Descubre los Aspectos Clave de la Ley de Hacienda de Michoacán que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Este artículo aborda diversos aspectos de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán, incluyendo la definición de remuneración para el cálculo de impuestos, los procedimientos para el pago de impuestos, las obligaciones de los contribuyentes y el destino de la recaudación obtenida.

Remuneración al Trabajo Personal Subordinado

Para efectos del impuesto, se considerará remuneración al trabajo personal subordinado los sueldos y salarios, así como todas las prestaciones en dinero o en especie, con independencia de la designación que se le otorgue, que deriven de un trabajo personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón.

Dentro de las consideraciones sobre la remuneración, se incluyen:

  • Las cantidades aportadas para fines sociales, considerándose como tales las entregas para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva.
  • Las vacaciones.

Cálculo y Pago del Impuesto

El impuesto regulado se calculará por ejercicios fiscales, que coincidirán con el año calendario. Cuando los sujetos de este impuesto inicien actividades con posterioridad al 1 de enero, en dicho año el ejercicio fiscal será irregular, debiendo iniciarse el día en que comiencen las actividades y terminarse el 31 de diciembre del año que se trate.

El impuesto correspondiente al ejercicio fiscal, deducidos los pagos provisionales, se pagará mediante declaración anual. Esta declaración anual se presentará en las oficinas designadas y deberá efectuarse a más tardar el 31 de marzo del año siguiente a aquel en que se cause el impuesto.

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Es importante tener en cuenta que cuando los días 17 y 31 sean inhábiles o las oficinas de la autoridad se encuentren cerradas, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.

Obligaciones de los Contribuyentes

Cuando los sujetos de este impuesto tengan dentro del territorio del Estado, más de un establecimiento u oficina, podrán presentar las declaraciones mensuales y del ejercicio por todos los establecimientos u oficinas, en el domicilio que le corresponda al establecimiento u oficina principal de que se trate.

Los contribuyentes deberán presentar ante la oficina correspondiente:

  1. Copia de la cédula de identificación fiscal expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como copia del acta constitutiva donde conste el nombre del representante legal de la persona moral.
  2. Dentro del plazo señalado, los avisos de cambio de denominación o razón social, de domicilio o ubicación de establecimientos u oficinas, de suspensión o reanudación de actividades, de apertura o cierre de establecimientos, de liquidación o apertura de sucesión y de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes.

Destino de la Recaudación

La recaudación que se obtenga de la aplicación de este impuesto, se destinará a fomentar el desarrollo económico del Estado, a generar condiciones para la creación de más empleos y acciones en materia de seguridad pública de acuerdo con el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, con las organizaciones productivas del Estado y a ser utilizada en su caso, como fuente de pago y/o garantía de deuda pública del Estado y/o de los Fideicomisos establecidos en el artículo 21 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, previa autorización del Congreso del Estado.

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