Con este trabajo de investigación, se pretende saber las causas y las consecuencias que conlleva la evasión fiscal en nuestro país, sabiendo en resumidas cuentas que la evasión es el no cumplimiento de pagar las contribuciones al gobierno para que este pueda sufragar el gasto público. La evasión es el peor de los males, mantiene a la mayoría de los habitantes en línea de pobreza sin derecho a prestaciones sociales, reduce sensiblemente la recaudación impositiva, e inserta al territorio en la droga, terrorismo, trata de blancas y tráfico de órganos.
Es importante destacar cuando se presenta este flagelo y como se diferencia de la elusión. Evasión es la acción para ocultar bienes e ingresos de manera consciente y voluntaria, con manipulación de registros contables o transacciones ficticias u otros artilugios. Se presenta en especial cuando hay ardid o engaño, siendo un delito castigado por la ley penal tributaria. Por otro lado, la elusión implica lícitamente la posibilidad de planificar utilizando una economía de opción y así reducir la carga fiscal, siempre que no exista dolo y no haya simulación o abuso de derecho. Para ello debe respetarse la realidad económica en los actos que establezcan los contribuyentes.
Causas de la Evasión Fiscal
Las causas de la evasión fiscal son diversas y complejas. Hay muchos motivos que incitan a esta práctica, la cual debe erradicarse más temprano que tarde porque las consecuencias son nefastas. Considerando como principales la falta de liquidez así como la desmotivación para contribuir al gasto público, ello debido a la percepción del ciudadano, quien considera un mal manejo por parte del gobierno de los recursos públicos. Entre estos motivos se encuentra la elevada presión fiscal con impuestos distorsivos que no contemplan la riqueza ni miden adecuadamente la renta, la falta de cumplimiento de principios constitucionales básicos en la estructura tributaria, pagos de impuestos por encima de la obligación fiscal, situaciones diarias de la economía que están enquistadas en la práctica de la evasión, así como decisiones del fisco y jueces que resultan irrazonables e injustas. Todo ello impulsa esta práctica desdeñable, inequitativa y de muy difícil erradicación.
Causas Generales
Corresponde detallar de manera explícita más causas que impulsan este flagelo:
- Ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva.
- Factores de política económica que intervienen en la distribución de la carga fiscal de forma inequitativa.
- Tendencias psicológicas de las personas que reaccionan ante la obligación de cumplir con gastos del gobierno que no resultan ni eficientes ni transparentes. No hay confianza en el manejo de los recursos por parte del Estado.
- Blanqueos y moratorias en cada nuevo gobierno, que permite a los evasores resolver su situación fiscal con beneficios rotundos frente a sus pares.
- El ciudadano no percibe el compromiso gubernamental de hacer cumplir las leyes tributarias.
- Falta de educación completa de cultura tributaria y ausencia de un programa a impartir a los ciudadanos.
- Estructura impositiva con distorsiones manifiestas, que afectan los derechos constitucionales de propiedad, equidad, capacidad contributiva y razonabilidad.
- El incumplimiento de cancelación oportuno y correcto de las obligaciones fiscales de las personas en general, incita a que otros individuos no paguen sus tributos.
- Una telaraña de impuestos ininteligibles llevan a crear serios riesgos de contingencias para los contribuyentes, aun cuando cumplan con su debido pago de las deudas fiscales. La complejidad y diversidad de normas que rigen los gravámenes alimentan la inseguridad jurídica.
- La existencia de regímenes frondosos de anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta de todo tipo y naturaleza, sufridas por quienes están registrados ante el fisco; generan saldos a favor constantes tremendamente perjudiciales. El capital de trabajo de las empresas se encuentra en manos del Estado, lo cual implica pagos sin causa, ilegales, que el fisco no devuelve al propietario de dichos fondos en tiempo y forma, sin compensar una retribución adecuada al contribuyente perjudicado.
- La elevadísima presión fiscal insostenible obliga a los contribuyentes a incrementar su porcentual de rentabilidad, siendo su efecto inmediato el incremento del precio de los bienes y servicios, y su alternativa la evasión.
