El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado un servicio eficiente para facilitar el alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a los trabajadores, conocido como Servicio de Inscripción Masiva Exprés.
Esta medida complementa el procedimiento anterior en el que el patrón presentaba la declaración informativa de sueldos y salarios.
Este trámite se puede realizar desde cualquier lugar, a cualquier hora, los 365 días del año.
¿Qué es el Servicio de Inscripción Masiva Exprés?
Consiste en la posibilidad de inscribir a los trabajadores a través del portal del SAT, permitiendo realizar desde cinco inscripciones por trámite, sin límite máximo y con el mínimo de requisitos.
Pasos para la Inscripción Masiva al RFC
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Generación del Archivo de Trabajadores
Genera el archivo de tus trabajadores con medios propios o a través de la aplicación del SAT RU Electrónico, en el cual deberás dar de alta al patrón, ya sea persona moral o física, para después capturar los datos del empleado.
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Con esto, crearás un archivo que enviarás desde la página del SAT.
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Solicitud del Trámite de Inscripción
Solicita el trámite de inscripción y adjunta el archivo generado en el punto anterior.
Para esto, debes ingresar a Mi portal desde la página del SAT, ir a Servicios y solicitudes y dar clic en Solicitud.
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Consulta del Estatus del Trámite
Consulta el estatus y el resultado del trámite realizado.
Inscripción Masiva de Productores
Cuando compres productos agrícolas, silvícolas, pesqueros y requieras facturar a nombre de tus productores, puedes registrarlos en este esquema.
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Archivo que se genera en el aplicativo RU Sectores.
Siempre que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de un monto equivalente a 40 veces el salario mínimo general de su área geográfica elevado al año, y que no tenga la obligación de presentar declaraciones periódicas.
Consiste en la inscripción de los productores de manera masiva ya que en un solo trámite se realiza la solicitud y la inscripción de al menos 2 productores con el mínimo de requisitos.
Puedes consultar la situación que guarda tu solicitud a través del portal del SAT, hasta que recibas tu acuse de respuesta.
Fundamento Legal
Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; artículo 74 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.4.3., 2.4.6., 2.7.3.1.
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