La gestión del Impuesto Sobre la Renta (ISR) requiere una comprensión clara de las obligaciones fiscales, especialmente cuando se presentan situaciones de pagos en exceso o retenciones incorrectas. Entender la diferencia entre un saldo a favor y un pago de lo indebido es fundamental para cualquier contribuyente.
Diferencias entre retenciones y pagos provisionales
La retención de ISR ocurre cuando una persona o empresa efectúa un pago y está legalmente obligada a retener una parte de ese monto para entregárselo directamente al SAT. En cambio, los pagos provisionales aplican a quienes prestan servicios profesionales, rentan inmuebles o tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), donde la persona es responsable de calcular el ISR y presentar su declaración mensual.
Es importante notar que no es lo mismo: cuando una persona física trabaja para una empresa, el ISR retenido es un monto que el empleador descuenta directamente del salario. Ambos conceptos impactan en el cálculo del ISR anual y en el posible saldo a favor que puede solicitarse en la declaración anual.
¿Cómo gestionar el ISR pagado en exceso?
La devolución de impuestos es el derecho de los contribuyentes a recuperar el impuesto pagado en exceso o el retenido por terceros. Este saldo a favor se determina siguiendo el procedimiento del artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), considerando deducciones autorizadas y/o personales, y acreditando retenciones o pagos provisionales.
Consideraciones sobre la compensación y devolución
- Los pagos de lo indebido por retenciones no son un saldo a favor, pues no hay declaración donde causes a cargo y pagues de más; se convierten en pago de lo indebido y solo puede solicitarse mediante devolución (artículo 22 CFF).
- No podrás hacer la compensación en la declaración, ya que el sistema suele señalar como improcedente el hacer compensaciones de retenciones.
- Las retenciones no son impuestos propios, por lo que, bajo el criterio actual, no son compensables.
- Solo puedes meter solicitudes de compensación cuando sean contribuciones o impuestos propios.
Proceso para solicitar la devolución
Una vez determinado el saldo a favor de ISR en tu Declaración Anual, debes seleccionar la opción "Devolución" e indicar tu CLABE interbancaria para que sea procesado por el Sistema Automático de Devoluciones (SAD). Si no cumples con los requisitos para esta facilidad, o si tu solicitud fue rechazada, puedes presentar tu solicitud a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED), de acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.
Lea también: Contabilización del Capital Social: Casos Reales
Ajustes en la nómina por ISR retenido en exceso
Generar el recibo de nómina con reintegro del ISR retenido en exceso permite reflejar de forma correcta los ajustes cuando se descontó un monto mayor al correspondiente. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció el uso de las claves 101 (ISR Retenido de ejercicio anterior) y 005 (Reintegro de ISR retenido) para realizar estos ajustes.
| Clave SAT | Descripción | Tipo |
|---|---|---|
| 101 | ISR Retenido de ejercicio anterior | Deducción |
| 005 | Reintegro de ISR retenido | Otros pagos |
Para implementar estos ajustes en sistemas de nómina, es necesario configurar la deducción correspondiente y registrar el movimiento con valor negativo. Es vital recordar que si el patrón decide reportar este ISR a cargo o a favor del trabajador en un ejercicio posterior, dicha gestión es responsabilidad del usuario, ya que su captura y administración son manuales.
Lea también: Definición de Capital No Pagado
Lea también: ISR sobre sueldos y salarios en México
tags: #isr #pagado #en #exceso #información