- Los impuestos nacionales provinciales y tasas municipales, sin una efectiva y adecuada prestación de servicios por parte de cada Estado, se superponen en cada actividad económica sin cumplir los principios constitucionales básicos de legalidad, equidad, capacidad de contribuir, no confiscatoriedad y razonabilidad. De esa manera invitan a la conflictividad judicial y la evasión.
Situaciones Impositivas Particulares
Algunas situaciones impositivas particulares que incitan a la evasión incluyen:
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- La manipulación general en la corrección por inflación para liquidar los impuestos, llevan a consecuencias nefastas. Un caso paradigmático es la venta de inmuebles por parte de sociedades donde adquiridos antes de 1-1-2018 no se admite su actualización del costo, siendo un castigo injustificado que impulsa a escriturar por debajo de la realidad. En definitiva, es una evasión institucionalizada. Si en cambio se suscribe la operación transparente por el valor real, seguro habrá judicialización de la operación por la afectación del derecho de propiedad.
- El IVA con tasa general del 21% está entre las más altas del mundo. Impulsa a no declarar operaciones, con el consecuente efecto de pérdida de recaudación en ganancias e ingresos brutos en una reducción sensible de la recaudación y una mayor ganancia por parte del vendedor o prestador de manera injustificada. Por un estudio del Centro de Estudios Tributarios (CET) se conoció que la evasión -solo en IVA- para 2022 llegó al 49%, que es un indicador clave. Para 2023 y 2024 no hay información concluyente, aunque se produjo una reducción parcialmente en agro un 2%, y la construcción un 5%. Casi la mitad de lo que debería recaudarse, no llega al fisco.
- En el agro se aplica a las ventas de productos primarios un 10,5%, siendo un verdadero karma más que un supuesto beneficio. Muchos de los gastos y compras con la alícuota general hacen nacer los saldos a favor denominados técnicos, que son un perjuicio inaceptable para los productores.
- En los alimentos la gran mayoría cargan con el 21% y además el efecto piramidal acumulado de Ingresos Brutos y todos los restantes tributos. En definitiva, el costo que abona el consumidor llega a una carga impositiva total del 50%. Es decir, los adquirentes compran un bien para sí y otro para el Estado. Esto es insostenible e inadmisible, e incentiva también las operaciones en negro.
IVA/TAX en Alimentos en diferentes países y regiones
| País/Región | Tasa de IVA/TAX en Alimentos | Notas |
|---|---|---|
| Ecuador | Desgravado totalmente | |
| Australia | Desgravado totalmente | |
| Canadá | Desgravado totalmente | |
| Reino Unido | Desgravado totalmente | |
| Europa | Entre 3% y 5% | |
| EE. UU. | Exentos | En gran cantidad de estados (Florida, Washington, California, Kansas, Texas y varios más) |
| Virginia (EE. UU.) | 15% | |
| Alabama (EE. UU.) | 3% | |
| Mississippi (EE. UU.) | 7% | |
| Argentina | 10,5% | Solo en frutas, verduras y hortalizas en estado natural, así como algunos cortes de carne |
La ONG Lógica, justamente divulga la necesidad de tener conciencia fiscal y logró que se vaya discriminando la carga fiscal en los documentos de compras a consumidores finales. La curva de Arthur Lafer, muestra justamente que a partir de determinado punto de inflexión la recaudación disminuye por el fenómeno bajo análisis.
Consecuencias de la Evasión Fiscal
Este "deporte nacional" en los hechos es tremendamente pernicioso. Las principales consecuencias de la evasión son:
- Pérdida de ingresos fiscales: Se resiente la recaudación que resulta indispensable para financiar los servicios esenciales por parte de los Estados en sus diferentes niveles de gobierno, los cuales quedan resentidos por la evasión impositiva. Los servicios de educación, salud, administración de justicia, servicios sociales de jubilados y pensionados, y funciones sociales básicas no se pueden cumplir adecuadamente a la población.
- Incremento del déficit fiscal: Esto puede aumentar el endeudamiento o la emisión monetaria y así impulsar la inflación.
- Inequidad y desigualdad: La inequidad y desigualdad están presentes con su peor imagen. Aquellos que abonan sus impuestos con esfuerzo titánico son los perjudicados, y seguramente ante el ejemplo de terceros ingresarán al mundo turbio del dinero espurio.
