucro cuyo patrimonio es integrado por bienes de su propiedad, así como de donativos de terceros. Su objeto principal es desarrollar la asistencia social. Para constituir una IAP, se requiere una autorización por parte de la Junta de Asistencia Privada de la Ciudad de México. Esta es una entidad pública que desde 1899, ha tenido la misión de apoyar, asesorar, coordinar y vigilar a las Instituciones de Asistencia Privada. Es recomendable ser una A.C. El contrato por el que se constituye una asociación civil debe constar por escrito.
Régimen Tributario y Fuentes de Ingresos
El esquema tributario para las entidades con fines no lucrativos (ENL) es complejo y está detallado en la legislación vigente. Es fundamental analizar las disposiciones relacionadas con las organizaciones sujeto de estudio.
Las personas morales a que se refieren los artículos 95 y 102 de esta Ley, así como las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta, salvo por lo dispuesto en el artículo 94 de esta Ley. Asimismo, lo dispuesto en este Título será aplicable tratándose de las sociedades de inversión a que se refiere la Ley de Sociedades de Inversión, excepto tratándose de las sociedades a que se refiere el artículo 50 de esta Ley.
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Los integrantes o accionistas de las personas morales a que se refiere este Título, no considerarán como ingresos los reembolsos que éstas les hagan de las aportaciones que hayan efectuado. Sin embargo, cuando la mayoría de los integrantes o accionistas de dichas personas morales sean contribuyentes del Título II de esta Ley, el remanente distribuible se calculará sumando los ingresos y disminuyendo las deducciones que correspondan, en los términos de las disposiciones de dicho Título.
Ingresos por Actividades Distintas a los Fines No Lucrativos
Las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos podrán obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados para recibir dichos donativos, siempre que no excedan del 10% de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate.
Es importante destacar qué ingresos no se consideran como actividades distintas a los fines autorizados:
| Tipo de Ingreso | Descripción |
|---|---|
| Donativos | Aportaciones recibidas para el cumplimiento de sus fines. |
| Apoyos o Estímulos | Proporcionados por la Federación, las entidades federativas, o municipios. |
| Enajenación de Bienes | Bienes de su activo fijo o intangible. |
| Cuotas de Integrantes | Aportaciones de sus miembros. |
| Intereses | Rendimientos por inversiones financieras. |
| Derechos Patrimoniales | Derivados de la propiedad intelectual. |
| Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles | Ingresos por el uso o arrendamiento de bienes inmuebles. |
| Rendimientos de Acciones u Otros Títulos de Crédito | Colocados entre el gran público inversionista, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria. |
Por otro lado, este impuesto se generará cuando las personas morales sin fines de lucro vendan bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros. Y los ingresos por estos conceptos excedan de 5% del total de sus ingresos.
Además, las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo 102 de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera.
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Exenciones y Beneficios Fiscales
Las Instituciones de Asistencia Privada gozan de exenciones, reducciones y estímulos fiscales, así como subsidios y facilidades administrativas por parte del Gobierno.
(IVA) y gozan de reducción o eliminación de otras obligaciones fiscales.
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