- Desconfianza en las instituciones: Se produce desconfianza en las instituciones cuando se observa que no se sanciona a los evasores, y esto fomenta la práctica del incumplimiento.
- Competencia desleal: Las empresas evasoras tendrán menores costos y pueden ofrecer entonces precios artificialmente bajos, generando una competencia desleal.
Acciones para Combatir la Evasión Fiscal
Para abordar el problema de la evasión fiscal, se sugieren diversas acciones:
- Modificar la desordenada estructura tributaria, respetando los principios constitucionales esenciales, pues además de la legislación de fondo existen más de 75.000 normas vigentes entre resoluciones, dictámenes y opiniones de los fiscos.
- En mérito al principio de legalidad, deben evitarse de manera absoluta el dictado por decretos o resoluciones de impuestos evidentes o encubiertos, incrementando aún más la presión fiscal.
- Reducir sensiblemente la cantidad de impuestos existentes y disminuir los porcentuales de aquellos que permanezcan.
- Disponer de incentivos al cumplimiento voluntario, otorgando premios con descuentos o bien ventajas notables en la cancelación de los impuestos.
- Deben acotarse a la mínima expresión los adelantos de impuestos para evitar la generación de saldos a favor de los contribuyentes, que resultan luego un pago sin causa y un impuesto sin ley. Los procedimientos de devolución deben ser sencillos y efectivos con una acción inmediata y compensar al contribuyente una retribución acorde a mercado.
- Eliminar la exigencia de anticipos extraordinarios, así como los incrementos de porcentuales sorpresivos o no.
- Cuando se logre eliminar un tributo, no debería reemplazarse por otro con la excusa de la afectación de los ingresos estatales.
- Ante la existencia de inequidades en la carga tributaria, los contribuyentes puedan acceder a iniciar causas judiciales, con un resultado cierto, razonable, equitativo y que no sea contrario a la ley. En general existe una relación de poder, más que una relación de derecho entre el contribuyente y el fisco, siendo indispensable un cambio rotundo y para ello es conveniente impulsar el Estatuto de los derechos del contribuyente.
- Eliminar los impuestos irracionales y fuertemente dañinos, como las mal llamadas “Retenciones”, que son un verdadero impuesto violento a la producción. Ello producirá en los hechos un incremento directo en la producción de bienes y servicios con su consecuente reflejo en el PBI, con un aumento sensible en la recaudación y un crecimiento de actividad económica manifiesto en los pueblos aledaños.
- Evitar la existencia de cualquier impuesto que no mida adecuadamente la renta genuina, tal como sucede en el agro por la denominada ganancia por tenencia que corresponde sea eliminado.
- Los mínimos no sujetos al impuesto a las ganancias para las personas humanas -especialmente a los autónomos-, deben ser acordes a valores actualizados, y mantenerlos para que cubran una vida digna y solo gravar su excedente. La tabla determinativa actual no tiene una progresividad adecuada, pues en el año 2000 se llegaba a la tasa máxima del 35% luego del equivalente a U$S 120.000, y ahora son escasos U$S 40.000 anuales.
- El impuesto a los bienes personales debe derogarse, a pesar de haber sufrido cambios indispensables al igualar el tratamiento entre bienes ubicados en el país y aquellos radicados en el exterior. Continúa sin admitirse la deducción de los pasivos y continúan las distorsiones en la valuación de los bienes gravados. Sigue siendo un tributo irracional que no existe en la mayoría de las latitudes del mundo.
- El impuesto a los débitos y créditos bancarios se cobra en función de movimientos financieros por los ingresos y egresos sin contemplar el resultado de la operatoria. Dicho tributo genera injusticias manifiestas en las actividades con gran caudal de fondos y escasa rentabilidad, salvo que tengan previsto una alícuota reducida. Para evitar esta distorsión, su pago a cuenta debería ser total y sin restricción alguna para todos los impuestos y contribuyentes, cualquiera sea su envergadura de la actividad.
- La suspensión que rigió durante años del ajuste por inflación impositivo exigió una carga fiscal sobre renta ficticia e inexistente, produciendo injusticias manifiestas.
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